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Día 5: El Diario

Por Autora Invitada Mientras esperaba la terapia de hoy, encontré una libreta debajo de la silla. Creo que se la hubiera dado al psicólogo si no se mostraba tan apático durante la sesión de hoy. Últimamente me pregunto si todo esto de la terapia tiene algún sentido. Cada vez hablo más y él menos. Se la lleva fácil. Al final recogí la libreta y recién ahora, que llego del trabajo, pude darle una ojeada. En una página que escogí al azar decía esto: Viernes, 27 de enero […] Te han dicho que la vida es tiniebla, y en tu cansancio repites lo que dijeron los cansados. Y yo digo que la vida sí es tinieblas salvo cuando hay impulso, Y

El culpable sin rostro: redescubriendo las raíces de la violencia contra niños/as y adolescentes en el Perú

Por Alejandra Aquije, estudiante de la facultad de Derecho de la PUCP y miembro del programa de desarrollo social de THĒMIS, Khuska Desde hace una semana el país entero se paralizó ante el horror del caso de Camila, una niña de 4 años, quien fue secuestrada, abusada sexualmente y asesinada por un adolescente de 15 en el distrito de Independencia. Sorprendentemente, lo que siguió a esa noticia fue el ensañamiento contra su madre, Mirella Huamán, de 22 años, debido a que habría dejado a sus dos hijas en casa de un familiar para, posteriormente, participar de una yunza. Así, no solo sus propios familiares, vecinos/as y el mismo padre de su hija la sindicaron directamente como responsable del crimen, sino

La necesidad de ejecutar el concepto de sostenibilidad frente al Coronavirus

Diego San Martín Villaverde, Profesor de Derecho de la Universidad Científica del Sur y Gerente de Sostenibilidad de SUGO Este año inició con diversos eventos de suma importancia mundial. En el caso particular, la Organización Mundial de la Salud (OMS), luego diversos debates médicos/científicos, decidió declarar emergencia sanitaria internacional por el Coronavirus. Concretamente, el término que se utiliza es el de «emergencia de salud pública de interés internacional» (PHEIC, por sus siglas en inglés), para lo cual se han tenido en cuenta diversos factores como la conformación de un comité de expertos, análisis de laboratorio, causa y tipo de riesgo, contagios, muertes sobrevenidas y demás que son comunicadas a la OMS, lo cual permitió al Director General de dicha organización

¿Por qué debe ser declararse nulo el contrato de seguridad privada entre la empresa Glencore y la Policía Nacional del Perú?

Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) Ahora que el Tribunal Constitucional está a punto de emitir sentencia sobre el proceso de amparo presentado por Oscar Mollohuanca Cruz y la Asociación de Productores de Huinipampa, con el patrocinio legal de IDL y de DHSF, contra el convenio de servicios de seguridad privada entre la Compañía Minera Antapaccay y la Policía Nacional del Perú, exponemos acá un resumen de los principales argumentos que sustentan nuestro pedido, para que se declare nulo este convenio[2]. No es competencia constitucional de la Policía dar seguridad privada a las empresas mineras De acuerdo con el artículo 166 de la Constitución, la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental “garantizar, mantener y restablecer

Club de la Construcción ¿o de la Corrupción?

Infografía elaborada por el Grupo Mundo Jurídico compuesto por María Fernanda Villanueva Ruete, Nicole Cristina Velazco Velazco, Gabriela del Pilar Ortega Rabines, Gabriela Alexandra Herbozo Villayzan y Romina Alejandra Alarcón Bonilla para el curso Instituciones del Derecho Privado 2 a cargo del profesor José Carlos Fernández Salas. Cada semana se descubren nuevos datos sobre el caso Club de la Construcción, un ilegal cártel de empresas que desde hace muchos años venía repartiéndose las obras licitadas por el Estado e inflando los costos de las mismas. Muchos de los empresarios involucrados ya han confesado su participación y, en calidad de colaboradores eficaces, han ido describiendo los distintos acuerdos a los que llegaban para repartirse las obras. Aunque el foco de la

CORONAVIRUS: Rol del Encargado de Prevención

Sergio Chang Michelena, asociado de García Sayán Abogados La crisis mundial provocada por el Coronavirus (COVID-19) también repercute en las tareas de los encargados de prevención y los equipos de compliance de las empresas. Si bien no se debe perder el norte -es decir, que lo más importante es la vida de las personas y consecuentemente la salud- la realidad es que, por la falta de información, a nivel empresarial este virus llegó a impactar las bolsas mundiales (impulsados por la incertidumbre). Así, la FED (Reserva Federal Estadounidense) ha reducido su tasa en 50 puntos, un escenario que no se ve desde la crisis del 2008; además, en el ámbito local, se podrían reducir las exportaciones a países afectados, especialmente

5 razones por las que el Decreto de Urgencia que regula la negociación colectiva en el sector público es inconstitucional

Saulo Galicia Vidal, abogado, fundador y ex Director Ejecutivo del Grupo de Estudios para la Organización Social y el Empleo La norma cuestionada Si hay un derecho laboral que el Estado ha restringido sistemáticamente, es el de negociación colectiva en el sector público. Ley tras ley, se fue perfeccionando la forma de limitar la posibilidad de los trabajadores públicos de negociar sus propios salarios[1]. Un derecho que no era discutido en el sector privado, era negado a quienes trabajaban en el Estado, bajo el argumento del respeto del interés público y la necesidad de resguardar el equilibrio fiscal de las arcas estatales[2]. Hasta que en el año 2016, en una Sentencia histórica, el Tribunal Constitucional (TC) declaró que las normas

Requisitos para las publicaciones en el Diario Oficial El Peruano

Por Mariano Peró, abogado por la PUCP, Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Columbia y asociado del Miranda & Amado Abogados La Ley General de Sociedades (LGS), en su Artículo N° 43, establece que las publicaciones que deban realizarse por su mandato se efectúan en el periódico del lugar del domicilio de la sociedad en el que se insertan los avisos judiciales, agregando que las sociedades domiciliadas en las provincias de Lima y Callao deben realizar sus publicaciones, cuando menos, en el Diario Oficial El Peruano y en otro de los diarios de mayor circulación de Lima o del Callao, según sea el caso. En esa línea, la Gerencia de Publicaciones Oficiales de El Peruano ha publicado los

Negociación Colectiva del Sector Público

Jesús Miguel Chanamé, Director Ejecutivo del Grupo de Estudios de la Organización Social y el Empleo (GEOSE) e Investigador de AELE: Análisis Laboral; y Oriana Cerna La Torre, Estudiante de la Facultad de Derecho en la PUCP y miembro ordinario de GEOSE. I. Antecedentes Para comprender la actual regulación es necesario recapitular, ¿cuál ha sido el devenir de las propuestas legislativas sobre el reconocimiento del derecho a la Negociación Colectiva en el Sector Público (en adelante, NCSP)? a. Pronunciamiento del Tribunal Constitucional El caso de la Ley del Presupuesto Público (Pleno Jurisdiccional basado en los Expedientes Nº 3-2013-PI/TC, 4-2013-PI/ FC y 23-2013-PUTC) observó que las leyes de presupuesto público limitaba el derecho de los servidores públicos a participar de la