mayo 2020

Ajustes de precios de transferencia al cuartil inferior: Los casos de España y Francia

Por Paul Nina, abogado por la PUCP con estudios en Tributación Internacional y Precios de Transferencia en la Universidad de Leiden y Universidad de Wisconsin-Madison. El análisis de precios de transferencia requiere un estudio profundo de una gran cantidad de información y todo ello decanta usualmente en verificar si los precios o márgenes de la operación o empresa analizada se ubican dentro del rango intercuartil de mercado. Si es que dichos precios y márgenes se ubican fuera del rango, entonces en muchos países –incluido Perú cuando existe perjuicio fiscal– se aplica un ajuste de precios de transferencia a la mediana del rango. Sin embargo, utilizar la mediana para realizar el ajuste no es la única opción, pues existen jurisdicciones donde

Agenda legal del 4 al 10 de mayo

Proyecto de Ley 05128/2020-CR Título: Ley que prohíbe los cobros indebidos en los centros Educativos Escolares y Universitarios Privados; Institutos, Escuelas Superiores y Escuelas de Posgrado Públicos y Privados respecto al pago de pensiones Sumilla: El presente proyecto de ley propone establecer que el régimen de pagos de los centros educativos escolares, universitarios, institutos, escuelas superiores y escuelas de posgrado públicos y privados sea equitativo y transparente. De esta manera, se establece que no se podrá efectuar el cobro de pensión completa en los meses atípicos; es decir, aquellos meses en los cuales no hay dictado presencial o efectivo de clases.  Grupo parlamentario: Acción Popular Link: http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/2016_2021/Proyectos_de_Ley_y_de_Resoluciones_Legislativas/PL05128-20200506.pdf 2. Proyecto de Ley 05113/2020-CR Título: Ley que deja sin efecto pensión Vitalicia

Estado de la gestión de residuos infecciosos y hospitalarios en el Perú a raíz del COVID-19 (primera entrega)

Por Andrés Dulanto, profesor de Derecho de la Universidad Científica del Sur. Magister y licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Elena Lazabara y Rodrigo Hawkins, estudiantes de 9no ciclo de Derecho de la Universidad Científico del Sur La pandemia del COVID-19 ha puesto en evidencia la deficiencia de la gestión estatal peruana en diversas materias y una de ellas es el manejo de residuos infecciosos y hospitalarios. El incremento del uso de mascarillas, guantes y residuos provenientes de establecimientos de salud ha concitado nuevamente el interés en la gestión de esta clase de residuos debido a que el coronavirus puede sobrevivir en superficies y materiales, con lo cual se podría estar poniendo en riesgo de contagio

Delitos contra la salud pública en tiempos de pandemia de COVID-19

Por Fernando Londoño Martínez, Profesor de Derecho Penal en la Universidad Diego Portales, Santiago de Chile. Doctor en Derecho por la Università degli Studi di Ferrara, Italia. Enfoque Derecho me ha solicitado ofrecer un cuadro general sobre la tutela penal de la salud pública en Chile, en tiempos de Covid-19. Concretamente, se me ha preguntado cómo viene abordándose el riesgo de expansión del contagio (si acaso con represión penal o con sanción administrativa), describiendo brevemente las figuras penales aplicables, en el marco de la tutela de la salud pública como bien jurídico. Agradezco por cierto la invitación[1], ocasión preciosa de intercambio con los colegas peruanos en un medio tan vital como Enfoque Derecho. Ofreceré primero una respuesta a modo de

Enfoque Semanal del 4 al 10 de mayo

1.- Congreso acepta renuncia de Mercedes Aráoz a la segunda vicepresidencia del Perú.  El pasado 1 de octubre del 2019, Mercedes Aráoz presentó su carta de renuncia irrevocable al cargo de segunda vicepresidenta. Ello debido a que, según manifestó, se encontraba en desacuerdo con la disolución del entonces Congreso de la República por parte del presidente Martín Vizcarra. «La razón fundamental de mi renuncia es que se ha roto el orden constitucional en el Perú”—manifestó Aráoz en ese momento.  A partir de ello, el 7 de mayo del presente año, el nuevo Congreso de la República decidió admitir la renuncia de Aráoz. Así, con 112 votos a favor, 0 en contra y 15 abstenciones –de la bancada de Fuerza Popular—

