Por María Mondragón Ticlla, estudiante de Derecho en la Universidad de Lima
Las empresas privadas pagan impuestos a la renta cuando se generan inversiones y producción por su trabajo, con esto se genera el ingreso público que tiene por objetivo crear eficiencia económica para el desarrollo del país. Sin embargo, la responsabilidad de las empresas privadas por su trabajo no termina ahí. El factor social también es importante, tomando como ejemplo el sector minero – que paga altas tasas de impuesto – todavía tiene conflictos sociales debido el sector que se afectado directamente por sus actividades tiene la percepción de que no es responsable socialmente, ya que no realiza proyectos para su comunidad. Con las obras por impuestos se hace más fácil hacer un convenio con el Estado pues se genera la reducción de la brecha social y crea un perfil responsable de la empresa privada frente a la sociedad. Una empresa puede permitir que se realicen obras, que por ejemplo con el dinero que se encontraba en las arcas municipales o en la SUNAT muy difícilmente se habría logrado materializar.
- Ejecución de “Obras de alta prioridad”
Para entender cómo funcionan las obras por impuesto – consideradas “obras de alta prioridad” – es necesario empezar con una definición sobre los Fondos Públicos. Torres (2018) indica que son aquellos que permiten financiar el presupuesto del sector público, que tienen finalidad el desarrollo del país. Para generar estas obras se puede recurrir a las asociaciones público-privadas como una alternativa de gestión compartida para el desarrollo de infraestructura y servicios públicos, que surgen como mecanismos alternativos a procesos de privatización.
Y es que la necesidad de inversión en infraestructura como indica Albujar Cruz (2016) es que puede ser una herramienta eficaz para lograr el incremento de la competitividad de un país, lo cual se refleja, necesariamente, en su crecimiento como Estado. De igual manera, las obras en servicios públicos deberán generar un cambio en un entorno determinado, de acuerdo con los establecido en los estándares nacionales. De aquí se parte con la idea de los Proyectos de Inversión Pública y ¿cómo funcionan? mediante un ciclo de con tres etapas: Pre-inversión que contiene el perfil del proyecto, la prefactibilidad y la factibilidad; la Inversión, en esta etapa se realizan estudios definitivos, el Expediente técnico y Ejecución; la Post inversión donde se realiza mantenimiento evaluación ex post. (R&C Escuela de Gobierno y Gestión Pública, 2015)
Ahora bien, el incentivo que se ha creado para que estos proyectos se realicen son las obras por impuestos. Mediante este mecanismo, las empresas privadas adelantan el pago de su impuesto a la renta para financiar y ejecutar, proyectos de inversión pública que los gobiernos subnacionales y las entidades que el gobierno nacional priorizan. Una vez finalizada la ejecución o avance del proyecto, el Tesoro Público devuelve el monto invertido a la empresa privada mediante Certificados (CIPRL O CIPGN) que podrán ser utilizados para el pago del impuesto a la renta. Posteriormente, las entidades públicas devuelven al Tesoro Público, el monto financiado para la ejecución de sus proyectos. (MEF, 2019)
¿Cuál es la problemática en su definición jurídica?
Rodriguez (2017) indica que se han originado cambios en la normativa durante estos años debido a la falta de definición del tipo contractual. Puesto que no se toma en cuenta las características especial que se tiene en esta modalidad: i) no existe un desembolso de dinero por parte del Estado, ii) toda la actuación de los particulares es financiada exclusivamente por ellos, iii) no se otorgan adelantos de obra, iv) no existe el pago oportuno de valorizaciones o cualquier otro medio que permita que los particulares cuenten con un flujo de efectivo adecuado, v) Los privados se encuentran a la espera que el Estado cumpla con recibir la obra ejecutada y/o dar conformidad al servicio prestado para recibir los certificados correspondientes que recién serán puestos al cobro al momento de efectuar el pago parcial anual del Impuesto a la Renta.
La modalidad de Obras por Impuestos se trataría de un Proyecto de Inversión Pública para facilitar que el Estado peruano ejecute inversiones de optimización, reposición y de rehabilitación de bienes y/o servicios requeridos por una entidad pública.
¿Cómo funciona el proceso de las obras por impuestos?
