Aislamiento social obligatorio

Aspectos relevantes para la prestación presencial de servicios en tiempos de COVID-19

Por Cecilia Calderón y Milagros Villavicencio, abogadas por la PUCP con especializaciones de postgrado en temas de Derecho Laboral a nivel nacional e internacional. La noche del miércoles 12 de agosto, se publicó mediante Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo No. 139-2020-PCM, que dispuso el retorno a medidas más drásticas de aislamiento social obligatorio en distintos lugares del país, ello como consecuencia de un incremento de casos de contagiados con COVID-19 tras el intento de flexibilización que se dio en el último mes. Debido a que los anuncios dados por el Gobierno pueden generar dudas sobre qué se puede y qué no se puede hacer en un futuro próximo (se puede o no circular libremente, se

La excesiva onerosidad de la prestación en épocas de COVID-19

Por Gustavo Cusman, magíster en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU de Barcelona y abogado senior del área de Derecho Corporativo de Deloitte. Durante las últimas semanas, los despachos de abogados han recibido gran cantidad de consultas sobre el incumplimiento de obligaciones contractuales producido como consecuencia de las circunstancias actuales, en que, no sólo nos encontramos en medio de una pandemia, sino que además, como medidas necesarias para la lucha contra la misma, se ha decretado la emergencia nacional que implicó el inicio del aislamiento social obligatorio y la inmovilización obligatoria desde las 6 pm hasta las 5 am en casi todo el país, con excepción de los departamento de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en los

La celebración de la Junta Obligatoria Anual durante el periodo de Estado de Emergencia

Por Claudia Chong, socia del Área Financiera y Corporativa del Estudio Rubio Leguia Normad, y Sheerley Cárdenas, asociada del Estudio Rubio Leguia Normad De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114° de la Ley General de Sociedades, aprobada mediante Ley N° 26887 (en adelante, la “ley General de Sociedades”), la Junta General de Accionistas de una sociedad debe reunirse obligatoriamente, cuando menos, una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, esto es, hasta el 31 de marzo de cada año. Dicha junta tiene como propósitos, entre otros, pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del ejercicio anterior expresados en los estados financieros y resolver sobre la aplicación de las

A un mes desde el primer caso reportado, otra regresión logística para el análisis de propagación del Covid-19 en el Perú

Por Gonzalo Moya, magíster en Economía de la San Jose State University y docente en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM. El 18/03 se publicó aquí un artículo mío escrito dos días antes, cuando entró en vigor el estado de emergencia nacional, mediante D.S. N°044-2020 del 16/03. Su propósito era justificar estadísticamente dicha medida de choque, proyectando la cantidad de contagiados en el tiempo si es que la cuarentena no se hubiese decretado. El mismo 18/03 entró en vigencia la inmovilización social obligatoria, mediante D.S. N°046-2020, que modifica el artículo 4° del D.S. N°044-2020 (es de hecho en el numeral 4.2 que se precisa el “toque de queda” de 8 p.m. a 5 a.m.). Ese día también se

La indefensión del ciudadano ante el régimen sancionador previsto durante la emergencia sanitaria (D. L. N°1458 y D.S. N°006-2020-IN)

Por Ramón Huapaya Tapia, profesor ordinario de Derecho Administrativo en la PUCP, miembro investigador del GIDA- PUCP y socio de CMS Grau, y Diana Attilano Flores, adjunta de docencia del curso Derecho Administrativo la Universidad de Lima y asociada del mismo estudio. En el contexto actual de emergencia sanitaria, el Gobierno dispuso diversas medidas de aislamiento social que buscan controlar la pandemia del COVID-19, a través de una declaración de estado de emergencia hecha vía Decreto Supremo y sucesivas normas modificatorias, ampliatorias y complementarias. Tal como advertimos en su oportunidad[1], el enforcement o mecanismo de cumplimiento para asegurar la vigencia de tales normas era exclusivamente penal, puesto que no existía un régimen administrativo sancionador. La cuestión es que desde que

El uso de la fuerza en Estado de emergencia: breves apuntes sobre el caso del capitán Cueva

Por Renato Platero, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro de Perspectiva Constitucional INTRODUCCIÓN A propósito de los esfuerzos que viene realizando el Gobierno por contener el contagio del COVID-19, se han realizado múltiples intervenciones por parte de miembros de la Policía Nacional como de las Fuerzas Armadas. De manera que, en ciertas oportunidades, fue necesario hacer uso de la fuerza para lograr detener a ciudadanos que omitieron la orden legal de aislamiento social obligatorio. En dicho contexto, el sábado 21 de marzo se intervino a un joven de 17 años por hacer caso omiso de la inmovilización obligatoria; de ahí que, el capitán de las FF.AA. Christian Cueva lo agredió con insultos y cachetadas a

5 cosas que como trabajador debes saber del trabajo remoto

Por Cecilia Calderón y Milagros Villavicencio, abogadas por la PUCP con especializaciones de postgrado en temas de Derecho Laboral a nivel nacional e internacional. ¿Qué es el trabajo remoto? El trabajo remoto (TR) es la prestación de servicios subordinados que realizan los trabajadores que se encuentran físicamente en su domicilio o en algún lugar de aislamiento domiciliario durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitario establecido por el Gobierno (D.U. N° 026-2020-EF, D.S. N° 044-2020-PCM, D.S. N° 010-2020-TR y R.M. N° 072-2020-TR). ¿Qué implica el TR? ¿Es lo mismo que el teletrabajo?  El TR no es igual al teletrabajo, básicamente por 3 aspectos esenciales: El TR no necesita acuerdo con el trabajador, basta con la comunicación del empleador de la