Ley de Desarrollo Urbano Sostenible

La vivienda es un derecho no un negocio: El derecho a la vivienda digna desde una perspectiva de derechos humanos a propósito de la coyuntura actual

Por María Fernanda Herrera. Estudiante de la facultad de Derecho PUCP. Practicante Preprofesional en el área de Tax Litigation de PWC. Vicepresidenta del Centro Federado de Derecho PUCP e integrante de la comisión de Desarrollo Social de Themis, Khuska. Introducción  “Tenemos miedo de que el agua se lleve nuestra casa. Estamos con esa desesperación, correteando de un lado a otro, intentando salvar algunas cosas de valor antes de que regrese el huaico. En mi casa somos cinco personas las afectadas. Casi todo lo que teníamos se ha malogrado.”, indicó Domitila, pobladora de Huaira (El Comercio, 2023) “Con baldes botamos el agua, pero en tres o cuatro horas nuevamente todo se llena”. La casa de madera de Marcela Santa María, en el

Algunas consideraciones en relación a la Participación en el Incremento del Valor del Suelo creada por la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible

Por Pablo Sotomayor, socio del área Tributaria del estudio Miranda & Amado La Participación en el Incremento del Valor del Suelo (“PIVS”) es un cobro creado por la Ley No. 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible (“LDUS”), publicada en El Peruano el pasado 25 de julio y con vigencia desde el día siguiente. A continuación, hacemos un breve análisis de algunos aspectos relevantes de la PIVS, no sin antes precisar -como veremos más adelante- que buena parte de su regulación ha sido delegada al Reglamento. Según lo señala la Primera Disposición Complementaria de la LDUS, el Reglamento deberá ser aprobado por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a 60 días calendario el cual vencerá el próximo 23 de