julio 2018

La prueba de fehaciencia de las adquisiciones: el debido proceso, la prueba testimonial y los cruces de información

Por Rocío Liu, socia de Miranda & Amado. Poco tiempo atrás, en este mismo blog, se abordó la necesidad de acreditar la realidad de las adquisiciones que otorgan derecho a deducir el gasto para fines del Impuesto a la Renta de las empresas, según reiterada jurisprudencia del Tribunal Fiscal. En palabras sencillas, dicho Tribunal considera que, para que un gasto sea causal y deducible para la empresa, primero debe ser real, porque si no es real, menos aún podría ser necesario para, o estar vinculado con, la generación de rentas gravadas o la manutención de la fuente productora de éstas. Esta exigencia probatoria sobre la realidad o fehaciencia de la operación tiene también implicancias en relación con la deducción del crédito

¿Son necesarios –actualmente- los organismos reguladores en Perú? El caso de Osiptel  

  Oscar Sumar, director de Regulación Racional y doctor en Derecho por UC Berkeley   Actualmente, se encuentra en debate una norma en el Congreso con el objetivo de “fortalecer” a los organismos reguladores en concordancia con las recomendaciones de la OCDE. Sin embargo, cabe preguntarnos si esta es la discusión pertinente o más bien deberíamos estar pensando en un “plan de retiro” para éstos… la justificación original para la creación de las “Osis” fue que los mercados estaban pasando de ser estatales (monopólicos) a privados pero sin competencia, lo cual podría traer precios monopólicos y abusos de las empresas. Dejamos de lado el paradigma de “estatal” pero no fue reemplazado por el libre mercado, sino por “privado pero regulado”.

Editorial: Una prueba con enfoque distinto

El archivamiento del caso de violación sexual a una practicante de Derecho ha puesto nuevamente en evidencia las carencias del sistema judicial peruano y ha demostrado su ajenidad a uno de los problemas sociales más severos: la violencia de género. La primera vez que se observó el caso fue en el 2005 cuando la víctima denunció por violación sexual a uno de los abogados del estudio en el que practicaba. Luego de realizar las investigaciones, en el 2006 la Fiscalía determinó que no procedía la denuncia, ya que no había pruebas suficientes para iniciar el proceso penal contra el acusado. En las motivaciones para adoptar la decisión se tomó en cuenta factores como el estado de ebriedad de la víctima,

Límites impuestos al reembolso de subsidios

Por: Karla Ruitón, egresada de Derecho por la PUCP y miembro de GEOSE En la actualidad, las empresas tienen dificultades para recibir el reembolso de las prestaciones económicas que brindan a sus trabajadores, debido a una inadecuada interpretación sobre el reembolso que presenta EsSalud en sus resoluciones. Dicha interpretación, contraviene la Ley de 26790, Ley de Modernización de la Seguridad y Salud en Salud (en adelante la Ley), la cual reconoce la obligación de pago al Seguro Social de Salud. Como se sabe, los empleadores tienen la obligación de aportar el 9% de las remuneraciones mensuales de sus trabajadores con la finalidad de que ellos puedan acceder a las prestaciones de salud y prestaciones económicas (subsidios). Al respecto, las prestaciones

Enfoque Semanal: del 01 al 08 de julio

1.- Denuncian que jueces y miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) negocian designaciones El día de ayer, tras la denuncia contra tres miembros del CNM y el presidente de la Corte Superior ha revelado una serie de prácticas ilegales en dicha institución. Tras la revelación de los audios, IDL – Reporteros llevó a cabo una investigación, en la que una serie de  funcionarios de altos cargos se vieron beneficiados con los concursos irregulares. En los primeros meses de este año, el CNM convocó a dos concursos para jueces y fiscales. El actual titular del CNM, Guido Águila, convocó el proceso y  según el reporte periodístico, estuvieron involucrados directamente el consejero Hebert Marcelo Cubas, presidente de la Comisión Permanente