Webinar: Desafíos del Derecho Laboral en tiempos de Coronavirus

EnfoqueDerecho.com se complace en presentar las dos entregas del evento Desafíos del Derecho Laboral en tiempos de coronavirus, que se realizó el 25 de abril y 2 de mayo. En este, los especialistas Javier Neves, Guillermo Boza, Jorge Toyama y Germán Lora desarrollan los diferentes desafíos que presenta el Derecho Laboral en épocas de crisis por el COVID-19. Primera edición: Segunda Edición:   Fuente de imagen: Perú Educa, PUCP, Semana Económica, Damma      

Retos y desafíos para la administración de justicia en el Perú en tiempos de la COVID-19

Por Alejandro Cardoza Ayllón, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), asociado del Área de Litigios y Arbitrajes del Estudio Benites,Vargas & Ugaz Abogados. La creciente propagación de la COVID-19 en nuestro país ha generado un fuerte impacto en distintos ámbitos de nuestra sociedad y, desde luego, el sistema de administración de justicia no ha sido la excepción. En acatamiento del Estado de Emergencia Nacional e inmovilización social obligatoria decretado por el Gobierno Central[1], el Poder Judicial ha dispuesto la suspensión de sus labores, así como de plazos procesales y administrativos[2]. En ese contexto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha implementado un conjunto de medidas inéditas que, si bien buscan evitar la paralización total del sistema de

¿Espejismos laborales? | Apuntes a propósito de la suspensión perfecta de labores: supuestos de procedencia y tratamiento de los trabajadores del grupo de riesgo

Por Luis Valdivia, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú , asociado al Estudio Rubio Leguia Normand y candidato a la Maestría de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la PUCP. El 14 de abril de 2020, fue publicado el Decreto de Urgencia N° 038-2020 (DU38), que estableció medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19, entre ellas, principalmente, la suspensión perfecta de labores en el marco del estado de emergencia[2] (la interrupción de la obligación del trabajador de prestar servicios y del empleador de pagar remuneración). Asimismo, con fecha 21 de abril de 2020, se publicó el Decreto Supremo N° 011-2020-TR (DS11), que estableció normas complementarias para la aplicación

Presidente Martín Vizcarra anunció que se extiende el Estado de Emergencia por 2 semanas más

Hoy 8 de mayo, mediante conferencia de prensa, el Presidente de la República anunció la prórroga del Estado de Emergencia por dos semanas más, es decir, hasta el domingo 24 de mayo. Asimismo, dispuso que, desde el 11 de mayo, el toque de queda comenzará desde las 8 pm, ya no desde las 6 pm, y precisó que el domingo el aislamiento social obligatorio continuará siendo aplicado durando todo el día. Ello, a fin de que las personas cuenten con un mayor tiempo para cobrar sus bonos. Por otro lado, Vizcarra añadió que el progresivo comienzo de actividades en los próximos días deberá respetar los cuidados correspondientes para evitar la propagación de Covid-19. Entre otras medidas adoptadas por el Ejecutivo,

Ante la crisis económica que vive nuestro país ¿de quién es la responsabilidad?

Por Andreé Castro, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y asociado ordinario de THEMIS El día 15 de marzo, en horas de la noche, el Presidente de la República promulgó el Decreto Supremo 044-2020-PCM[1]. El cual declaraba el Estado de Emergencia Nacional por el brote desmedido del COVID-19 a nivel mundial, y por las personas infectadas en nuestro país. Asimismo, como medida complementaria al Estado de Emergencia, decretó una orden de inmovilización social obligatoria, la cual consiste en impedir que la población abandone sus hogares para realizar sus actividades cotidianas; tales como trabajar, y recrearse. Del mismo modo, con dicho Decreto, se suspendían las libertades constitucionales de las personas; tales como, libertad de reunión, de tránsito, entre