maternidad

La falta de regulación de las TERAS y su impacto en el resguardo a la identidad de los niños, niñas y adolescentes

Por Gabriela Maldonado Cárdenas, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y asociada ordinaria a la Asociación de Resolución de Conflictos y más. A. El posible impacto en el sistema normativo vigente El artículo 7 de la Ley General de Salud menciona que hay un reconocimiento de la existencia de las técnicas de reproducción, pero supone un límite que es que la madre genética y la madre gestante recaiga sobre la misma persona. Esto implica que no se incluye en su enfoque otros métodos que son practicados en la realidad y el límite que se indica en la norma genera una desprotección jurídica y social demostrando que nuestro ordenamiento no tiene un carácter

Maternidad subrogada ¿Vulneración al principio mater semper certa est?

Por Grecia Fernanda Palacios Pintado, estudiante de Derecho en la Universidad de Piura. Naturalmente, la forma en la que las parejas procreaban y fundaban su descendencia era por medio del acto sexual. A través del cual, la mujer se embarazaba con los gametos de su pareja, es decir, el espermatozoide fertilizaba el óvulo. Sin embargo, esto en la actualidad no necesariamente es así. Puesto que, en los últimos tiempos las nuevas tecnologías se han visto desarrolladas ampliamente. Tanto es así, que muchas parejas con problemas de fertilidad o sin ellos pueden recurrir a la ciencia para ver satisfecho su deseo de ser padres. En este punto cabe preguntarse ¿es legítima esta nueva modalidad de convertirse en padres? ¿Es obediente al

El subsidio por maternidad y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres

Por Marlene Molero Suarez, Investigadora del DEGESE, profesora de la Facultad de Derecho de la PUCP y de la maestría de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la misma casa de estudios. Máster en Género y Políticas Públicas por la London School of Economics (LSE) y Giannina Sánchez Yaringaño, investigadora del DEGESE, estudiante de décimo ciclo de la Facultad de Derecho de la PUCP.   Conforme lo dispone el artículo 23° de la Constitución Política del Perú, la madre que trabaja es objeto de atención prioritaria por parte del Estado. A nivel legislativo, esto ha significado el reconocimiento de licencias por maternidad (Ley N° 26644) y lactancia (Ley N° 27240), establecimiento de lactarios en el centro de trabajo