Constitucional

La unión civil como derecho fundamental constitucional

Hace algunos días el cardenal Juan Luis Cipriani planteó la realización de un referéndum para la aprobación del Aborto y de la unión civil entre personas del mismo sexo. En este artículo nos ocuparemos solo de lo que concierne a la unión civil. Aunque para algunos esto pudo haber significado una muestra de “apertura” por parte del cardenal con respecto a su tradicional postura de rechazo incondicional a la propuesta, lo cierto es que esta nueva postura es una verdadera espada de Damocles. En nuestro país, según la última encuesta de Ipsos, el 65% de los encuestados menciona estar en contra de dicha unión. Sin embargo, un dato curioso, es que la aprobación tiene una correlación con el respectivo nivel de conocimiento que se tenga sobre la materia. Así, por ejemplo, con conocimiento de los derechos que otorga la unión civil el rechazo disminuye hasta llegar a 49% de los encuestados. Por tanto, a primera vista podría pensarse que un referéndum sería muy peligroso para las personas que buscan poder hacer realidad la propuesta de unión civil, y en principio se podría tender a creer que la postura en contra tendría un masivo apoyo por parte del electorado. Sin embargo, sí se impulsa una campaña política y de información importante, es muy probable que el resultado se pueda revertir. Eso ya lo hemos visto muchas veces antes en política.

Invocando a Dios Todopoderoso: ¿Somos un Estado laico?

El arzobispo Juan Luis Cipriani ha regresado al ojo público proponiendo realizar un referéndum para decidir sobre la unión civil y el aborto terapéutico (que es legal en nuestro país). Felizmente en los últimos días se han publicado diversos artículos que han ridiculizado esta propuesta; y es que los derechos y libertades no pueden ser decididos por la mayoría. Sin embargo, llama la atención la legitimidad de la iglesia católica para intervenir en políticas públicas del Estado. ¿No se supone que somos un Estado laico?

¿Un informe absurdo para inhabilitar a Alan García? Momento clave de la lucha anticorrupción

Se salva por un pelo, y una vez más gracias a un recurso formal. Ya había pasado algo parecido con el uso de la prescripción para evadir ser juzgado en el caso de «El Frontón». Ahora se trata de una decisión judicial que anula el procedimiento investigatorio seguido en su contra por una mala notificación [1]. Curiosamente, esta resolución[1] se dicta en el marco de una campaña de desprestigio[2] emprendida por Alan García contra el trabajo de la megacomisión [2] y en plena huelga del poder judicial.

Los jueces frente al tribunal de los medios

«¡Jueces pro terrucos!». «Juez le pone el parche a Alan». «La justicia traicionó a Nolasco». La relación entre el periodismo y el sistema de justicia suele ser tensa, con acusaciones del último de incomprensión y presión interesada hacia sus integrantes. Y es que los hombres de prensa evalúan y exhiben ante la comunidad la labor realizada por jueces y fiscales en los casos que por materia o personas involucradas resultan notorios. Ello incluso se plasma en juicios paralelos o «mediáticos» donde se denuncian, investigan y resuelven crímenes, «sentenciando» a los responsables.

Petro y la CIDH: algunas reflexiones sobre medidas cautelares interamericanas

Ayer 18 de marzo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado colombiano que adoptara medidas cautelares en favor de Gustavo Petro Urrego, político que fuera elegido Alcalde de Bogotá a fines del 2011, quien había sido separado del cargo e inhabilitado en sus derechos políticos por 15 años mediante una decisión administrativa adoptada y ratificada por la Procuraduría General de la Nación, órgano que en Colombia tiene facultades de investigar y sancionar disciplinariamente a los funcionarios públicos.

Editorial: Un Gabinete legal y ¿legítimo?

El día viernes, por primera vez desde que nos rige la Constitución del 93, el Congreso decidió no otorgar el voto de confianza al Gabinete de Ministros encabezado por el Premier Cornejo de acuerdo al procedimiento establecido por los artículos 130, 132 y 133 de nuestra Constitución y el reglamento del Congreso. Fueron dos votaciones seguidas en las que no se obtuvo el voto de confianza: en la primera con 47 votos a favor y 71 abstenciones; y en la segunda con 42 votos a favor, 6 en contra y 73 abstenciones. A raíz de ello, el Presidente ha solicitado que el lunes se convoque a sesión extraordinaria para definir si se le da o no el voto de confianza. Y frente a un panorama como tal, surge una pregunta que aún muchos no logramos resolver: ¿se otorgó o no el voto de confianza al Gabinete de Cornejo? A fin de contestarla, en el presente editorial explicaremos lo sucedido desde el plano jurídico para analizar las consecuencias que trae consigo esta polémica situación.

Hacia una nueva Constitución chilena: Reflexiones para la experiencia peruana

Hace unos días asumió la Presidencia de Chile Michelle Bachelet quien prometió desempeñar fielmente el cargo para el cual fue elegida por segunda vez. Su Programa de Gobierno 2014 – 2018 (octubre 2013) planteaba tres importantes reformas de fondo: en materia educativa, en materia tributaria y, además, proponía una nueva Constitución. Tales propuestas han sido ratificadas al asumir la presidencia. El citado Programa afirmaba que «Chile debe reencontrarse con sus tradiciones republicanas y dar origen a la Nueva Constitución, en la que confluyan las tradiciones constitucionales liberal, democrática y social y que sea fruto de un auténtico consenso constitucional». Esta propuesta y las recientes declaraciones presidenciales dan inicio a un camino que permitirá debatir temas estructurales en un país cuya Constitución presenta un severo déficit democrático. Ello plantea para el Perú diversas reflexiones.

¡De regreso a clases! Pero, ¿quiénes regresan? Sobre el acceso a la educación de niños con discapacidad

Esta semana comenzaron las clases, pero ¿quiénes regresan al Colegio? En las últimas semanas los medios de comunicación han denunciado diversos casos de Colegios que no han permitido la matrícula de niños por su color de piel o religión. Se trata de casos indudablemente discriminatorios. Pero, ¿qué pasa cuando se trata de niños con discapacidad? ¿Pueden los niños con discapacidad estudiar en centros educativos regulares?

De la calle al teclado: una breve mirada a la adecuación del derecho a la protesta bajo el uso de las nuevas tecnologías en el siglo XXI

Dado los recientes sucesos de violencia suscitados en la hermana república de Venezuela, es de singular importancia pronunciarse al respecto; y es que si bien la coyuntura nos muestra una constante lucha por el amparo de la libertad como derecho universal constitucionalmente reconocido en la legislación Venezolana, éste no es el único derecho soberanamente amparado que está siendo vulnerado.

¿Cuán democrático es tu gobierno?: Inventario Mínimo

A raíz de la lamentable situación que vive Venezuela, se viene debatiendo en nuestro país cuáles son los aspectos que definen a un gobierno como democrático. Partiendo de que éste “no lo es sólo porque ganó las elecciones”, como acertadamente ha puntualizado Henry Pease[1], en las líneas que siguen destaco los elementos que considero esenciales.