Calle Constitución

¡De regreso a clases! Pero, ¿quiénes regresan? Sobre el acceso a la educación de niños con discapacidad

Esta semana comenzaron las clases, pero ¿quiénes regresan al Colegio? En las últimas semanas los medios de comunicación han denunciado diversos casos de Colegios que no han permitido la matrícula de niños por su color de piel o religión. Se trata de casos indudablemente discriminatorios. Pero, ¿qué pasa cuando se trata de niños con discapacidad? ¿Pueden los niños con discapacidad estudiar en centros educativos regulares?

¿Cuán democrático es tu gobierno?: Inventario Mínimo

A raíz de la lamentable situación que vive Venezuela, se viene debatiendo en nuestro país cuáles son los aspectos que definen a un gobierno como democrático. Partiendo de que éste “no lo es sólo porque ganó las elecciones”, como acertadamente ha puntualizado Henry Pease[1], en las líneas que siguen destaco los elementos que considero esenciales.

El derecho a manifestarse y a protestar públicamente

A propósito de las manifestaciones públicas que se vienen realizando a lo largo de toda Venezuela desde el 12 de febrero último y del incremento -en intensidad y uso de la fuerza por parte de los agentes estatales para reprimirlas, en este post queremos reflexionar brevemente desde los estándares del derecho internacional de los derechos humanos, acerca del derecho de manifestación y protesta pública, especialmente cuando éste se ejerce masivamente y canaliza conflictos sociales a gran escala.

La Constitución de 1993, veinte años después: Las reformas efectuadas

El 31 de diciembre de 1993, entró en vigencia la Carta de 1993 luego de su aprobación por escasa diferencia en el discutido referéndum realizado el 31 de octubre del mismo año. Como se recordará, la versión original de la Constitución tuvo por finalidad legitimar el golpe de Estado del 5 de abril de 1992 y plasmar reglas no admitidas por la Constitución de 1979, con la finalidad de consolidar el régimen fujimorista. A tal conclusión puede llegarse a partir del examen de las instituciones plasmadas en dicho texto: fortalecimiento del Poder Ejecutivo, introducción de la reelección presidencial inmediata, Congreso unicameral, reducción de atribuciones de los gobiernos locales y regionales, ampliación de la competencia de la justicia militar, pretendida extensión de la pena de muerte, entre otras. La novedad más relevante, no obstante, fue la introducción de un nuevo modelo económico.

La autonomía de la mujer: el tema olvidado- A propósito del archivamiento del caso de las esterilizaciones forzadas

Entre los años 1996 y 2000, el gobierno de Fujimori aplicó una política gubernamental que enfatizó la esterilización (forzada) como método para modificar el comportamiento reproductivo de la población, dirigida a mujeres pobres, indígenas en zonas rurales. Se han denunciado 2,074 casos, pero se calculan aproximadamente 370,000 esterilizaciones y al menos 18 muertes. Entre estos casos, destacó el de Mamérita Mestanza, quien falleció como consecuencia de la negligencia médica en el procedimiento. Luego de buscar vanamente justicia en el país, el caso fue presentado y admitido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde se logró llegar a una Solución Amistosa con el Estado peruano, que se comprometió a adoptar medidas de reparación en beneficio de las víctimas. Adicionalmente, el Estado reconoció su responsabilidad por la «política gubernamental de carácter masivo, compulsivo y sistemático que enfatizó la esterilización» y se comprometió a realizar las investigaciones correspondientes. Como consecuencia, se re-abrió la investigación penal de los hechos.

Al fin de la batalla: cinco aspectos que el congreso debe(ría) haber aprendido de la sentencia Diez Canseco

La historia es conocida. Acusado por los congresistas Vacchelli y Tubino (bancada fujimorista), y con el voto de la mayoría del Pleno del Congreso, el congresista Diez Canseco vivió sus últimos días fuera del Parlamento. La suspensión del cargo se debió a que supuestamente había incurrido en un conflicto de intereses, al presentar un proyecto de ley de restitución de derechos para las acciones de inversión y no revelar que su ex esposa e hija se podrían ver beneficiadas.

Uso de la fuerza y Sistema Interamericano

La reciente promulgación en nuestro país de la Ley N° 30151, que modifica el artículo 20, inciso 11 del Código Penal, para establecer una exoneración de responsabilidad penal en favor del “personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que, en cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”, ha causado reacciones contrapuestas entre quienes la defienden como una medida necesaria y quienes la observan con sospecha como una medida potencialmente peligrosa que podría generar la impunidad de los agentes estatales que lesionan derechos humanos bajo el pretexto del cumplimiento de su deber.

El amparo del expresidente García y la labor de la Megacomisión

“García no podrá ser acusado por la Megacomisión”. Así lo indicaba el 09 de enero la primera plana de un importante medio de comunicación, precisamente al día siguiente de dictarse la sentencia de amparo que acogía parcialmente el pedido del ex presidente García. A veces el lenguaje jurídico que identifica a una sentencia puede generar lecturas equivocadas. Otras veces factores distintos -políticos, ideológicos, simpatías personales, etc.- lo hacen. Luego de revisar la extensa sentencia dictada por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Lima, cuyas sesentiocho páginas superan largamente el promedio, queda claro que la Megacomisión sí podría recomendar una acusación contra el ex presidente. Veamos sus alcances.