Por Enfoque Derecho
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- Introducción
Hace algunas semanas se popularizaron videos de un zorro andino recorriendo distintos lugares en el distrito de Comas, Lima. Inicialmente se supo que el hijo de una vecina de la zona lo compró como un perro de raza husky siberiano en el Centro de Lima, pero que, al transcurrir los días, notaron que no se trataba de un perro, sino de un zorro [1]. El caso del “zorro run run” generó distintas reacciones por parte de la sociedad peruana, autoridades y medios de comunicación. La captura del zorro andino fue necesaria pues situaba en alto riesgo a las personas del lugar y a él mismo. A partir de conocido el caso, se inició una gran cobertura mediática, bromas y ‘memes’ en las redes sociales. Sin embargo, el caso motivó que se retome la discusión en torno a la problemática del tráfico ilícito de fauna silvestre en el Perú.
Para esto, ha retornado la discusión en torno a la venta ilegal de fauna silvestre, así como las medidas estatales tomadas para afrontar esta problemática. No solo existen compromisos internacionales adoptados por el Perú para poner en marcha medidas de prevención y conservación, sino que existen organismos técnicos competentes para afrontar dicha problemática. Pese a esto, el delito de tráfico de fauna silvestre no es sancionado pese a estar tipificados y las redes de tráfico se siguen desarrollando en distintas ciudades del país. Por ello, en el presente editorial busca presentar las principales aristas para dilucidar la problemática del tráfico de fauna silvestre, las medidas tomadas, las propuestas y, en especial, el proyecto de ley que busca incluir esta actividad al delito de crimen organizado.
2. ¿Cómo entender la problemática de tráfico ilícito de fauna silvestre?
2.1 Cifras y estadísticas del tráfico ilícito de especies silvestres
A todas luces, la venta ilícita de animales silvestres no solo afecta la biodiversidad del Perú, sino del mundo. El tráfico ilícito de especies silvestres es una problemática global que representa para la biodiversidad y la salud pública. No solo es considerado un delito autónomo, sino que está vinculado con otros delitos como el lavado de dinero. Según el Basel Institute on Governance, es la cuarta actividad ilícita más lucrativa del mundo, después del tráfico de armas, drogas y la trata de personas. Se calcula que a nivel mundial moviliza entre 7.000 y 23.000 millones de dólares. Así, entre 1999 y 2018 se incautó casi 6000 especies traficadas que involucró a traficantes de 150 nacionalidades distintas [2].
Cabe destacar, que esta actividad se basa en el tráfico de especies vivas, así como sus partes (pieles, cráneos, dientes, entre otros). El Perú es uno de los países clave para este comercio ilegal debido a su megadiversidad en la que se destaca mundialmente la diversidad de aves, mariposas, anfibios, entre otros. Precisamente, entre el año 2000 y 2018, se han decomisado un total de 79 025 animales vivos, pertenecientes a 342 especies diferentes. Esta cifra en realidad es pequeña en comparación con la cantidad real de animales silvestres traficados durante ese periodo.
Un último reporte realizado por USAID determinó que la mayoría de los animales son vendidos como mascotas y como carne de monte. Además, la Estrategia Nacional para reducir el tráfico ilícito de vida silvestre en el Perú 2017-2027 reportó que decomisaron especies vivas y productos derivados como animales disecados, en cuadros entomológicos y en partes [3]. Estas cifras constatan que el tráfico de especies tiene distintos fines que obedecen principalmente a la obtención de una rentabilidad económica. La magnitud de este delito en el Perú se ve reflejada, por ejemplo, en la diversidad del Parque de las Leyendas, ya que el 70% de los ejemplares son rescatados de tráfico ilícito de animales. Luego de ser atrapado por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), Run Run fue trasladado al zoológico, sumándose a estas estadísticas [4].
Como es conocido, esta actividad impacta negativamente la biodiversidad del país. No solo perjudica a las especies de fauna silvestre preferidas para la venta ilegal, sino que los métodos de caza o captura no selectiva afectan a otras especies que no son el objetivo. Además, la desaparición de las especies afecta gravemente la funcionalidad de los ecosistemas, pues se encuentran interconectados y los sostiene un frágil equilibrio.
2.2 Las rutas y cadena de valor del tráfico de vida silvestre
Para comprender la problemática se torna necesario notar las rutas, mercados y la cadena de valor del tráfico de especies silvestres. Cabe destacar, que la complejidad de este delito radica en que involucra una variedad de locaciones, personas y se vincula a otros delitos. La ruta del tráfico está conformada por las zonas de extracción, tránsito y destino. En el Perú, estas inician en comunidades o zonas remotas amazónicas. Así, se reporta que Iquitos, Yurimaguas, Pucallpa, Tingo María y Puerto Maldonado son los principales puntos de acopio. Luego, las especies capturadas son transportadas a otras ciudades de tránsito para finalmente llegar a su destino. Asimismo, USAID estimó que el 20% de animales decomisados en el país tenían destinos internacionales, principalmente, países vecinos.
