Estado de Emergencia

Infografía | Decreto Supremo N° 046-2020-PCM: sobre el toque de queda

El miércoles 18 de marzo, el Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N°046-2020-PCM, mediante el cual se dispuso el aislamiento social obligatorio desde las 8:00 pm hasta las 5:00 am. Durante ese lapso de horas, la PNP y las FFAA se encargarán de hacer cumplir tal medida, necesaria, según el Presidente, para evitar más contagios de coronavirus en el país.

Pandemia: Los efectos del Coronavirus desde la Propiedad

Por Guillermo Arribas, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, máster en Derecho por Yale Law School, profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Hace poco más de dos meses, en enero del 2020, comenzó a hacer noticia la propagación de un virus respiratorio en China, el coronavirus (Covid-19). Siendo el brote original en la ciudad de Wuhan, al 12 de marzo de 2020, teníamos 126 968 infectados en el mundo, 4 674 muertes y 67 014 curados. En el Perú, se llevaban reportando 17 casos de contagio. Hoy, 18 de marzo, tan solo 6 días después, tenemos 218 953 infectados (poco menos del doble), 8 952

Regresión Logística para el análisis de propagación del COVID-19 en el Perú

Por Gonzalo Moya, magíster en Economía de la San Jose State University y docente en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM. El lunes 16 de marzo, se publicó en el diario oficial El Peruano el D.S. N°044-2020-PCM, “Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote de COVID-19”, y el D.U. N°026-2020, “Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional”. El Decreto Supremo hace referencia en los considerandos a los Artículos II, VI y XII del Título Preliminar de la Ley N°26842, Ley General de Salud, y a los artículos 130°

Toque de queda | Vizcarra: “Si detenemos a la gente, detenemos el virus”

El presidente Vizcarra anunció la inmovilización social obligatoria desde las 8 pm hasta las 5 am desde el día de hoy. Sin embargo, la prohibición de circulación de vehículos particulares es desde el día de mañana. A partir de esas horas, la PNP y las FFAA se encargarán de hacer cumplir tal medida, necesaria, según el Presidente, para evitar más contagios de coronavirus en el país.  Además, todos los ciudadanos que estén autorizados para movilizarse deberán hacerlo a través del transporte público. No obstante, Vizcarra no se pronunció sobre los lugares donde el transporte es exclusivamente particular, como es el caso de las pequeñas ciudades en provincia.  Cabe precisar que, a diferencia del Estado de Emergencia, situación en la que

Infografía | Estado de Emergencia

Durante 15 días, el Estado peruano se encuentra en Estado de Emergencia. Por ello, se restringuirán o suspenderán derechos relativos a la libertad de tránsito, reunión, seguridad personal e inviolabilidad del domicilio. En ese sentido, en la presente infografía, Enfoque Derecho presenta los alcances e implicancias del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declaró este Estado de Excepción.

Martín Vizcarra anuncia que Perú se encuentra en la Fase 3 de contagio

El día de hoy, a las 12:00 pm, el Presidente de la República Martín Vizcarra dio una conferencia de prensa en el Palacio de Gobierno sobre las nuevas medidas que se adoptarán para evitar la propagación del COVID-19, luego de confirmarse que la cantidad de infectados por el virus aumentó a 117.  En este sentido, manifestó que “a diferencia del día de ayer, el nivel de acatamiento de la [medida por la] población es mucho mayor”. Sin embargo, añadió que aún existen trabajadores que tratan de romper la ley, pero recalcó que para mitigar tales conductas se encuentra la policía.  Asimismo, el presidente mencionó que el día de hoy ya no será posible que los civiles se movilicen a través

Normas legales del 08 al 15 de marzo

1. Decreto Supremo N° 008-2020-MTC Título: Suspenden los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020 Sumilla: A partir del 16 de marzo del 2020, se suspenderán todos los vuelos internacionales, ya sean de Aviación Comercial o General, que provengan o tengan por destino los territorios de Europa y Asia. Esto será por un plazo de 30 días calendarios, pero dicho periodo podrá ser extendido mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en mérito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud, sobre la evolución de la pandemia del Coronavirus (COVID-19). Entidad:

Salus populi suprema lex est: reflexiones de urgencia sobre el COVID-19 y el Derecho administrativo como herramienta frente a la emergencia sanitaria

Por Ramón Huapaya, docente de Derecho Administrativo en la PUCP, investigador del GIDA de la misma casa de estudios y socio líder del área de Derecho Administrativo, Regulación y Contratación Pública en CMS Grau El mundo entero está sufriendo una enorme conmoción y crisis debido a la diseminación, en más de 120 países, del denominado COVID-19 o “Coronavirus”, enfermedad viral perteneciente al grupo de las gripes o influenzas, que ha cobrado ya miles de víctimas a nivel mundial. Frente a ello, los Estados están adoptando medidas coercitivas y ablatorias de los derechos de las personas a fin de evitar la propagación del citado virus. Si bien las soluciones a esta problemática se inscriben dentro de la técnica sanitaria y médica,

Entrevista a Cesar Landa | Estado de Emergencia

Entrevista realizada por Valeria Aguado, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, a César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional, docente en la Faculta de Derecho de la PUCP y especialista en Derecho Constitucional, sobre el Estado de Emergencia Nacional, decretado por el Presidente de la República, Martín Vizcarra, mediante Decreto Supremo N° 004-2020-PCM, a raíz del brote de COVID-19 en nuestro país. ED: Buenas tardes, estamos en comunicación con el doctor César Landa, ex magistrado del Tribunal Constitucional y especialista en la materia, quien nos explicará sobre la medida adoptada por el gobierno a raíz del COVID-19 ED: Buenas tardes, doctor.  CL: Muy buenas tardes, el día de ayer, 15 de marzo del 2020, el Poder Ejecutivo ha declarado el

Representantes del Poder Ejecutivo anuncian medidas complementarias frente al Estado de Emergencia

El presidente Martín Vizcarra comunicó, a través de una conferencia de prensa, las medidas adoptadas por el Estado de Emergencia Nacional, el cual, afirmó, se encuentra en vigencia desde el día de hoy. Asimismo, brindó información complementaria al Decreto e instó a la población a ser conscientes y cumplir con estos. Igualmente, el presidente comentó que, durante este primer día, se ha permitido la movilidad, con la finalidad de que las personas puedan ir conociendo y acatando la norma. Sin embargo, al mismo tiempo, felicitó a las instituciones públicas y privadas que no están funcionando.  El mandatario anunció que se generarán mecanismos de ayuda tangibles con el objetivo de no dejar en desamparo a la población vulnerable que se verá