Domicilio

El arraigo domiciliario sobrevenido: Una propuesta frente a circunstancias excepcionales en la prisión preventiva

Por Hubert Ken Alejo Zea, abogado litigante en materia penal y civil patrimonial. I. Concepto de arraigo Los arraigos son criterios[1] racionales[2] o circunstancias[3] objetivas acreditativas[4] corroborables[5] preexistentes o concurrentes que permiten evaluar el establecimiento de una persona en un lugar determinado, así como su vinculación con dicho entorno. Estos criterios se utilizan para ponderar la probabilidad de que, frente a la acción penal, la persona tenga mayores o menores incentivos para evadir la acción de la justicia. Los arraigos no se encuentran sujetos a una lista delimitada y cerrada (numerus clausus), sino a una de numerus apertus. Además, están vinculados a ramas del derecho distintas al penal como el derecho laboral, civil, tributario, comercial, entre otras, por lo que

El cierre de partida registral por cambio de domicilio social al extranjero Comentarios a la Resolución n.° 444-2022-SUNARP-TR

Por: Cristian Ociel Caballero Arroyo, abogado por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, maestro con mención en Derecho Civil y Comercial por la misma casa superior de estudios. Actualmente, se desempeña como abogado de la IV Sala del Tribunal Registral – Sede Trujillo y como docente del curso de Derecho Notarial y Registral de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Introducción El domicilio juega un rol importante en la determinación del espacio físico en el que cualquier persona jurídica se asienta para el desarrollo de sus actividades y en donde será ubicada para asumir las responsabilidades que la ley y que los terceros le atribuyen por su actuación en el trafico jurídico. En ese contexto, el domicilio de la persona

5 cosas que como trabajador debes saber del trabajo remoto

Por Cecilia Calderón y Milagros Villavicencio, abogadas por la PUCP con especializaciones de postgrado en temas de Derecho Laboral a nivel nacional e internacional. ¿Qué es el trabajo remoto? El trabajo remoto (TR) es la prestación de servicios subordinados que realizan los trabajadores que se encuentran físicamente en su domicilio o en algún lugar de aislamiento domiciliario durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitario establecido por el Gobierno (D.U. N° 026-2020-EF, D.S. N° 044-2020-PCM, D.S. N° 010-2020-TR y R.M. N° 072-2020-TR). ¿Qué implica el TR? ¿Es lo mismo que el teletrabajo?  El TR no es igual al teletrabajo, básicamente por 3 aspectos esenciales: El TR no necesita acuerdo con el trabajador, basta con la comunicación del empleador de la