Arbitraje

¿Puede el Estado ignorar un laudo arbitral? Reflexiones sobre la fuerza vinculante del laudo arbitral, la seguridad jurídica y propuestas para fortalecer el sistema de concesiones

«Una de las principales medidas que debe regir en toda contratación pública es, sin duda, la transparencia. Este principio constituye un elemento esencial, ya que, será aquel elemento que garantice no solo la legitimidad de las decisiones estatales, sino también, la confianza de la ciudadanía en las instituciones».

¿HAL 9000, el árbitro?: Reflexiones sobre el uso de la IA en la producción de un laudo arbitral

«La IA no puede sustituir el rol fundamental de los árbitros: resolver la controversia a partir de las posiciones de las partes. El arbitraje es, por antonomasia, un acto de fe en la racionalidad humana. La IA puede apoyar brindando información verificable, ordenando documentos a través de procesos de sistematización, entre otros asuntos administrativos, pero no supliendo el ejercicio de la función jurisdiccional».

¿El arbitraje en segundo plano? El nuevo rol de las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas en las contrataciones públicas.

“Con las recientes reformas, el arbitraje deja de ser el mecanismo central durante la ejecución contractual y pasa a ocupar una posición subsidiaria, siendo reemplazado en la etapa primaria por las JPRD. Ahora, el arbitraje opera como una instancia posterior, como si se tratara de una especie de segunda instancia de revisión, pero con nuevas limitaciones».

Blogger | RADar Litigios: Entrevista de presentación

#RADarLitigios ⚖️ ¿Cómo se vienen transformando las estrategias de #litigios en el #Perú? ¿Qué herramientas son importantes para afrontar los nuevos desafíos del proceso judicial? En la presente entrevista, los doctores Róger Zavaleta y Nicolás Hernández del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, introducen el nuevo blog «RADar Litigios», un espacio académico diseñado con el fin de analizar tendencias, compartir experiencias y aportar una visión estratégica sobre los litigios y #arbitrajes en el país. ¿Qué opinas sobre esta nueva iniciativa? ¡Coméntanos! ⬇

El arbitraje en campaña: Entre ocurrencias y desinformación

“Ello no es casual. Para varios de los candidatos que hoy lideran la intención de voto (IPSOS), el arbitraje se ha transformado en una suerte de comodín político: una institución que se cuestiona para prometer mayor “soberanía”, a la que se recurre como mecanismo para descongestionar el Poder Judicial, o que se pretende masificar en nombre de su popularización. A primera vista, estas propuestas resultan atractivas.”

¿Cómo cerró Latinoamérica en el CIADI en 2025?

«Fortalecer la gestión estatal de los contratos de inversión, mejorar los mecanismos de prevención de controversias y profesionalizar la defensa del Estado en arbitrajes internacionales no es solo una necesidad jurídica, sino una condición indispensable para que el crecimiento económico no se vea erosionado por pasivos contingentes de alto impacto fiscal»

Herramientas para materializar un arbitraje a partir de un convenio arbitral entre privados de redacción no detallada

«Los criterios de interpretación del negocio jurídico que reconoce el Código Civil son herramientas pertinentes para conocer el significado jurídico de convenios arbitrales entre privados de redacción básica. A falta de llegar a un entendimiento razonable del convenio arbitral entre privados a partir de los criterios de interpretación, es pertinente recurrir a la consulta a las partes.»

Una revisión del arbitraje bajo la Ley General de Contrataciones Públicas: ¿Un RNA institucional?

La Ley N° 32069 elimina el Registro Nacional de Árbitros con la finalidad declarada de flexibilizar la designación de árbitros y ampliar el universo de profesionales disponibles. Sin embargo, en los hechos, el sistema reemplaza un filtro estatal por filtros institucionales que reproducen los mismos riesgos que se buscaban superar. La concentración de designaciones, la recurrencia en los mismos profesionales y la intervención unilateral de la Entidad en la determinación de instituciones arbitrales permanecen prácticamente intactas.

Reflexiones sobre el Apéndice II, artículo 5 del Reglamento de Arbitraje de la CCI y los riesgos de su aplicación en sede judicial peruana

Por Erick Milder Ayón Camarena, abogado por la Universidad de San Martín de Porres, egresado de la Maestría en Derecho Civil en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Cuenta con especialización en Arbitraje en Contrataciones con el Estado por la misma casa de estudios y en Arbitraje Internacional e Inversiones en la Universidad del Pacífico. Actualmente forma parte del equipo de arbitraje de la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) se ha consolidado como el referente más influyente en la práctica arbitral contemporánea, al punto de ser considerado el estándar de excelencia para la resolución de disputas complejas y transnacionales. Esta posición se ve respaldada por una