Estado de Emergencia

¿Qué medidas de seguridad tendré que cumplir cuando pueda abrir mi negocio? Seguridad, fiscalización, negocios y COVID-19

Por Renzo André López Franco, asociado del Estudio Rubio Leguía Normand.  La exigencia de mayores niveles de seguridad en los locales comerciales ha tomado mucha relevancia en los últimos años a partir de una secuencia de hechos desafortunados que han causado muerte y sufrimiento a muchas familias peruanas. Para ello, conviene recordar múltiples eventos dolorosos como: el incendio en Mesa Redonda en diciembre del 2001, el terremoto de Pisco en el año 2007, el incendio en Larcomar del año 2016 y muchísimos otros lamentables eventos que pudieran cuestionar la seguridad o la oportuna reacción ante desastres. Lamentablemente, la informalidad en la construcción[1] y el poco compromiso en la adopción de adecuadas medidas de seguridad en muchos locales comerciales han generado

Día del trabajo o día de la persona que trabaja

Luis Mendoza Legoas, Máster en Relaciones Industriales y de Empleo por la Universidad de Turín y el Centro Internacional de Formación de la OIT y profesor de Derecho del Trabajo en el posgrado de la PUCP y la UNMSM. I. El 2020 quizá sea recordado como un año en el que quedó masivamente desnudada la fragilidad de un modelo económico que privilegia al egoísmo por sobre la solidaridad. Los recetarios de un progreso económico inercial, basado en el reino de emprendedores competitivos se ha tornado en un impúdico “sálvese quien pueda”, en el que la salud y el trabajo tienen una semejante posición de fragilidad. Las decisiones empresariales pueden significar que quienes transitan su vida laboral entre los campos formal

Entrevista a Diego Motta | ¿Suspensión perfecta de labores?

Como respuesta al impacto económico generado por el COVID-19, el Gobierno peruano, a través del Decreto de Urgencia N° 038-2020, autorizó a los empleadores el uso excepcional de la suspensión perfecta de labores. En ese sentido, dada la importancia de esta medida de protección, Daniel Rodríguez, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho conversó con Diego Motta, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con estudios en la Maestría de Relaciones Laborales de la misma casa de estudios, quien respondió las siguientes preguntas. ED: ¿En qué consiste la suspensión perfecta de labores y por qué se ha convertido en una medida socialmente cuestionable en la situación actual? DM: Se trata de una medida que suspende temporalmente la relación laboral,

Trabajo remoto en tiempos de pandemia, ¿una oportunidad para romper barreras?

Por Iván Blume, Master of Industrial and Labor Relations (MPS) Cornell University. Abogado por la Universidad Católica del Perú, Asociado senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados Introducción Las relaciones laborales, como gran parte de las relaciones y actividades humanas, están regidas en buena medida por costumbres. Esto no tiene en sí mismo nada de malo. Las costumbres, algunas de ellas codificadas en normas y leyes, nos ayudan a sortear circunstancias azarosas y pueden servir para protegernos de errores que pongan en riesgo a los demás y a nosotros mismos. Pero al mismo tiempo, pueden convertirse en una barrera para el cambio y la innovación o ayudar a perpetuar prácticas ineficientes que han perdido su razón de ser. En

Estado de Emergencia se extenderá por 2 semanas más

En la conferencia de prensa de hoy, el presidente Martín Vizcarra anunció que el Estado de Emergencia se extenderá por dos semanas más; es decir, culminará el domingo 10 de mayo. Ello, en atención a los resultados que se han ido obteniendo en los últimos días. Anteriormente, el mandatario había anunciado que el Estado de Emergencia, declarado el pasado 15 de marzo mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se prorrogaría hasta el domingo 26 de abril, a fin de controlar la propagación del COVID-19 en el Perú. Cabe precisar que, de acuerdo con el artículo 137 de la Constitución, el estado de excepción decretado por el Presidente, con acuerdo del Consejo de Ministros -ante un peligro inminente o la ocurrencia de

La celebración de la Junta Obligatoria Anual durante el periodo de Estado de Emergencia

Por Claudia Chong, socia del Área Financiera y Corporativa del Estudio Rubio Leguia Normad, y Sheerley Cárdenas, asociada del Estudio Rubio Leguia Normad De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114° de la Ley General de Sociedades, aprobada mediante Ley N° 26887 (en adelante, la “ley General de Sociedades”), la Junta General de Accionistas de una sociedad debe reunirse obligatoriamente, cuando menos, una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, esto es, hasta el 31 de marzo de cada año. Dicha junta tiene como propósitos, entre otros, pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del ejercicio anterior expresados en los estados financieros y resolver sobre la aplicación de las

Fake News y desinformación

Por EnfoqueDerecho.com El pasado 30 de marzo, en medio de la conferencia de prensa del presidente Martín Vizcarra, este pronunció la siguiente frase: “Hay gente ociosa que se dedica a hacer noticias falsas para crear zozobra””. Ello debido a diversas noticia falsas que circulaban por redes sociales, en algunas incluso se informaba del supuesto contagio de COVID-19 del propio Presidente de la República. Así, aunque, desde ese momento, se han hecho diversos llamados a la población para evitar la difusión de estas noticias y promover la difusión de aquellas provenientes de entidades oficiales, estos hechos no se han detenido. Ante ello, el pasado 8 de abril, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos decidió utilizar su cuenta de Twitter para

¿Y cómo sobrevivimos en un edificio? El COVID-19 y las nuevas reglas de convivencia.

Alvaro Gonzales De La Cotera Chamochumbi, asociado en Rubio Leguia Normand. De acuerdo al censo del 2017, en el Perú, existen más de 10 millones de viviendas, de las que 820 mil son departamentos en edificio, lo cual equivale al 8,1% del total. Teniendo en cuenta ello, aproximadamente 4 millones de personas residen en edificio de departamentos con las particularidades y reglas de convivencia que ello implica. El régimen de edificios es denominado por la Ley 27157 como “régimen de propiedad exclusiva y propiedad común” en función a la existencia de tenemos bienes de propiedad exclusiva (departamentos y estacionamientos) y bienes de propiedad común (escaleras, ascensores, pasadizos, entre otros). De acuerdo con el Reglamento de la Ley Nº 27157, la

El Servicio Educativo escolar privado y la Geschäftsgrundlage

Por Mg. Gilberto Mendoza del Maestro. Profesor a tiempo completo de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Investigador del Observatorio Inmobiliario Mercantil – OIM. Introducción 1. Marco General sobre los servicios educativos 2. Situación de emergencia sanitaria 3. Las prestaciones 3.1 La prestación de servicios educativos 3.2 La alteración de las circunstancias y la Geschäftsgrundlage 3.3 Las pensiones como contraprestación 3.3.1 ¿Qué es lo que se debe pagar? 4. El rol de las APAFAs. Conclusiones Introducción La cuarentena dispuesta por el gobierno ha traído diversos efectos en nuestra vida diaria: desde la limitación de ciertos aspectos de nuestra libertad (medidas de confinamiento obligatoria) hasta la afectación económica de nuestras labores. A inicios de año era