En esta línea, la cadena de valor del tráfico ilícito consta de tres etapas: extracción, acopio y transporte, y comercialización. Primero la especie es cazada o recolectada, esto incluye la extracción de carne y otras partes. Luego, se desarrolla el acopio de animales vivos y otros subproductos, la compra por intermediarios o “regatones” y su transporte a los principales mercados. Finalmente, la especie es comercializada mediante la participación de comuneros, intermediarios locales y contrabando. Presentamos la cadena de valor del tráfico ilícito de un mono choro.
Fuente: Proyecto Prevenir de USAID.
2.3 La legislación peruana sobre el tráfico de especies silvestres.
Encontramos variada regulación que previene y sanciona esta problemática. En primer lugar, el Código Penal sanciona como delito el tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre protegida:
“Artículo 308.- El que adquiere, vende, transporta, almacena, importa, exporta o reexporta productos o especímenes de especies de flora silvestre no maderable y/o fauna silvestre, sin un permiso o certificado válido, cuyo origen no autorizado conoce o puede presumir, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de cinco años y con ciento ochenta a cuatrocientos días-multa”.
En ese sentido, comete el delito de tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre quien adquiere, vende, transporta, almacena, importa, exporta o reexporta fauna silvestre sin un permiso o certificado válido. Además, la persona implicada deberá conocer el origen no autorizado o, al menos, podrá presumirlo. La pena máxima para este delito es de cinco años de privación de la libertad. Como se intuye, las personas que participan en la red y cadena de valor del tráfico de vida silvestre cometen este delito constantemente. Las tres cadenas del tráfico son sancionadas como delito por la legislación peruana: la extracción, acopio y transporte, y comercialización.
No obstante, estas actividades se desarrollan a lo largo del país sin ser sancionadas. Es así como el zorro andino ‘run run’ llegó para comercializarse en el Centro de Lima, para luego ser comprado como mascota. Por ello, el Perú ha promovido la creación de organismos técnicos y normativa para afrontar esta problemática. Cabe destacar al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) que inició sus funciones en junio de 2014 y está adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Esta autoridad ejerce la rectoría técnica y normativa para gestionar y promover la sostenibilidad y competitividad del sector forestal y de fauna silvestre en beneficio de la población y el ambiente, de manera articulada y eficaz”. Tiene la potestad de definir políticas y emitir normas y procedimientos para impulsar el desarrollo del sector forestal y fauna silvestre para lo que trabajan con gobiernos regionales y locales.
También contamos con la «Lista de Clasificación y Categorización de las Especies Amenazadas de Fauna Silvestre Legalmente Protegidas» aprobada en el año 2014. Esta categoriza a las especies según el peligro en el que se encuentren, desde el más crítico hasta la situación de “casi amenazado”. Esta cuenta con un total de 535 especies categorizadas, de las cuales, 64 se encuentran en peligro crítico. Lo que significa un grave riesgo de extinción extremadamente alto en estado de vida silvestre.
Finalmente, el Perú cuenta con compromisos asumidos en la “I Conferencia de Alto Nivel de las Américas sobre el Comercio Ilegal de Vida Silvestre”. Incluye la adopción de medidas encaminadas a reconocer el furtivismo y el comercio ilegal de vida silvestre así como a utilizar técnicas de investigación financiera y apoyar las asociaciones público-privadas para identificar los flujos financieros ilícitos. Esta es denominada la Declaración de Lima sobre el Comercio Ilegal de Vida Silvestre suscrita por 20 países de la región [5].
3. Propuestas para frenar el tráfico de fauna silvestre.
3.1 Estrategia Nacional para reducir el tráfico ilegal de fauna silvestre en el perú (2017-2027)
En el 2017, mediante el Decreto Supremo N–II-2017-MINAGRI, se aprobó la Estrategia Nacional para reducir el tráfico ilegal de fauna silvestre en el Perú para los años 2017-2027. En ese sentido, las acciones que integra la Estrategia Nacional son de aplicación para todas las especies de fauna silvestre y, para el 2027, se esperaría que se haya reducido el tráfico de fauna silvestre a través de una estrecha colaboración entre las entidades del Estado que se especializan en esta materia, con países fronterizos y con una activa participación de la ciudadanía y del sector privado.
