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A propósito de los nuevos límites de velocidad: ¿cuándo una regulación está destinada al fracaso?

Por Diego Alonso Gutiérrez Asencios, especialista en regulación y competencia por la Universidad Carlos III de Madrid y abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, asesor legal en el Congreso de la República El pasado 15 de agosto empezó la fiscalización del Decreto Supremo N° 025-2021-MTC, que estableció los nuevos límites de velocidad aplicables y las multas correspondientes para los infractores. Este cambio en el control de las velocidades ha sido objeto de escarnio público por sus nuevos límites: el límite máximo en avenidas pasa de 60 km/h a 50 km/h y en calles/jirones pasa de 40 km/h a 30 km/h. Además, esta “fabulosa” norma dispone sanciones pecuniarias con el pago de multas que pueden llegar hasta 2300 soles

¿Los nuevos límites de velocidad conllevan a alguna solución o solo promueven actos de corrupción?

“Hecha la ley echa la trampa” Por Aaron Aleman Yactayo, abogado por la PUCP y  abogado penalista del Estudio Jurídico Arbizu & Gamarra. Se desempeña como asesor y consultor especializado en Delitos Contra la Administración Pública y delitos económicos. Miembro del Blog de Discusiones de Justicia Penal en el Portal Jurídico Enfoque Derecho adscrita a la Revista Themis PUCP. El contrato social en el cual nos vemos inmersos los ciudadanos en relación con el Estado, conlleva a que este último al momento de limitar y/o restringir nuestros derechos expida dispositivos legales (normas) que estén plenamente justificadas en función al objetivo específico y concreto a perseguirse de conformidad con la realidad de nuestro país, teniéndose que implementar e informar una estrategia

Las obras por impuestos, un mecanismo de responsabilidad social de la empresa privada

Por María Mondragón Ticlla, estudiante de Derecho en la Universidad de Lima Las empresas privadas pagan impuestos a la renta cuando se generan inversiones y producción por su trabajo, con esto se genera el ingreso público que tiene por objetivo crear eficiencia económica para el desarrollo del país.  Sin embargo, la responsabilidad de las empresas privadas por su trabajo no termina ahí. El factor social también es importante, tomando como ejemplo el sector minero – que paga altas tasas de impuesto – todavía tiene conflictos sociales debido el sector que se afectado directamente por sus actividades tiene la percepción de que no es responsable socialmente, ya que no realiza proyectos para su comunidad. Con las obras por impuestos se hace

Reviviendo un muerto: La reciente reglamentación de la curatela notarial del Decreto Legislativo 1310

Por Renata Bregaglio Lazarte, docente de la Clínica Jurídica de Discapacidad y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la PUCP, y Paula Camino Morgado, asistente de la Clínica Jurídica de Discapacidad y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la PUCP. El pasado 23 de agosto, se publicó el Decreto Supremo N° 015-2019-MIMP, que regula las salvaguardias establecidas en el Decreto Legislativo N° 1310. Es decir, las salvaguardias para un proceso de designación de apoyos que opera para que aquellos adultos mayores con discapacidad que reciben una pensión o un monto de dinero de FONAVI. Este reglamento es el resultado de una serie de normas que parecen guardar poca concordancia con la reciente reforma del Código Civil,

Entrevista a Elmer Arce | Sobre las relaciones laborales entre el jugador de Fútbol y el Club

Elmer Arce, profesor de Derecho Laboral en la PUCP. ED: ¿Existe una relación laboral entre el jugador de fútbol y el club? Elmer Arce: Definitivamente sí; el artículo 1 de la Ley 26566 dice que existe una relación laboral entre los clubes deportivos de fútbol y los futbolistas profesionales. Una primera acotación es que esta ley regula una relación de tipo laboral solamente para futbolistas profesionales. Los amateurs, por ejemplo los que juegan Copa Perú, ellos estarían excluidos. En segundo lugar, los elementos esenciales se configurarían como eventualmente lo hacen cualquier otra prestación de servicios subordinada: hay prestación personal, es el futbolista el que presta sus servicios al poner a disposición del club su fuerza laboral; la remuneración porque hay

