Por: Paul Nina, abogado por la PUCP, con estudios en Tributación Internacional y Precios de Transferencia en la Universidad de Leiden y en la  Universidad de Wisconsin-Madison.

El pasado 29 de junio, el “Internal Revenue Service” (IRS) estadounidense hizo públicas las guías de mejores prácticas para la planificación, ejecución y resolución de fiscalizaciones de precios de transferencia, las cuales llevan por nombre “Transfer pricing examination process[1] (Guías Procedimentales).

De la revisión de estas guías podemos advertir una gran virtud en el diseño de las fiscalizaciones de precios de transferencia estadounidenses: la Administración Tributaria es exhaustiva para investigar todas las circunstancias del caso y a la vez transparente para comunicar al contribuyente todas las hipótesis y riesgos que viene advirtiendo desde el inicio hasta el fin del procedimiento.

A continuación describimos los aspectos más resaltantes de cada una de las etapas previstas por las Guías Procedimentales para el examen de precios de transferencia. Estas etapas son: planificación, ejecución y resolución.

  1. Planificación

La etapa de planificación tiene la finalidad de determinar el ámbito de la fiscalización y en particular identificar las operaciones sensibles del contribuyente que requieren de un examen de precios de transferencia. Esta tarea se realiza sobre la base de la documentación que ya se encuentra en poder de la Administración o que es de poder público, como son: declaraciones tributarias, reportes país por país, información histórica del contribuyente, información de las bases de datos sobre el desempeño del sector del contribuyente, revisión de toda la información del contribuyente que pueda encontrarse en internet, entre otros[2].

Esta etapa finaliza con el planteamiento de una hipótesis preliminar de la Administración sobre las operaciones riesgosas, la cual es comunicada de forma transparente al contribuyente a través de un primer requerimiento y una primera conferencia de apertura[3].

2. Ejecución

En esta fase la Administración desarrolla la investigación de los hechos, aplica el Derecho a los hechos y analiza las implicancias tributarias que se derivan. En esta etapa se realiza la mayor parte de actuación probatoria, a partir de principalmente dos tipos de requerimientos: el requerimiento relacionado a la información financiera y el referido a la cadena productiva.

Con respecto a la información financiera, se busca reconciliar cualquier diferencia que se hubiera derivado de una primera aproximación a los reportes país por país, formularios 10-K presentados a la Comisión de Bolsa y Valores, estados financieros del contribuyente, diferencias en los tratamientos contables, información segmentada, información de entidades controladas no domiciliadas y, en general, las políticas y prácticas contables del contribuyente.

En el caso del requerimiento relacionado a la cadena productiva, este tiene como finalidad permitir que la Administración tenga un conocimiento completo del negocio del contribuyente. Para este efecto el requerimiento pretende conocer la racionalidad económica de las transacciones del contribuyente, los aspectos determinantes de la generación de valor, cualquier reestructuración de la cadena productiva al interior del grupo económico, la caracterización de las operaciones, las funciones activos y riesgos asumidos por las partes, cuestionarios para el personal clave, descripción del procedimiento de preparación de los estudios de precios de transferencia, entre otros.

En este punto es importante resaltar que las Guías Procedimentales señalan que el análisis funcional de las operaciones del contribuyente representa un aspecto cardinal en el examen de precios de transferencia. En ese sentido, disponen que el equipo de la Administración debe realizar su mejores esfuerzos en este análisis, para lo cual se recomienda un trabajo conjunto con el contribuyente que incluya visitas a los centros de producción del contribuyente, incluso cuando estos están ubicados en el extranjero[4].

Asimismo, se dispone que a lo largo de todo el procedimiento el equipo de la Administración debe reunirse permanentemente con el contribuyente para comunicarle transparentemente todos los hallazgos e hipótesis, sobre las cuales el equipo de fiscalización viene trabajando[5].

