M&A

¿Cómo se paga el impuesto cuando un no domiciliado vende acciones?: El rol del escrow en el cálculo y pago del impuesto

Escrito por Luis Enrique Baca, es abogado por la Universidad de Lima y asociado del área de Corporate/M&A en Cuatrecasas. Ha sido profesor adjunto de pregrado en la Pontificia Universidad Católica del Perú y de posgrado en el PAD de la Universidad de Piura. La venta de acciones por parte de sujetos no domiciliados tiene algunas particularidades en materia tributaria que deben ser abordadas al momento de negociar un contrato de compraventa de acciones (“SPA”). Debe tenerse en cuenta que será más complejo para la SUNAT perseguir el pago del impuesto de un sujeto no domiciliado por lo que los artículos 71 y 76 de la Ley del Impuesto a la Renta establecen que, en caso el comprador tenga la

Juego de Poder: el Arte de la Guerra (Corporativa)

Por Santiago Ramírez, graduado de la Universidad de Piura. Forma parte del área de práctica Mercantil de la oficina de Lima de Cuatrecasas. Introducción El concepto de “control” en las sociedades anónimas es fundamental en el derecho societario moderno. El control implica el poder de decisión sobre el vehículo societario, permitiendo a una persona o grupo disponer libremente sobre el comportamiento de la empresa en el mercado. La importancia del control lleva a cuestionar cómo se adquiere y si es posible perderlo frente a terceros. Las defensas corporativas surgen principalmente en el contexto de adquisiciones de sociedades cotizadas, especialmente en mercados desarrollados que demandan estructuras complejas y sofisticadas. Ahora, si bien el mercado de fusiones y adquisiciones peruano aún no

EARN-OUT: ¿UNA HERRAMIENTA DE USO RESIDUAL?

Por Diego Carrión, socio del área Mercantil, M&A y Private Equity del estudio Cuatrecasas. Master of Laws Harvard Law School y licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. I. INTRODUCCIÓN En el dinámico mundo de las transacciones de fusiones y adquisiciones, compradores y vendedores buscarán siempre que el precio de la operación responda a un valor que cumpla las expectativas de ambas partes. Usualmente las partes llegarán a un acuerdo de valor de la compañía que lleve al comprador a pagar el 100% del precio en un solo momento. Sin embargo, existen situaciones excepcionales que justifican que parte del valor proyectado por los vendedores sea reconocido por el comprador si, y solo si, dicho valor se llega

Derecho de preferencia: ¿Cómo interpretrarlo en transferencias indirectas?

Por Diego Carrión, Socio del área Mercantil, M&A y Private Equity del estudio Cuatrecasas. Master of Laws Harvard Law School. Licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. En la práctica comercial, es usual que los accionistas se otorguen derechos de preferencia ante la disposición sobre sus distintos activos (especialmente ante la posible disposición de sus acciones). Así, es usual que en los estatutos sociales o en acuerdos privados se regulen estos derechos de preferencia (y en la ausencia de estos acuerdos o disposiciones estatutarias, pueden aplicar supletoriamente el derecho de adquisición preferente regulado en la Ley General de Sociedades para los casos de transferencias de acciones). Sin embargo, ¿qué sucede cuando el derecho de preferencia es otorgado por

Comencemos por lo indispensable: Consideraciones prácticas para la redacción de un “Memorandum of Understanding” en transacciones de M&A, a la luz de las disposiciones Código Civil peruano

Por Maria Grazia Vallejos, Abogada por la Universidad del Pacífico y asociada del estudio Garrigues INTRODUCCIÓN Y MARCO TEÓRICO En el 2023, el 71% de todas las operaciones de fusiones y adquisiciones de empresas (M&A) a nivel global tarda al menos 70 días del calendario en completarse[1]. Si traemos esta cifra al mercado regional, veremos que esta asciende a los 120 días, encontrándose entre 90 y 180 días del calendario, y pudiendo inclusive alcanzar un periodo mayor a un año[2]. Considerando la duración y complejidad de las transacciones de M&A, la práctica usual es iniciar el proceso de negociación con la suscripción de un Memorandum of Understanding[3] (MOU o Memorando de Entendimiento). Para efectos del presente artículo haremos alusión como tal

Control de fusiones: ¿un paso equivocado?

Por Lucrecia González-Olaechea, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho El pasado 19 de noviembre, se ha reabierto un complejo y largo debate para el mundo empresarial, político y legal en el Perú: el control de fusiones y adquisiciones. No es novedad que los grupos empresariales y políticos en el país se han mostrado ampliamente divididos en cuanto a si sería correcto y beneficioso para la economía y bienestar el control de las grandes fusiones y adquisiciones por el Estado. El Perú, mirando hacia afuera de sus fronteras durante ya más de dos décadas, ha ansiado unirse al grupo integrado por la Unión Europea, EE. UU., Rusia, Suiza, y muchos

Entendiendo las Condiciones Precedentes en el Contrato de Compraventa de Acciones: Un acercamiento práctico

Por Rafael Lulli, abogado por la Universidad de Lima y asociado del área de M&A del estudio Rebaza, Alcázar & De la Casas. Es muy común que los contratos de compraventa de acciones contemplen condiciones precedentes para el “cierre” de una transacción, entendido este como el momento en el que el vendedor transfiere las acciones de su propiedad a favor de comprador, y el comprador paga el precio por las mismas a favor del vendedor. Las razones de dicho diferimiento pueden ser muchas, siendo las más comunes la obtención de autorizaciones para el cierre (por ejemplo, aprobación de las entidades regulatorias de concentración, autorización de acreedores para cambios de control, entre otros), la exclusión de activos del marco de la