29 de abril de 2020

Regulación laboral del grupo de riesgo y alcances

Miriam Huaccha, Abogada por la Universidad Nacional de Trujillo, egresada de la Maestría de Derecho del Trabajo de la Universidad San Martín de Porres, con estudios especializados en derecho laboral realizados en la PUCP y la Universidad ESAN. Se ha desempeñado como asesora de la Dirección General de Trabajo y la Sub Dirección de Defensa Gratuita y Asesoría del Trabajador del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo por el periodo 2011-2019. Actualmente, es asesora de organizaciones sindicales de trabajadores y empresas. Las normas emitidas por el Gobierno en el marco del estado de emergencia nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, en el ámbito laboral, han fluctuado desde el escenario más protector hasta el autosostenimiento del trabajador en función

Especial del Sistema Penitenciario | Cárceles productivas y reinserción social

Marco León Tomasto, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Máster en Criminal Compliance por la Universidad Castilla-La Mancha (España). Maestrando en Derecho Penal por la Pontificia Universidad Católica del Perú. I. Estado de la cuestión Hasta finales del siglo XVI, la prisión importaba un lugar de retención a los sujetos que habían sido hallados culpables por la comisión de un delito o para aquellos que esperaban un juzgamiento. Esta cárcel de custodia tenía como principal finalidad el aislamiento o separación social. Para ello, las acciones estatales se dirigían, en puridad, a contener y a guardar a los reos en monasterios, casas de trabajo[1] o de corrección[2], construcciones cerradas en aras de asegurar su confinamiento. Esta práctica, evidentemente, ignoraba

La educación en tiempos de COVID-19

La educación es un pilar de la sociedad al que nuestros gobiernos, históricamente, han dejado de lado. El desentendimiento por parte del Estado de fomentar una educación de calidad produjo un florecimiento abismal de colegios, institutos y universidades de carácter privado, destinadas a cubrir la demanda de padres de familia y estudiantes que buscaban la mejor educación posible. La mercantilización de la educación escolar produjo que, en 2019, de los 7 mil colegios que existían en Lima Metropolitana, más de 5 mil fuesen privados[1]. Por otro lado, el crecimiento exponencial de universidades privadas dio pie a una reforma universitaria que desembocó en la creación de la SUNEDU, entidad administrativa destinada a garantizar el derecho a una educación superior de calidad.

La excesiva onerosidad de la prestación en épocas de COVID-19

Por Gustavo Cusman, magíster en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU de Barcelona y abogado senior del área de Derecho Corporativo de Deloitte. Durante las últimas semanas, los despachos de abogados han recibido gran cantidad de consultas sobre el incumplimiento de obligaciones contractuales producido como consecuencia de las circunstancias actuales, en que, no sólo nos encontramos en medio de una pandemia, sino que además, como medidas necesarias para la lucha contra la misma, se ha decretado la emergencia nacional que implicó el inicio del aislamiento social obligatorio y la inmovilización obligatoria desde las 6 pm hasta las 5 am en casi todo el país, con excepción de los departamento de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en los

Entre la colaboración procompetitiva y la colusión anticompetitiva: derecho de la competencia en contextos de crisis

Por Gustavo Rodríguez García, abogado por la PUCP, magíster por la Universidad Austral de Argentina, doctorando en Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Católica de Argentina y socio en Rodríguez García Consultoría Especializada. Existe amplio consenso sobre las virtudes de preservar un mercado competitivo. Progreso material y bienestar individual son consecuencias de adoptar reglas legales que no sustituyen el funcionamiento impersonal del mercado por el control centralizado del poder público. Pese a ello, es natural que en tiempo de crisis nos enfrentemos a una tentación reforzada por implementar medidas absolutamente reñidas con el sano consenso pro-competitivo. Los controles de precios, por mencionar un ejemplo, empiezan a ser vistos como una medida excepcional apropiada en tiempos también excepcionales. La razón por