junio 2018

La educación superior en el Perú: el crédito tributario por reinversión

Por: Otto Alonso Acosta, asesor del Ministerio de Educación de Perú. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y Administrador de Empresas y Contador por la Universidad del Pacífico (UP). Presidente Ejecutivo de la Institución Educativa IDEM. Jesús Bellido, profesor visitante de la Universidad de Cambridge (Reino Unido). Profesor a tiempo completo de la Universidad de Ingeniería y Tecnología (UTEC). PhD en Ciencias de la Computación de la Pontificia Universidad Católica de Chile (UC). Director de Computación de la Institución Educativa IDEM. Introducción Conforme a lo dispuesto en el artículo 19° de la Constitución Política del Perú[1], las utilidades obtenidas por las instituciones educativas particulares[2] con fines de lucro[3] se encontrarán gravadas con el Impuesto a la Renta. Así

Estadísticas tributarias peruanas en la Base de datos global de estadísticas tributarias de OCDE

Por Paul Nina, abogado por la PUCP, con estudios en Tributación Internacional y Precios de Transferencia en la Universidad de Leiden y en la  Universidad de Wisconsin-Madison. El 27 y 28 de junio se realizó en Lima la Quinta reunión del Marco Inclusivo del Plan BEPS, del cual Perú es miembro. En dicha reunión ocurrieron dos hechos de importancia: (i) la suscripción por parte de Perú del Convenio Multilateral contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios[1]; y, (ii) el lanzamiento de la Base de datos global de estadísticas tributarias (la Base de datos OCDE)[2]. Con respecto a la Base de datos OCDE, esta contiene información sobre los ingresos tributarios obtenidos en más de ochenta países entre

Las falencias del sistema de recaudación tributaria peruano

Por Jennifer Saavedra, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho El 11 de junio del presente año, Encuesta Pulso Perú publicó en el Diario Gestión los resultados de una encuesta  que  reveló que el  51% de peruanos piensa que el Gobierno no está haciendo lo suficiente para que se paguen los impuestos, de los cuales el 40% considera que la SUNAT debe mejorar la cobranza coactiva como herramienta para aumentar la recaudación[1]. Cabe recordar que no es la primera vez que se realizan este tipo de cuestionarios. En la provincia ecuatoriana de Los Ríos, un grupo de especialista realizó un estudio, cuyos resultados mostró que el 70% de los encuestados

Competencia de modelos: ¿qué implica regular la Economía Colaborativa?

 Por: Oscar Sumar, Director de la asociación Regulación Racional y Doctor en Derecho por UC Berkeley Según Laurence Lessig, existe muchas formas en las que una sociedad puede “regular” una actividad. Dos de esas formas son: (i) mediante leyes o reglamentos dados por el Estado y (ii) mediante tecnología (aquí). Además de -muchas veces- coexistir, las formas en que la sociedad puede regular una actividad compiten entre ellas (aquí). Esa competencia nos podría mostrar cual es la mejor alternativa, si la dejamos florecer. En el caso de la “sharing economy”, tenemos que existen innovadores que están “regulando” actividades mediante aplicaciones como Uber o Airbnb. Por su lado, el Estado pretende competir como éstas, poniendo las reglas de juego sobre como

Entrevista a Javier Tebas sobre la regulación normativa en el fútbol

Entrevista a Javier Tebas Medrano, presidente de la Liga de Futbol Profesional –asociación deportiva integrada por los clubes y las sociedades anónimas deportivas que participan en las categorías profesionales de la liga española de futbol–, licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza. Además, es considerado uno de los dirigentes más influyentes del fútbol mundial. ED: Bienvenido a Perú Dr. Tebas, Enfoque Derecho agradece su colaboración para esta entrevista. Entonces, para iniciar, ¿cuál es la naturaleza jurídica de La Liga? JT: La liga de fútbol de España es de naturaleza jurídica privada; asimismo, debemos mencionar y colocar una matriz importante, porque en España el deporte profesional está publificado; es decir, depende del Estado la legislación. Entonces, es una institución de naturaleza jurídica

