OEFA

¿Ecocidio en el Perú?: Un recordatorio de que el caso Repsol no es aislado

Mirella de la Cruz, estudiante de Derecho de la PUCP y miembro del programa de Desarrollo Social de THĒMIS – Khuska Durante las últimas semanas, hemos podido encontrar en todos nuestros medios de comunicación información sobre el grave derrame de petróleo en el terminal multiboyas N°2 de la Refinería La Pampilla, de Repsol, el cual equivale a más de 10 mil barriles de petróleo. Asimismo, diez días después de reportado el primer derrame, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa), la Marina y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) confirmaron un segundo derrame y se estima que lo vertido en esta oportunidad equivale a 8 barriles de petróleo [1]. Es así que, a raíz

Reflexiones sobre las funciones del OEFA para afrontar el derrame de petróleo en Ventanilla

Por Milagros Granados LLM in Natural Resources Law and Policy Profesora de la Universidad Científica del Sur Introducción El pasado 15 de enero, se produjo el peor desastre ecológico en la costa de nuestro país, cerca de 11 900 barriles de petróleo de la Refinería La Pampilla (Repsol) fueron derramados en la playa de Ventanilla, Callao[1]. A la fecha, el área afectada se ha extendido desde Callao hasta Huaral, perjudicando diversas playas y áreas naturales protegidas[2]. Esta situación viene causando una grave afectación al ambiente, principalmente a la flora y fauna marina. Asimismo, viene generando un perjuicio a la población aledaña, la cual ha suspendido sus actividades económicas y teme por los efectos en su salud. La situación aún no

Contribuciones en el Sector Eléctrico: Aspectos básicos de los Aportes por Regulación

Escrito por Milagros Fernández, líder del área tributaria en Santiváñez Abogados. Abogada por la PUCP. LLM en Taxation, University of Florida, Levin College of Law. Profesora de la PUCP, UNMSM, ESAN, UPC y USIL. El sector eléctrico peruano está conformado por tres actividades económicas: generación, transmisión y distribución. De forma general, la primera actividad consiste en la generación de energía, la segunda consiste en llevar la energía producida a las redes de distribución a través de redes de transmisión, y la tercera consiste en llevar la energía desde las redes de distribución hasta los usuarios finales[1]. Las empresas que desarrollan las actividades de generación, transmisión y distribución, se encuentran sujetas a las mismas obligaciones tributarias que cualquier otra empresa peruana

El impacto y la repercusión de las sentencias del caso Cuninico sobre derrames de petróleo

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP y responsable del área de Litigio Constitucional del IDL El objetivo de este artículo es analizar el impacto de la decisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y de las sentencias del Poder Judicial (PJ) y del Tribunal Constitucional (TC), en el caso del derrame de 2500 barriles de petróleo, en junio del año 2014 en la Quebrada de Cuninico, en el distrito de Urarinas, provincia y región de Loreto, con grave perjuicio para las comunidades nativas que viven cerca[1]. Los abogados al momento de evaluar una sentencia, usualmente solo vemos que dijo el juez en la parte resolutiva. En esta oportunidad, hacemos un esfuerzo por analizar no solo

Comentarios al caso resuelto por el TC sobre el artículo 19 de la Ley 30230 (caso Ley de Promoción de la Inversión)

Por César Augusto Higa Silva, abogado por la PUCP, profesor del Departamento de Derecho en la misma casa de estudios y profesor de razonamiento probatorio y argumentación jurídica en la Academia de la Magistratura, y Luis Enrique Vilca Ravelo, abogado por la PUCP con segunda especialidad en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y especialización en Análisis de Impacto Regulatorio y estrategias alternativas de regulación por la Universidad del Pacífico y Adjunto de docencia en el Programa de Segunda Especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno de la PUCP. Introducción El 12 de julio del 2014, se promulgó la Ley 30230, Ley que estableció medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la

Breves apuntes sobre el Nuevo Reglamento de Supervisión Ambiental

Por Diego Pachas, asociado del estudio Rodrigo, Elías & Medrano y miembro del Instituto Nacional de Derecho de Minería, Petróleo y Energía. El 26 de diciembre de 2016, Elsa Galarza, Ministra del Ambiente, declaró para el diario Gestión que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA – venía preparando un nuevo Reglamento de Supervisión Ambiental que sería “mucho más preciso”[1] que el anterior; pues aclararía ciertos aspectos que resultaban confusos para el administrado. En esa línea, el pasado 3 de febrero de 2017, se publicó en el diario “El Peruano” la Resolución Directoral N° 005-2017-OEFA/CD, que aprobó el tan esperado nuevo reglamento de supervisión del OEFA (“Nuevo Reglamento”), el mismo que ha traído una serie de novedades. En