#DerechoTributario

Oxi en el Perú: ¿Cómo potenciar su impacto?

#DerechoRegulatorio 🚧 ¿Cuáles han sido los principales #obstáculos regulatorios y #administrativos que han limitado la adopción masiva del mecanismo de #ObrasPorImpuestos? ¿Qué impactos positivos ha generado #OxI en la #infraestructura pública y en la participación del sector privado? En la presente entrevista, Sergio Salinas, socio principal del Estudio Sergio Salinas Rivas Abogados, analiza el mecanismo de Obras por Impuestos como una #herramienta clave para el #desarrollo de la infraestructura pública en el #Perú. Reflexiona ampliamente sobre sus efectos en la #eficiencia y #sostenibilidad del sistema. ¿Qué opinas sobre esta entrevista? ¡Déjanos tus comentarios! ⬇️

El Procedimiento del Acuerdo Mutuo entre Administraciones Tributarias en Perú

Por Ingrid Zevallos Abogada por la PUCP y Senior Manager en Ernst & Young En octubre de 2023, la Administración Tributaria Peruana (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT) publicó en su página web oficial la “Guía de Procedimiento de Acuerdo Mutuo (PAM) – Versión 1.0”, a efectos de orientar al contribuyente, y otras partes interesadas, acerca de este procedimiento establecido en los Convenios para evitar la doble imposición (CDI) suscritos por el Perú con otros Estados.[1] En el presente artículo abordaremos brevemente los aspectos generales del PAM, así como el contenido de la Guía recientemente emitida por la Administración Tributaria Peruana respecto de este procedimiento y algunos supuestos en los que haría falta un pronunciamiento. ¿Qué es el Procedimiento

La economía de opción en materia tributaria

Por Pablo Sotomayor, socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. Con la vigencia y aplicabilidad de la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario -la conocida Cláusula Antielusiva General- a las operaciones realizadas por los contribuyentes, se vuelve más vigente el concepto de “economía de opción” en materia tributaria. Si bien este es un concepto que no se encuentra desarrollado ampliamente en nuestro ordenamiento jurídico -y que, cabe destacar, se ha regulado recientemente-, este no es un concepto nuevo. De hecho, en su Resolución No. 07114-1-2004, el Tribunal Fiscal ha señalado que “no puede ser aceptado desde un punto de

Uso de medios de pago y su relevancia tributaria

Nicolas Valverde Casas, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT, asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado. El correcto cumplimiento de la normativa sobre medios de pago es esencial para evitar inconvenientes en materia tributaria. En efecto, su incumplimiento acarrea, por ejemplo, la imposibilidad de deducir gastos para la determinación del Impuesto a la Renta (“IR”) empresarial o la pérdida del costo computable sobre los activos o inversiones, ya sea de personas o empresas.  En ese sentido, conviene preguntarse primero ¿qué se entiende por medios de pago? La utilización de medios de pago se encuentra regulada en la Ley No. 28194 – Ley para la Lucha contra la

En el Perú ¿la cobranza de deudas vía redes sociales es delito?

Por Gonzalo Gustavo Gonzales Gonzales. Abogado por la UNT. Árbitro de Derecho. Egresado de la Maestría en Derecho de la Empresa por la PUCP. Especialista en Contrataciones del Estado y Protección al Consumidor. Estudiante del PSE en Derecho Registral PUCP. Sumario. 1. Introducción, 2. El derecho a la libertad de expresión, 3. La cobranza pública de las deudas, 4. La Constitución Política del Perú protege el derecho al honor y la buena reputación Introducción Diversas publicaciones en redes sociales (siendo Facebook la más conocida y utilizada) se vienen realizando por acreedores, quienes efectúan la cobranza pública de sus acreencias a sus presuntos deudores. Mientras la citada cobranza pública no se haga utilizando adjetivos calificativos despectivos o insultos que puedan ofender,

El régimen Tributario del Sector Agrario después de 22 años: una necesaria reflexión

Por Miguel Rosas. Practicante del área tributaria-corporativa del Estudio Santiváñez y asistente de docencia de Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas en la Facultad de Derecho PUCP. Un agradecimiento especial por la colaboración en la realización de este artículo al equipo tributario del Estudio Santiváñez integrado por Milagros Fernández, Luisa Peralta y Patricia Casachagua. Introducción En el año 2000, entró en vigencia la Ley N° 27360 que aprobó las normas de promoción del Sector Agrario (en adelante, “Antiguo Régimen”). El Antiguo Régimen estaba previsto durar hasta el 31 de diciembre de 2010; sin embargo, en el año 2006, mediante la Ley N° 28810[1], se extendió su vigencia al 31 de diciembre de 2021 y se volvió