Derecho Tributario

La resolución de determinación como única prueba conducente en los delitos tributarios por facturas falsas

Por Richard Meléndez Salmón, Abogado de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, con veinte años de ejercicio independiente en la especialidad tributaria y diez años en lo penal tributario. Introducción La expresión delito tributario por facturas falsas, usada en el título, es la forma usual con que los contribuyentes se refieren al delito tributario tratado en este artículo, dado que ellos entienden que dicho delito se origina en el uso de facturas falsas, lo cual, no es un error realmente. En efecto, dicha expresión no es equivocada dado que precisamente un tipo de comprobante de pago, la factura, es aquel emitido por los proveedores del contribuyente empresarial, por compras que éste les ha realizado, facturas que sirven legalmente

La Corte Suprema ha precisado que el costo computable de acciones emitidas por empresas locales se puede sustentar con transferencias en cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras

Por Eduardo Pedroza, abogado por la PUCP y asociado de Miranda & Amado Abogados. Como se sabe, el Texto Único Ordenado de la Ley No. 28194 -Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía-, comúnmente conocida como la Ley de Medios de Pago (en adelante, “LMP”)[1] establece que los pagos que se efectúen sin utilizar los medios de pago descritos en dicha norma no darán derecho a deducir -entre otros- costos para efectos tributarios. Al respecto, tanto la SUNAT como el Tribunal Fiscal -y algunas instancias judiciales- habían sido enfáticos en señalar que, en el caso de pagos de sumas de dinero, solo se cumplía con la obligación de utilizar medios de pago cuando

La nueva cara de la Prueba Extemporánea

Por Pablo Sotomayor, Socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School.   Recientemente se publicó la Sentencia de Casación No. 546-2022-LIMA, mediante la cual la Corte Suprema establece como precedente vinculante que los medios probatorios presentados fuera de los plazos previstos en el Código Tributario (“CT”), deben ser incorporados de oficio y valorados por las instancias administrativas, en tanto resulten necesarios para la dilucidación de la controversia. El precedente también señala que el Poder Judicial, en ejercicio de su facultad de plena jurisdicción, tiene el deber de valorar la pertinencia y relevancia de dichos medios probatorios a fin de establecer

Las OXI desde otra perspectiva

Por Fernando Ocampo, Director de Damma Legal Advisors. Abogado de la PUCP y magíster por The London School of Economics and Political Science (LLM) y por EALDE Business School (gestión de riesgos). Miembro de la World Compliance Association Hace algunas semanas, PROINVERSION y el MEF anunciaron, de manera entusiasta, que el Estado tiene en cartera 129 proyectos prioritarios a fin de ser ejecutados bajo la modalidad de Obras por Impuestos (OxI), representando aproximadamente USD 2,225 MM. De todos estos proyectos, en este año se adjudicarían 19[1]. El mecanismo de OxI permite, en simple, agilizar la ejecución de proyectos de inversión de interés público, a través de procedimientos menos complejos y burocráticos que los regulados por la normativa de contrataciones estatales

Nota | Oficializan Ley del joven empresario para reducir tasas de desempleo formal desde 2024

Por Enfoque Derecho. La Ley del Joven Empresario es el nombre que lleva la reciente normativa promulgada por el Congreso en diario oficial El Peruano, la cual establece beneficios para aquellos jóvenes que hayan constituido sus propias empresas. No obstante, pese al nombre, la ley, en su mayoría, considera incentivos para que las empresas contraten a jóvenes entre 18 y 29 años. Sin embargo, en opinión de los abogados laboralistas, la referida ley – que requiere su reglamentación y entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2024 – tendría efectos contrarios a los esperados entre sus beneficios para promover la contratación de jóvenes en situación de desempleo. Detalles de la norma El proyecto de ley  1401-2021/CR, del congresista

¿Y qué fue de los Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia en el Perú?

Por Pablo Sotomayor. Socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. Ante el incremento de fiscalizaciones y controversias con la SUNAT en materia de Precios de Transferencia (PT) de los últimos años, conviene recordar que desde el ejercicio 2004, la Ley del Impuesto a la Renta (IR) establece la posibilidad de los contribuyentes de celebrar un Acuerdo Anticipado de Precios de Transferencia (“Advanced Price Agreement” o APA, por sus siglas en inglés) con la SUNAT. En términos generales, el APA pretende la reducción de la litigiosidad en materia de PT. Pero ¿se usan los APAs en el Perú? La respuesta es

Impuesto Selectivo al Consumo y un nuevo error legislativo: A propósito de la Ley No. 31557 – Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.

Por: Nicolás Valverde Casas, Asociado del Área Tributaria de Miranda & Amado El Impuesto Selectivo al Consumo (en adelante, “ISC”) es un impuesto que grava solo determinados bienes y/o actividades. En muchos casos, la aplicación del ISC busca desincentivar el consumo de aquellos por generar externalidades negativas individuales, sociales o ambientales. Así, en la actualidad, dicho impuesto grava la venta a nivel productor, la venta en el país por el importador y la importación de bebidas alcohólicas, cigarrillos, bebidas azucaradas, entre otros, así como la realización de determinadas actividades, como los juegos de azar. En efecto, el artículo 50 de la Ley del IGV e ISC señala actualmente en su inciso c) que califican como operaciones gravadas “los juegos de

¿Qué ocurre si no se aprueba una norma tributaria dentro del plazo establecido en la Ley?

Por Talía Díaz Rodriguez. Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociada de Miranda & Amado. Como todos sabrán, el artículo 74 de la Constitución Política del Perú establece, entre otras cosas, los límites a la potestad del Estado de crear y cobrar tributos. Entre estos límites se encuentran los principios constitucionales tributarios de reserva de ley y de legalidad; así como las reglas básicas para la tributación en el Perú. En mi opinión, estas reglas siempre deben ser el punto de partida para cualquier análisis en materia tributaria. Pero hoy, para efecto de esta publicación, nos concentraremos en las reglas que regulan la posibilidad de que los Gobiernos Locales creen y cobren tributos dentro de su ámbito jurisdiccional.

Tributación en Acuicultura, Sector Forestal y Fauna Silvestre

 Por Joaquín Carrera, practicante del equipo tributario de Santiváñez Abogados y estudiante de la Universidad San Martín de Porres. Introducción El Sector Forestal y Fauna Silvestre junto al Sector de la Acuicultura representan dos de las actividades productivas de mayor crecimiento en el Perú dentro de los últimos 10 años. Estas actividades juegan un papel fundamental para la economía nacional, puesto que su aporte al Producto Bruto Interno (PBI) del país está en constante crecimiento, además que en su ejecución se obtienen materias primas fundamentales de uso industrial, farmacéutico y alimentario, sumado de muchas otras funciones de gran relevancia. Así, tratándose del Sector Forestal se calcula que al año 2021 su aporte a la economía peruana fue del 0.8% del