Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Apuntes sobre el teletrabajo internacional

Por Daniel Francisco, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Harvard. Especialista en Movilidad Global (GMS-T®) certificado por Employee Relocation Council Worldwide. Asociado Senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados y profesor de Derecho Laboral en ESAN Graduate School of Business. Asociado Extraordinario de la Asociación Civil Themis. INTRODUCCION A raíz de la pandemia de COVID-19, el teletrabajo ha llegado para consolidarse como una forma de trabajo funcional y permanente en el ámbito laboral. Este fenómeno demostró ser una herramienta efectiva debido a la necesidad de mantener la continuidad de las operaciones durante las restricciones sanitarias, y es común y legalmente reconocido en diversas jurisdicciones. A pesar del levantamiento

Sacrificio de hoy, éxito de mañana

Por Lucía Varillas, asistente del Área Laboral de Dentons. La posición del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha variado en estas últimas semanas. Hace tan solo 15 días se negaba por completo la posibilidad de optar por la suspensión perfecta de labores. Hoy, el Decreto de Urgencia N° 038-2020 lo permite, aunque con algunas particularidades. Es evidente que el Estado no podía seguir dándole la espalda a aquellas empresas que se estaban viendo severamente afectadas por la crisis. Ahora, si bien se trata de una medida que dará un respiro necesario para muchas empresas, y permitirá la preservación del vínculo laboral de miles de trabajadores, algunas empresas no podrán aplicarla al no encuadrar en los supuestos de hecho

5 cosas que como trabajador debes saber del trabajo remoto

Por Cecilia Calderón y Milagros Villavicencio, abogadas por la PUCP con especializaciones de postgrado en temas de Derecho Laboral a nivel nacional e internacional. ¿Qué es el trabajo remoto? El trabajo remoto (TR) es la prestación de servicios subordinados que realizan los trabajadores que se encuentran físicamente en su domicilio o en algún lugar de aislamiento domiciliario durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitario establecido por el Gobierno (D.U. N° 026-2020-EF, D.S. N° 044-2020-PCM, D.S. N° 010-2020-TR y R.M. N° 072-2020-TR). ¿Qué implica el TR? ¿Es lo mismo que el teletrabajo?  El TR no es igual al teletrabajo, básicamente por 3 aspectos esenciales: El TR no necesita acuerdo con el trabajador, basta con la comunicación del empleador de la