Entrevista a Javier Tebas sobre la regulación normativa en el fútbol

Entrevista a Javier Tebas Medrano, presidente de la Liga de Futbol Profesional –asociación deportiva integrada por los clubes y las sociedades anónimas deportivas que participan en las categorías profesionales de la liga española de futbol–, licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza. Además, es considerado uno de los dirigentes más influyentes del fútbol mundial. ED: Bienvenido a Perú Dr. Tebas, Enfoque Derecho agradece su colaboración para esta entrevista. Entonces, para iniciar, ¿cuál es la naturaleza jurídica de La Liga? JT: La liga de fútbol de España es de naturaleza jurídica privada; asimismo, debemos mencionar y colocar una matriz importante, porque en España el deporte profesional está publificado; es decir, depende del Estado la legislación. Entonces, es una institución de naturaleza jurídica

Savigny con tinta indeleble: no se trata tanto de a quién se cita sino para qué se hace

Por Enrique Sotomayor Trelles, abogado por la PUCP y miembro del Centro de Estudios de Filosofía del Derecho y Teoría Constitucional. Uno de los problemas más fascinantes del derecho civil patrimonial peruano debe ser el de la naturaleza jurídica de nuestro sistema de transferencia de propiedad inmueble, regulado –entre otras disposiciones normativas– en el artículo 949 del Código Civil. La belleza y economía de lenguaje de la fórmula legislativa recuerda, por momentos, a aquella discreta elegancia de una ecuación matemática: “La sola obligación de enajenar un inmueble determinado hace al acreedor propietario de él, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario.” Y sin embargo, cuántas cabezas han rodado en su interpretación. Se dice que la disposición del artículo 949 CC

Lo que es y lo que no es un compliance: especial énfasis en los compliance de mercado

Por: Gustavo M. Rodríguez García, abogado PUCP, magister por la Universidad Austral de Argentina y socio de Rodríguez García Consultora Seguro usted ha escuchado hablar de la importancia del compliance en las empresas. Efectivamente, se trata de una cuestión de suma relevancia y que las empresas deben, en función a sus características y proyecciones particulares, considerar seriamente. Los programas de cumplimiento normativo, en buena cuenta, pretenden responder a varias constataciones importantes dentro de los cuales cabe destacar dos: (i) la necesidad de que las propias empresas colaboren en la reducción de prácticas legalmente censurables; y, (ii) la dinámica vertiginosa que expone, ante fallos o contingencias, a asumir costos reputacionales cuantiosos e inmediatos. Así, el compliance se convierte, desde el Estado, en

DEBATE: ¿Es sostenible el socialismo?

Evento realizado por EnfoqueDerecho.com en el que se debatieron posturas contrarias en torno a la viabilidad del socialismo. Ponentes a favor del modelo: Nelson Manrique, Ernesto Aguinaga y Gianfranco Casuso Ponentes en contra del modelo: Alfredo Bullard, Enrique Ghersi y Mijael Garrido Lecca

El género está entre las orejas y no entre las piernas

Por Daniela Tramontana, miembro de Khuska, la comisión de Desarrollo Social de Themis. El pasado 03 de junio, Khuska en colaboración con la Municipalidad de Tarma, la Caja Huancayo y el Estudio Rodrigo Elías & Medrano, realizó un Taller llamado “Mujeres Empoderadas” el cual estaba dirigido a liderezas de la región Junín. Los temas que se dictaron fueron violencia familiar, derechos laborales y la participación de la mujer en la política. A pesar de que cada tema era de interés en general, el que ocasionó mayor impacto entre las asistentes fueron las crecientes desigualdades que sufren las mujeres en los cargos políticos que ocupan. Es por este motivo que el presente artículo nos dará una visión en general de la posición que ocupa la mujer respecto a