Competencia

Privacidad y competencia: ¿el tratamiento de datos personales como práctica abusiva en el mercado?

Por Natalia Martínez, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Se desempeña como asociada en el área de Regulación y Competencia de Stucchi Abogados, donde centra su práctica en el asesoramiento de asuntos contenciosos y no contenciosos vinculados a temas de libre competencia, publicidad, protección al consumidor y propiedad intelectual. Asimismo, es adjunta de docencia del curso de Derecho Administrativo 1 en la Universidad del Pacífico. Introducción: los datos personales como insumo estratégico A efectos del presente artículo, es importante desenfocar parcialmente la noción de “dato personal” contenida en la regulación de protección de datos, que lo define como toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable, y reenfocar esta noción para considerar los

La obligación -no tan clara- de designar un Oficial de Datos Personales en el Perú

Por Crosbby Buleje. Asociado Principal del estudio Echecopar y abogado especialista en Derecho de la Competencia Introducción La protección de los datos personales se ha convertido en un eje fundamental de la gestión empresarial moderna. En el Perú, la Ley N.º 29733, Ley de Protección de Datos Personales (la LPDP), y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 016-2024-JUS (el Nuevo Reglamento), establecen el marco normativo que regula el tratamiento de datos personales por parte de las organizaciones. El Nuevo Reglamento, recientemente aprobado, alinea en cierta medida el marco normativo peruano a los estándares internacionales más rigurosos, como el Reglamento General de Protección de Datos Personales de la Unión Europa, incorporando muchas de sus obligaciones. Una de estas es

La nueva era de la colusión: ¿Cómo los algoritmos de fijación de precios facilitan la colusión en el mercado?

Escrito por Mabel Benancio Avila, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Católica del Perú En 2011, el libro “The Making of a Fly” alcanzó un inaudito precio de casi $24,000,000 en Amazon. La plataforma ofrecía 17 ejemplares, 15 de ellos usados y 2 nuevos, cada uno a cargo de un proveedor distinto. Mientras las copias usadas se vendían a $35.00, los ejemplares nuevos alcanzaron la exorbitante suma de $23,698,655.93. Esto fue consecuencia de un bucle generado por algoritmos de fijación de precios que ajustaban automáticamente los precios de un proveedor en función del otro, lo que provocó un incremento exponencial hasta alcanzar el valor máximo. Aunque al día siguiente el precio de los libros nuevos descendió a

¿Deben los proveedores colocar el número de RUC y la denominación social en la toda publicidad? La milla extra en la interpretación.

Por Crosbby Buleje, Asociado senior del estudio Echecopar y abogado especialista en Derecho de la competencia Hace poco más de un año, se aprobó una norma que modificó el régimen de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), estableciendo determinadas reglas con impacto en las ofertas comerciales de los proveedores. Su próxima entrada en vigencia, ha generado una preocupación generalizada (y no era para menos) debido a que una de dichas reglas se ha interpretado, desde distintos frentes, en el sentido de que los proveedores deben colocar el número de RUC y la denominación social en toda publicidad. En consecuencia, incluso se sostiene, Indecopi podría sancionar el incumplimiento de esta regla establecida en el marco del régimen del RUC.

Cutting of red tape: menos barreras, menos corrupción y más competencia

Por Diego Gutiérrez Asencios. Especialista en regulación y competencia por la Universidad Carlos III de Madrid y abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asesor legal en el Congreso de la República y ex abogado de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi. El pleno del Congreso de la República aprobó el jueves pasado la segunda votación del Proyecto de Ley N° 500 (iniciativa de la congresista Adriana Tudela), en adelante “Proyecto de Ley Antibarreras”, que propone fortalecer la prevención y eliminación de barreras burocráticas en aras de promover la competitividad y la reactivación económica del país. Desde hace más de 25 años el Indecopi tiene, entre otras funciones, el rol de detectar e inaplicar

El Sistema Concursal en el Derecho Peruano. ¿Es conveniente para una empresa someterse a un procedimiento concursal?

Por Claudia Silvana Arana Noriega, abogada por la PUCP, con título en Segunda Especialidad en Derecho de Protección al Consumidor. Actual Asociada en Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría 1.- Introducción En los últimos años, se ha observado cómo el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante, Indecopi) creado en el año 1992, ha tenido una función primordial en la evolución del crecimiento económico del país, pues con su institucionalidad no sólo promueve en el mercado mejores decisiones, sino que también puede facilitar la rehabilitación de una empresa que se encuentra en crisis financiera o económica, mediante la protección del crédito. Actualmente, se cuenta con la Ley N° 27809, Ley

Aprobación en las sombras: Sobre la implementación de la Ley e-commerce en Perú

Maria del Pilar Segura, abogada por la PUCP con estudios en derecho de las tecnologías de información. Directora de Incidencia de la Asociación Lawgictec. Actualmente se desempeña como Analista de Asuntos Públicos en Niubox». A fines del año 2021, el partido político “Podemos Perú” presentó el proyecto de Ley 415-2021 “Ley e-commerce” que buscaba regular aspectos relacionados con el comercio electrónico. No obstante, esta propuesta fue duramente criticada no solo por el contenido de la misma, sino porque no tomó en consideración numerosas opiniones en contra presentadas por organizaciones civiles y empresariales. Ahora, en una profunda crisis política que envuelve al país, el Congreso parece dar luz verde a su aprobación sin mayor debate. En las siguientes líneas analizaremos la