marzo 2020

Entrevista a Fernando Tuesta | Sobre el proyecto de ley que suspende las elecciones primarias del 2021

El día de ayer, tras el primer pleno del nuevo Congreso, se aprobó un proyecto de ley que otorga a los parlamentarios un plazo de seis meses para realizar cambios en las normas electorales, una medida que significaría un retroceso respecto a todo lo avanzado por el Ejecutivo en la reforma política. El proyecto de ley fue impulsado por el congresista accionpopulista Luis Roel, quien plantea la suspensión de las elecciones primarias abiertas en los partidos políticos, así como también las elecciones presidenciales del 2021. En ese sentido, Fanny Herrera, miembro del Consejo Editorial de EnfoqueDerecho.com, conversó con Fernando Tuesta, politólogo y expresidente de la Comisión de Alto Nivel de la Reforma Política, acerca de los cuestionamientos que podría generar

Infografía | Estado de Emergencia

Durante 15 días, el Estado peruano se encuentra en Estado de Emergencia. Por ello, se restringuirán o suspenderán derechos relativos a la libertad de tránsito, reunión, seguridad personal e inviolabilidad del domicilio. En ese sentido, en la presente infografía, Enfoque Derecho presenta los alcances e implicancias del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declaró este Estado de Excepción.

La carga de la prueba en los procesos de homologación de remuneraciones

Por Rodrigo Cuellar y Fiorella Gómez, miembros ordinarios de la Comisión de comunicaciones de Geose 1.  Introducción El proceso de homologación de remuneraciones es un mecanismo judicial con el que se busca garantizar el respeto al principio de igualdad y no discriminación en materia remunerativa. Específicamente, mediante este proceso se busca equiparar los ingresos de dos o más trabajadores, los que, pese a tener las mismas características, perciben una remuneración diferente. Este proceso ha tenido cierto desarrollo jurisprudencial en nuestro país -sobre todo en materia probatoria-; además, a nivel legal, el proceso cuenta con reglas definidas. Sin embargo, el proceso de homologación se ha visto afectado desde la entrada en vigor de la Ley 30709 y su Reglamento. Esto porque

Martín Vizcarra anuncia que Perú se encuentra en la Fase 3 de contagio

El día de hoy, a las 12:00 pm, el Presidente de la República Martín Vizcarra dio una conferencia de prensa en el Palacio de Gobierno sobre las nuevas medidas que se adoptarán para evitar la propagación del COVID-19, luego de confirmarse que la cantidad de infectados por el virus aumentó a 117.  En este sentido, manifestó que “a diferencia del día de ayer, el nivel de acatamiento de la [medida por la] población es mucho mayor”. Sin embargo, añadió que aún existen trabajadores que tratan de romper la ley, pero recalcó que para mitigar tales conductas se encuentra la policía.  Asimismo, el presidente mencionó que el día de hoy ya no será posible que los civiles se movilicen a través

Normas legales del 08 al 15 de marzo

1. Decreto Supremo N° 008-2020-MTC Título: Suspenden los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020 Sumilla: A partir del 16 de marzo del 2020, se suspenderán todos los vuelos internacionales, ya sean de Aviación Comercial o General, que provengan o tengan por destino los territorios de Europa y Asia. Esto será por un plazo de 30 días calendarios, pero dicho periodo podrá ser extendido mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en mérito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud, sobre la evolución de la pandemia del Coronavirus (COVID-19). Entidad:

Salus populi suprema lex est: reflexiones de urgencia sobre el COVID-19 y el Derecho administrativo como herramienta frente a la emergencia sanitaria

Por Ramón Huapaya, docente de Derecho Administrativo en la PUCP, investigador del GIDA de la misma casa de estudios y socio líder del área de Derecho Administrativo, Regulación y Contratación Pública en CMS Grau El mundo entero está sufriendo una enorme conmoción y crisis debido a la diseminación, en más de 120 países, del denominado COVID-19 o “Coronavirus”, enfermedad viral perteneciente al grupo de las gripes o influenzas, que ha cobrado ya miles de víctimas a nivel mundial. Frente a ello, los Estados están adoptando medidas coercitivas y ablatorias de los derechos de las personas a fin de evitar la propagación del citado virus. Si bien las soluciones a esta problemática se inscriben dentro de la técnica sanitaria y médica,

Entrevista a Cesar Landa | Estado de Emergencia

Entrevista realizada por Valeria Aguado, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, a César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional, docente en la Faculta de Derecho de la PUCP y especialista en Derecho Constitucional, sobre el Estado de Emergencia Nacional, decretado por el Presidente de la República, Martín Vizcarra, mediante Decreto Supremo N° 004-2020-PCM, a raíz del brote de COVID-19 en nuestro país. ED: Buenas tardes, estamos en comunicación con el doctor César Landa, ex magistrado del Tribunal Constitucional y especialista en la materia, quien nos explicará sobre la medida adoptada por el gobierno a raíz del COVID-19 ED: Buenas tardes, doctor.  CL: Muy buenas tardes, el día de ayer, 15 de marzo del 2020, el Poder Ejecutivo ha declarado el

Representantes del Poder Ejecutivo anuncian medidas complementarias frente al Estado de Emergencia

El presidente Martín Vizcarra comunicó, a través de una conferencia de prensa, las medidas adoptadas por el Estado de Emergencia Nacional, el cual, afirmó, se encuentra en vigencia desde el día de hoy. Asimismo, brindó información complementaria al Decreto e instó a la población a ser conscientes y cumplir con estos. Igualmente, el presidente comentó que, durante este primer día, se ha permitido la movilidad, con la finalidad de que las personas puedan ir conociendo y acatando la norma. Sin embargo, al mismo tiempo, felicitó a las instituciones públicas y privadas que no están funcionando.  El mandatario anunció que se generarán mecanismos de ayuda tangibles con el objetivo de no dejar en desamparo a la población vulnerable que se verá

El Estado de Emergencia Nacional en el Perú

Por Andrea Tafur, Bachiller en Derecho por la Universidad del Pacífico El Decreto Supremo No. 044-2020-PCM anunciado ayer por el Presidente de la República establece el estado de emergencia a nivel nacional por el periodo de 15 días, con la finalidad de hacer frente al COVID-19. Este es el segundo estado de emergencia a nivel nacional establecido por el Estado en lo que va del siglo XXI[1]. Esta medida se ampara en el artículo 137º de la Constitución Política, el cual establece las medidas de excepción aplicables en el territorio peruano, dentro de las cuales se encuentra al estado de emergencia como la medida idónea en caso de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación[2]. Hoy, esto se

Mensaje a la Nación del Presidente Martín Vizcarra: “Hemos aprobado de manera unánime Estado de emergencia”

Hoy, alrededor de las 8:00 de la noche, el Presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció que, como nueva medida para frenar el contagio del COVID-19, el Pleno Consejo de Ministros decidió por unanimidad decretar el estado de emergencia a nivel nacional por un plazo de 15 días calendario.  Asimismo, explicó que, con el mismo fin de lograr el aislamiento social, se cerrarán de forma absoluta las fronteras por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; sin embargo, explicó que dicha medida no será aplicada al transporte de mercancías.  Adicionalmente, se anunció que de ninguna manera se cerrarán los centros que presten servicios de primera necesidad tales como farmacias, centros de salud, gasolineras, supermercados y bancos. A su vez, aseguró que