derecho inmobliario

¿Debo pagar por lo que no construí?: pésima técnica legislativa entre la restitución de mejoras y la construcción en bien ajeno

Por Nicole Rodriguez Villegas, estudiante del 9no ciclo de la Facultad de Derecho en la PUCP. Miembro de la comisión de Investigación Académica del Equipo de Derecho Inmobiliario; y Josué Zabarburú Román, estudiante del 8vo ciclo de la Facultad de Derecho en PUCP. Miembro de la comisión de Investigación Académica del Equipo de Derecho Inmobiliario. Miembro de la Editorial Jurídica Themis. Asistente de Cátedra del curso de Derechos Reales. Practicante pre profesional en Simons y de Noriega. 1. Introducción Juan Jara es un granjero que tiene un fundo de una extensión considerable y se dedicó toda su vida a la siembra de café. Sin embargo, a sus 50 años, decidió jubilarse y vivir de las rentas que el fundo, en

La Garantía mobiliaria entre líneas: Breve análisis práctico del sistema actual y del vigente, pero inaplicable régimen legal

Por Angello Rivera Domínguez, asociado Principal en Osterling Abogados y profesor de derecho civil, y Jorge Palomino Murgueytio, asociado en Osterling Abogados y adjunto de docencia. Qué duda cabe que las garantías en general son herramientas muy importantes para las relaciones económicas entre particulares, puesto que reducen el riesgo de incumplimiento de obligaciones. El otorgar una garantía específica brinda mayor seguridad al acreedor disponiendo que, en caso el deudor incumpla una obligación contractual, podrá siempre ejecutar la garantía y hacerse del pago previsto. Este es el caso particular de la garantía mobiliaria. Personas naturales y jurídicas han encontrado en esta herramienta un mecanismo sumamente útil para la proliferación de sus intereses e intercambios económicos. La garantía mobiliaria permite a quienes financian