Honor

En el Perú ¿la cobranza de deudas vía redes sociales es delito?

Por Gonzalo Gustavo Gonzales Gonzales. Abogado por la UNT. Árbitro de Derecho. Egresado de la Maestría en Derecho de la Empresa por la PUCP. Especialista en Contrataciones del Estado y Protección al Consumidor. Estudiante del PSE en Derecho Registral PUCP. Sumario. 1. Introducción, 2. El derecho a la libertad de expresión, 3. La cobranza pública de las deudas, 4. La Constitución Política del Perú protege el derecho al honor y la buena reputación Introducción Diversas publicaciones en redes sociales (siendo Facebook la más conocida y utilizada) se vienen realizando por acreedores, quienes efectúan la cobranza pública de sus acreencias a sus presuntos deudores. Mientras la citada cobranza pública no se haga utilizando adjetivos calificativos despectivos o insultos que puedan ofender,

Infografía | Honor y buena reputación

#Infografía ? ¿Sabías qué el honor hace alusión al valor personal de la persona? En la siguiente #infografía, @EnfoqueDerecho te explica los datos más relevantes sobre el derecho al #honor y la #buenareputación. ¿Te resultó útil la información? Comenta qué otro tema te gustaría que toquemos en la siguiente infografía.

EDITORIAL | LA RESISTENCIA: los límites de la libertad de expresión

1. Introducción Hace unas semanas se vieron actos de violencia contra el excongresista Yohny Lescano, cuando unos simpatizantes del grupo ‘La Resistencia’ lo fueron a buscar a su casa para insultarlo. En el video difundido en la prensa , se muestra cómo los integrantes de esta agrupación lo insultan con calificativos como “traidor”, además de golpearlo, no dejarlo entrar a su casa e invadir su domicilio. Pese a que en las declaraciones del excongresista, él responsabiliza al partido de Fuerza Popular, ello no está verificado. En otro momento, también ocasionada por este grupo, insultaron al exfiscal supremo Avelino Guillén, mientras él se dirigía a su vehículo luego de haber realizado unas compras en un supermercado . En declaraciones del exmagistrado,

Análisis de la sentencia sobre el caso Magaly Medina y Nicola Porcella (Expediente 03905-2019-0-1801-JR-PE-11) I Especial Farándula y Derecho

Por Néstor Daniel Loyola Ríos. Abogado por la Universidad Nacional de Trujillo. Magíster en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asesor en la Adjuntía en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo. Docente en la Universidad Tecnológica del Perú y la Universidad Privada del Norte. Mediante resolución 12/04, de fecha 12 de abril de 2021, el juez del Décimo Primer Juzgado Penal – Reos Libres de Lima, condenó a la señora Magaly Medina Vela, como autora del delito de difamación agravada en agravio del señor Nicola Porcella Solimano. Y, como consecuencia de ello, impuso 1 año de pena privativa de libertad suspendida por el periodo de prueba de 1 año, sujeto al cumplimiento de reglas de conducta.

Editorial | Trump vs Twitter: ¿Regulación de redes sociales?

Por Enfoque Derecho Las protestas en los Estados Unidos de América en torno a la muerte de George Floyd trajeron consecuencias no solo sociales, sino también políticas. El presidente Donald Trump, en relación a esto, publicó en su perfil de Twitter la frase “los disparos comienzan cuando los saqueos comienzan”. Esta frase trae a la mente de muchas personas al jefe de la policía de Miami, Walter Headley, quien, en 1967, durante el movimiento de “Civil Rights” por los derechos de la población afroamericana, excusó, de esta forma, el uso de la violencia desproporcionada de la policía en ese momento. Esta publicación fue controlada por los filtros de Twitter, limitando la visibilidad del Tweet bajo el filtro de “glorificar la