Los pasos del mecanismo de obras por impuestos pueden ser por iniciativa de los: Gobiernos Locales, Regionales y Universidades Públicas o por iniciativa de la Empresa Privada, las fases son las mismas pero los pasos son los siguientes:
FASES | Para Empresas Privadas |
PRIORIZACIÓN | Evaluar capacidad tributaria: identificar proyecto o presentar proyecto viable |
PROCESO DE SELECCIÓN | La empresa privada participa, con mayor probabilidad de ganar. |
ACTOS PREVIOS | Se firma el convenio y se elabora el Expediente Técnico para que se apruebe |
EJECUCIÓN | Aprobado el expediente, se ejecuta la obra, Conformidad y emisión de CIPGN y se aplica como crédito en la determinación del impuesto a la renta |
FASES | Para GR, GL Y Universidades Públicas |
PRIORIZACIÓN | Aprobación de consejo y se aprueba la lista de proyectos |
ACTOS PREVIOS | Elaboración de bases y el informe previo de la CGR |
PROCESO DE SELECCIÓN | Convocatoria y la Adjudicación de la buena Pro |
EJECUCIÓN | Suscripción de convenio, Conformidad y emisión de CIPGN y el mantenimiento |
Las ventajas y desventajas de trabajar con el mecanismo de Obras por Impuestos
Rivas (2015) indica que las ventajas de trabajar con este mecanismo son:
- Acelera la inversión pública acceder al financiamiento de una cartera de proyectos priorizados con cargo a sus flujos futuros, la dinámica de ejecución de los proyectos es mayor en tanto se encargan la misma a la propia Empresa Privada, que no se rige por las leyes de la contratación pública;
- Mejora la calidad y costos de la ejecución de la obra, en
- Reduce la discrecionalidad de la Administración Pública para la asignación de las obras, en la medida que corresponde a la Empresa Privada la selección de la empresa contratista de la obra
- Por su parte, la empresa privada puede asociar su imagen corporativa con obras de alto impacto que contribuyan al desarrollo social de las localidades del área de intervención.
Por su parte, Fernandes y Sandoval (2017), señalan que las desventajas del mecanismo de Obras por Impuesto son:
- Que no haya congruencia entre el proyecto que desea realizar el privado con las prioridades en relación con las necesidades que tienen determinadas comunidades,
- Las diferentes realidades de cada departamento del país
- Problemas legales que devengan de fallas contractuales en los Convenios o Adendas en el caso de adicionales, sobrecostos, accidentes.
Con lo expuesto se puede indicar que la relación del sector público y la empresa privada junto con la responsabilidad social de estas como indica Torres (2018), interviene en la voluntad de la organización en adoptar dicha política. El concepto se redefine por el contexto de las características de la empresa. Por eso, este tipo de mecanismo no podría materializarse si las empresas no tienen el concepto de colaboración para que se trabaje con el Estado por el desarrollo económico del Perú
El mecanismo de obras por impuestos en el Perú resalta como parte de una política de RSE, ello debido a que la capacidad de gestión efectiva de los gobiernos regionales y locales con respecto al gasto público no es notable. Las empresas mineras que incluyan dentro de su reporte de responsabilidad social empresarial el uso de infraestructura y servicios públicos ejecutados mediante el mecanismo de obras por Impuestos deberán identificar en su reporte una evaluación de dichas actividades.
BIBLIOGRAFÍA
Albujar Cruz, A., Santa Cruz, E., Albujar, J., Gomez, E., Quezada, K., & Terrones, S. (2016). Obras por impuestos: factores que promueven la participación privada.
Fernandes Oña, A., & Sandoval Rodriguez, J. (2017). ). El uso del mecanismo de la ley 29230″ Ley de obras por impuestos» en gobiernos locales: factores que lo limitan y propuesta para incentivar su uso, el caso del distrito de José Crespo y Castillo-Huánuco.
MEF. (2019). Ministerio de Economía y Finanzas. Obtenido de https://www.mef.gob.pe/es/?option=com_content&language=es-ES&Itemid=100909&lang=es-ES&view=article&id=3977
R&C Escuela de Gobierno y Gestión Pública. (2015). Obtenido de https://rc-consulting.org/blog/2015/04/que-es-el-snip-ciclo-proyecto-inversion/
Rivas, S. F. (2015). Obras por impuestos: cuellos de botella y propuesta de mejoras. Deerecho & Sociedad(45), 273-287.
Rodriguez Pacheco, J. (2017). Contrato de obras por impuestos: el régimen legal de las solicitudes de mayores obras o impactos económicos.
Torres Osores, C. (2018). La inversión pública ejecutada por el sector privado en el marco del mecanismo de obras por impuestos cuenta con características que permiten su reporte como parte de las políticas de responsabilidad social empresarial del sector minero.