3. Resolución

La última de las etapas inicia con la comunicación al contribuyente de los resultados de la fiscalización antes de la emisión del “Notice of Proposed Adjustments” y el “Economic Report” y tiene como finalidad arribar a un acuerdo con el contribuyente con respecto a los hechos, el tratamiento legal aplicable y las consecuencias de dicho tratamiento.

De no existir acuerdo, se emiten los referidos documentos y el contribuyente cuenta con la posibilidad de controvertir estos resultados a través de protestas y apelaciones.

En este punto es importante notar que las Guías Procedimentales disponen que la Administración debe actuar y evaluar la información que proporcione el contribuyente en cualquier etapa del procedimiento, incluso cuando esta se presenta con motivo del protesto, lo cual evidencia claramente la disposición de la Administración Tributaria para evaluar toda la información posible[6].

4. Cronogramas para exámenes de precios de transferencia en 24 y 36 meses

Finalmente, el Internal Revenue Service propone dos ejemplos de cronogramas para el desarrollo de exámenes de precios de transferencia desde la etapa de planificación hasta la conclusión de la etapa de resolución.

a. Cronograma para un examen de precios de transferencia en 24 meses:

b. Cronograma para un examen de precios de transferencia en 36 meses:

5. Reflexión final

Como se ha podido advertir, las fiscalizaciones de precios de transferencia estadounidenses están diseñadas para que la Administración pueda realizar una investigación exhaustiva de todas las circunstancias del caso y para mantener una completa apertura con el contribuyente a lo largo de todo el procedimiento.

Ello es una clara muestra de que la profesionalización y sistematización de las fiscalizaciones de precios de transferencia no implica el fomento de una cultura de severidad y secretismo, sino el desarrollo de los mecanismos necesarios para garantizar los derechos de los contribuyentes.


Fuente de la imagen: Alabama Today

[1]    Este documento puede ser consultado en el portal del Internal Revenue Service, en la siguiente dirección: https://www.irs.gov/businesses/corporations/transfer-pricing-examination-process

[2]   Sobre este punto, las Guías Procedimentales indican: “The issue team will obtain an understanding of the taxpayer’s history, background, overall core business operations, and profit drivers. Perform a review the taxpayer’s website, Form 10-K or Form 20-F filed with the Securities and Exchange Commission (SEC), and complete an internet search of the taxpayer’s name”.

[3]    Al respecto, las Guías Procedimentales señalan claramente:

The issue team will participate in the formal opening conference with the taxpayer. Agenda topics specific to the transfer pricing examination include:

(…)

  • Share the initial risk analysis and preliminary working hypothesis with the taxpayer”.

[4] Al respecto, las Guías Procedimentales señalan:

“The issue team must perform a functional analysis, including a review and analysis of the accounting data. Review IRM Exhibit 4.61.3-4 – Transfer Pricing Functional Analysis Questionnaire and consider performing the following actions, as appropriate: (…)

  • Work with the taxpayer to identify key personnel for interviews and site tours.
  • Work with the taxpayer to identify and plan site tour(s).
  • Work with the issue team to prepare for interviews and tours. If foreign travel is required, start the administrative process early and follow the procedures on the International Travel Office website. (…)

A functional analysis is a critical aspect of any transfer pricing examination and is best conducted as a team with robust internal communication, and ongoing discussions with the taxpayer to further understand its business operations”.

[5]    Sobre ello, se indica lo siguiente: “The issue team should meet periodically with the taxpayer to confirm material facts developed during the examination: Consider a full, open discussion/presentation with the taxpayer – preferably including the relevant personnel from the taxpayer’s business operations – regarding the team’s working hypothesis(es) and preliminary findings”.

[6]    Al respecto, el Internal Revenue Service señala: “Best Practice: If the Protest contains new factual information, raises new factual disputes, or presents new economic or legal theories, then consider re-engaging the examination process. The issue team should re-evaluate the timeline and reset the milestone dates, as appropriate”.