Los Accidentes de Trayecto: reflexiones sobre su exclusión de las Normas Técnicas de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Por Lucía Guzmán, miembro de GEOSE. En el Perú, el aseguramiento de todo tipo de siniestros padecidos por los trabajadores en el marco de las relaciones laborales ha evolucionado tanto doctrinariamente como legislativamente. Al respecto, Cieza Mora indica que, se hace referencia a la evolución doctrinaria, porque se ha pasado de la limitación de la responsabilidad del empleador por siniestros de los trabajadores en base a que estos últimos puedan probar la culpa del empleador, a la necesidad de cubrir todo accidente de trabajo por un seguro social y aplicar la responsabilidad objetiva del empleador, no por ser culpable, sino por ser generador de los factores de riesgo. De otra parte, a evolución legislativa, por varios de los antecedentes legislativos

Tolerancia cero: Donald Trump y la política anti inmigración de los EE.UU

El gobierno estadounidense volvió a estar en el ojo de la tormenta por la política de “tolerancia cero” respecto a los inmigrantes. Muchas personas que intentaron cruzar la frontera americana son ahora “prisioneros” en este país al encontrarse en condiciones deplorables; muchos de ellos con problemas para conciliar el sueño debido a las luces prendidas durante 24 horas en las celdas donde se encuentran; en general, en un ambiente inhumano. Sin embargo, la situación más criticada ha sido el trato que se les ha dado a los niños detenidos, los cuales están custodiados en jaulas de metal y separados de sus padres, lo que ha sido considerado como una serie de tratos inhumanos . Más de 2300 niños y jóvenes

Enfoque Semanal: Del 18 al 24 de junio

1. Jurado Electoral Especial de Lima inició las observaciones a los candidatos a la alcaldía de Lima El Jurado Electoral Especial de Lima observó a distintos regidores y candidatos para la alcaldía de Lima, cuyas elecciones serán en octubre. Cabe destacar que los Jurados Electorales Especiales son órganos de carácter temporal creados para cada proceso electoral o consulta popular. Sus funciones principales son dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de gestión jurisdiccional, fiscalizadora y administrativa dentro de sus respectivas circunscripciones[1]. Siguiendo sus funciones, han declarado improcedente la postulación de Enrique Cornejo por el partido Democracia Directa, ya que su elección como candidato no cumplió con el principio de democracia interna en su partido. Esto debido a que el comité

Round II: la nueva delegación de facultades en materia tributaria

Por: Pablo Sotomayor , Socio del estudio Miranda & Amado Abogados Con fecha 14 de junio, la Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó, por mayoría, el dictamen que delega facultades legislativas al Poder Ejecutivo para legislar en materia tributaria y financiera. Como se recordará, dichas facultades legislativas fueron solicitadas por el gobierno del Presidente Martín Vizcarra mediante el Proyecto de Ley No. 2791/2017-PE, presentado ante el Congreso el 2 de mayo de 2018. Siendo esto así, es posible que, a la fecha de publicación de la presente nota, el Pleno del Congreso ya haya debatido y aprobado la Ley autoritativa en cuestión y que esta incluso ya haya sido promulgada, estando el Poder Ejecutivo expedito para la publicación de los

Entrevista a Rommy Chang: Sobre el accionar de la fiscal en el caso de violación a la terramoza

Entrevista realizada por: Flavia Martinez, alumna de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho ¿Cuál es la competencia de un fiscal ante los delitos cometidos en los medios de transporte? Según el artículo 22 del Nuevo Código Procesal Penal, “si el delito es cometido en un medio de transporte sin que sea posible determinar con precisión la competencia territorial, corresponde conocer al Juez del lugar de llegada más próximo. En este caso el conductor del medio de transporte, pondrá el hecho en conocimiento de la autoridad policial del lugar indicado (…)”. En el caso particular, no se pensó en que el conductor iba a ser el delincuente (violador); sin embargo, por lógica, es irrelevante, ya