Transparencia y exhaustividad: Lecciones del procedimiento de fiscalización de precios de transferencia estadounidense

Por: Paul Nina, abogado por la PUCP, con estudios en Tributación Internacional y Precios de Transferencia en la Universidad de Leiden y en la  Universidad de Wisconsin-Madison. El pasado 29 de junio, el “Internal Revenue Service” (IRS) estadounidense hizo públicas las guías de mejores prácticas para la planificación, ejecución y resolución de fiscalizaciones de precios de transferencia, las cuales llevan por nombre “Transfer pricing examination process”[1] (Guías Procedimentales). De la revisión de estas guías podemos advertir una gran virtud en el diseño de las fiscalizaciones de precios de transferencia estadounidenses: la Administración Tributaria es exhaustiva para investigar todas las circunstancias del caso y a la vez transparente para comunicar al contribuyente todas las hipótesis y riesgos que viene advirtiendo desde el

La “afectación del orden público” como coartada para reprimir la protesta social

Por: Juan Carlos Ruiz Molleda, coordinador del área de Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal y especialista en derechos de pueblos indígenas. Un argumento muy utilizado por los grupos de poder económico, por un sector de la prensa y por los propios operadores del sistema de justicia es que todas las protestas sociales afectan el orden público, y ,en consecuencia, deben ser rechazadas y reprimidas, y sus autores sancionados. No se reconoce que el ejercicio de la protesta implica el ejercicio de derechos constitucionales. Se desconoce los pronunciamientos del Tribunal Constitucional y de la Corte IDH. La protesta social no es ilegal porque implica el ejercicio de derechos fundamentales. Parece que para la policía la protesta es un acto ilícito,

Intervención y fallas de mercado: La necesidad de considerar factores institucionales

Por Abner Casallo Trauco, estudiante de Derecho de la UNMSM y Economía de la UNAC. Colaborador de Regulación Racional. El estudio de las fallas de mercado entendidas, en términos sencillos, como la incapacidad que tienen algunos mercados sin regulación de asignar recursos de una manera eficiente[1] es uno de los principales tópicos de la Microeconomía y, consecuencia de ello, del Análisis Económico del Derecho. Sin embargo, la concepción tradicional de ellas no ha estado libre de críticas. En este escrito haremos recuento de alguna de ellas considerando especialmente factores institucionales. Para empezar, Zerbe y McCurdy[2] han señalado las deficiencias de lo que se entiende por “falla de mercado”: El concepto de falla de mercado describe una situación que prácticamente existe

Las Provisiones para el Plan de Cierre de Minas: una problemática fiscal que desincentiva la inversión en el Perú

Por Lourdes Castillo, asociada del área de tributario del estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. Como se sabe, la deducción de gastos para fines de la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría se rige por el Principio de Causalidad, conforme al cual son deducibles los gastos necesarios para potencialmente producir la renta gravada y/o mantener su fuente productora (artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta – LIR). Bajo este principio, resultan deducibles los gastos que se realicen vinculados con la protección ambiental, más aún si resultan legalmente exigibles a los titulares de la actividad minera en función a sus actividades. Entre estos, se encuentran los relacionados a las actividades de cierre de minas. Conforme

¿Hasta donde “enseña” el Estado?

En la última semana, se difundió el contenido de los textos escolares elaborados por el Ministerio de Educación, los cuales fueron altamente cuestionados. Sucede que en dichos textos se incluyen expresiones que atentan contra la libertad sexual y de género; asimismo, al desarrollar el tema del terrorismo ocurrido en nuestro país, se omiten las violaciones de derechos humanos cometidos por las Fuerzas Armadas. De igual manera, la inclusión de textos como ‘’La virginidad conservada’’ y ‘’¿Podemos resistir la tentación?’’, que reflejarían un pensamiento religioso y machista, han sido otra de las causas de las constantes críticas. [1] Estas modificaciones en el material educativo fueron discutidas con miembros de la bancada fujimorista y del colectivo “Con mis hijos no te metas”.