¿Hasta qué punto puede el Estado prever las decisiones de millones de peruanos? Esta entidad cuenta con demasiadas herramientas para controlar la micro y macroeconomía del país. Aplica control de precios, salarios mínimos, impuestos, entre muchas otras medidas. Y, por si fuera poco, ahora busca incidir en la libertad económica de la población a un nivel considerablemente personal, obligando a todos los trabajadores independientes menores de cuarenta años que ganen S/. 750 soles o más a afiliarse a una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) o a la Oficina de Normalización Provisional con la Ley 29903. Esta medida implica forzar a este sector demográfico a ahorrar 13% de su sueldo anualmente y someter su administración a las manos de un tercero.

Como era de esperarse, esta medida no ha recibido el apoyo de la población. Desde este editorial desaprobamos el carácter excesivamente arbitrario de la medida, pues consideramos que no se puede obligar a los trabajadores a ser contribuyentes contra su propia voluntad. Existen miles de casos en los que trabajadores no utilizan el sistema de AFP o ONP para mantener y fomentar el ahorro preventivo. El Estado se olvida convenientemente que la población puede guardar dinero en efectivo, en inversiones o en bienes. Es por eso que los detractores de la ley, con justa razón, alegan que se trata de una medida sumamente paternalista.

La norma, pues, busca incentivar un comportamiento que no necesariamente provocará beneficios en la vida de los afectados, ya que es imposible determinar de manera centralizada la mejor manera de invertir o ahorrar de cada individuo. Una persona puede considerar más valioso invertir o gastar el porcentaje que la norma busca retener en fines distintos al ahorro pensionario que pretende imponerse. Si partimos de la premisa de que cada individuo se encuentra en la mejor posición para decidir lo que le conviene hacer con su patrimonio, no cuesta mayor esfuerzo concluir que la norma no beneficiará a sus destinatarios, pues ignora los deseos individuales de cada persona en su situación particular.

Este es el caso de la Ley 29903. Es incuestionable que el tener que contribuir a una AFP u ONP resta libertad económica a los ciudadanos. Cada persona tiene preferencias singulares. Así, existen quienes que consideran que todos los días se deben vivir como si fuese el último y, por tanto, no están acostumbradas a ahorrar. Hay otras que no confían en estos sistemas pensionarios y prefieren invertir el dinero en otros negocios o ahorrarlo a un ritmo distinto. Otros simplemente no pueden darse el lujo de prescindir de un porcentaje de su sueldo por razones económicas diversas. Estos son distintos proyectos de vida pueden ser amenazados por la Ley 29903.

Resulta muy interesante cómo el Estado considera que las AFPs y la ONP, en base a las nuevas normativas que ha presentado, son el único o el mejor mecanismo para planificar la vida económica de las personas. Parece que el gobierno se olvida de que existen otros medios para asegurar el bienestar económico de las personas en el futuro. Evidencia, al mismo tiempo, la negativa estatal de reconocer la propia capacidad del ciudadano de organizar sus ingresos.

Por todas las razones expuestas, esta tribuna desaprueba la medida en cuestión y la considera un mecanismo paternalista que dispone del dinero de los ciudadanos en contra de la voluntad de la mayoría de ellos, lo cual resulta ilegítimos incluso si se hace en nombre de un “futuro bienestar”.

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