Gustavo M. Rodríguez García
Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Magíster por la Universidad Austral de Argentina. Abogado Asociado Senior en Benites, Forno, Ugaz & Ludowieg, Andrade Abogados y Profesor de Análisis Económico del Derecho en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas

Se ha producido cierta polémica a propósito de la denominada Ley del Mozo, un proyecto que pretende hacer obligatorio el recargo de un 10% en la cuenta que emitan los diversos establecimientos de comida. A decir de sus defensores, la norma solo pretendería consagrar como exigencia lo que es considerado como una obligación en términos sociales.

Una relación de agencia, como es sabido, es una en la que uno de los sujetos intervinientes (denominado, principal) se beneficia cuando otro (el agente) realiza una tarea determinada. Un ejemplo de relación de agencia lo encontramos, precisamente, en los establecimientos de expendio de comida como los restaurantes. Al dueño del restaurante –al principal- le interesa que los mozos hagan bien su trabajo. Si estos mozos hacen bien su trabajo, es decir, dan sugerencias a los clientes, los tratan apropiadamente, les traen su comida rápidamente, entre otros, es probable que quieran regresar al establecimiento. Ello claramente beneficia al dueño del restaurante.

Lo cierto es que al agente (al mozo) no le interesa hacer su mejor esfuerzo por puro altruismo (a fin de beneficiar exclusivamente a su empleador) salvo que se beneficie directamente. El empleador necesita saber si el mozo hace un buen trabajo, es decir, si ese mozo hace un trabajo que motiva a los clientes a regresar o, por el contrario, hace un trabajo que solamente los desalienta a retornar. Asimismo, el principal (el dueño) no puede verificar a cada momento qué trabajo hace cada mozo. Aunque pueda hacerlo ocasionalmente, un monitoreo permanente sería impracticable o altamente costoso. En esta relación de agencia existe, entonces, un evidente problema de agencia.

El empleador sabe que tiene que darle al mozo una suma garantizada. Después de todo, un mozo probablemente no acepte trabajar en un sitio en el que su ganancia viene dada solamente por factores que no necesariamente dependen de él (como la afluencia de público en el local). Pero el empleador no puede garantizar sumas que eliminarán los incentivos de los mozos para trabajar adecuadamente. De alguna forma, debe existir una forma de ahorrar costos de monitoreo permanente y generar incentivos en los mozos para que hagan un buen trabajo.

La propina cumple ese papel. El mozo sabe que su trabajo será directamente recompensado por el cliente que ha recibido una atención adecuada. De esta manera, tiene los incentivos de trabajar adecuadamente (se alinea el interés del mozo con el interés del dueño del restaurante). El mozo no asume todo el riesgo ya que tiene un salario garantizado. Sabe, sin embargo, que puede ganar más en función a la recompensa que el cliente le pueda otorgar. Cuando esa propina es revelada en los casos en los que cliente paga con una tarjeta de crédito, el dueño del local puede obtener información valiosa sobre quién recibe mejores propinas y quien recibe muy malas propinas. Ese será un buen indicador sobre quien hace un buen trabajo.

Un proyecto de ley que hace obligatorio el cargo por concepto de propina elimina el incentivo de los mozos para ganársela y, además, elimina una buena fuente de información para los dueños de los restaurantes. Esta medida podría, en esa línea, afectar a los propios clientes al reducirse los incentivos para tratar adecuadamente a los clientes. Restaurantes que deben asegurar una buena atención deberán pagar directamente por ella generando un sobre costo que, posiblemente, se vea trasladado a los precios perjudicando, una vez más, a todos los comensales.

Si el principal no puede observar de alguna forma el comportamiento del agente, esto es, del mozo, probablemente optará por hacer su menor esfuerzo (un típico caso de “riesgo moral”). La simple promesa del mozo de hacer su mejor esfuerzo no puede ser considerada seriamente dado que ésta, finalmente, es tan solo una declaración de buenas intenciones. El hecho que la propina pueda ser una parte vital del ingreso del mozo no debería hacernos perder de vista que el buen servicio es un elemento decisivo al tomar una decisión de consumo.

1 COMENTARIO

  1. A los usuarios nos obligan a darle una propina al mozo!! Increible, digno de un un país que jurídicamente maltrata al consumidor.
    Si un mozo realiza su labor con la debida diligencia (atención rápida, buen humor, carisma, etc, etc), evidentemente se le tiene que dar una propina.
    Qué pasa en el supuesto que no es así?
    Por otro lado, estas proyectos de ley que son POPULISTAS, buscan captar la simpatía de la gente, en favor del gobierno de turno que se va…Empero, es un engaña muchachos, eso nada más….