La estrategia busca cumplir tres objetivos específicos a lo largo del período destinado. En primer lugar, educar, sensibilizar y difundir información a la ciudadanía sobre tráfico ilegal de fauna silvestre. Este objetivo busca que, al año 2027, el conocimiento de la ciudadanía sobre tráfico ilegal de fauna y sus efectos negativos sobre la conservación de la biodiversidad se incremente y por lo tanto disminuya la demanda ilegal de fauna silvestre para consumo interno. Por otro lado, se busca al mismo tiempo que la ciudadanía de las regiones donde se oferta y demanda la fauna silvestre, apoye los esfuerzos incluidos en esta estrategia para reducir su tráfico. Este objetivo se llevará a cabo a través de la difusión de información a usuarios y transportistas, así como con el desarrollo de campañas de comunicación y sensibilización a pobladores de zonas urbanas y rurales, y el seguimiento de las acciones de educación relacionadas a fauna silvestre de acuerdo a lo propuesto en el Plan Nacional de Educación Ambiental.
En segundo lugar, desarrollar condiciones para la aplicación estricta de la ley y el control efectivo del tráfico ilegal de fauna silvestre en el Perú de manera multisectorial. Este objetivo busca fortalecer acciones de control efectivo y de aplicación de la ley, a través del fortalecimiento de capacidades técnicas, logísticas y presupuestales de actores competentes en el control, fiscalización y supervisión del uso de la fauna silvestre. Además, se buscará complementar el marco legal actual con procedimientos administrativos y normativos a nivel, local, regional y nacional que permitan la aplicación efectiva de la normatividad referida a control de tráfico ilegal de fauna silvestre. Para dar cumplimiento a este objetivo se busca instaurar una cooperación multisectorial que permita el intercambio de información, y la caracterización de los principales lugares de procedencia y las rutas de tráfico ilegal de fauna silvestre.
Finalmente, implementar alianzas con los países fronterizos y con aquellos que son destino del tráfico ilegal de fauna proveniente del Perú. Este objetivo busca fortalecer e implementar alianzas con los cinco países fronterizos -Ecuador, Colombia, Chile, Brasil y Bolivia- y con los países destino de fauna silvestre procedente de Perú a nivel mundial, para la implementación de los mecanismos e instrumentos internacionales en temas de control del tráfico ilegal de fauna silvestre a nivel internacional y en zonas de frontera. Para ello, se buscará contar con la presencia efectiva del SERFOR en zonas de frontera, ya sea a través de la implementación de 6 puestos de control con infraestructura, equipos y personal adecuado, como también a través de la implementación de protocolos de acción e intervención multisectorial y binacionales.
Respecto a la ubicación de los puestos de control en zonas de frontera, el SERFOR coordinaría previamente con el Ministerio de Cultura, a fin de evitar que estos puestos de control se establezcan al interior de las Reservas Territoriales y Reservas Indígenas ubicadas en zonas fronterizas con Brasil, considerando que dicha entidad cuenta con una red propia de puestos de control y vigilancia ubicados en zonas estratégicas de acceso a las mismas. A fin de darle un alcance más global a las acciones llevadas a cabo en este objetivo, se contempla la participación del Perú en redes internacionales de información de tráfico ilegal de fauna [6].
3.2 Moción del regidor metropolitano Carlo Ángeles.
Tras el caso del zorro andino Run Run, el regidor metropolitano Carlo Ángeles presentó una moción para solicitar la inmediata intervención de Fiscalía y la Policía Nacional del Perú (PNP) en los locales de venta ilegal de animales con el objetivo de su cierre definitivo. El regidor limeño señaló que esta problemática sigue vigente, ya que no ha existido una gestión realmente comprometida a intervenir estos establecimientos. Ante ello, mencionó que desde su jurisdicción, las acciones no tienen un alcance que sea efectivo en las zonas afectadas. Ángeles sostuvo que la moción busca poner este tema en agenda. Asimismo, consideró que, desde la comisión de ambiente y gerencia de fiscalización de la MML, se cuenta con todos los insumos de inteligencia y financiamiento para que pueda intervenir la PNP y la Fiscalía. Finalmente, invocó al alcalde Muñoz, a los regidores, pero especialmente a la Fiscalía y a la Policía, en poder sumar esfuerzos para intervenir dichas viviendas [7].
3.3 Barreras para la legalidad y la eficacia de las acciones planteadas
En el proyecto preventivo de USAID realizado por los miembros del equipo técnico de Prevenir y otros especialistas en materia de delitos ambientales, acerca del tráfico ilícito de vida silvestre, se identificaron una serie de barreras para combatir contra estas prácticas ilícitas en materia del valor económico del tráfico ilícito de vida silvestre, que hemos abordado en líneas anteriores, durante la planificación y la ejecución de tres etapas centrales: extracción, acopio y transporte, y comercialización. De ese modo, el reporte observó que los beneficios económicos ilícitos son los incentivos que aquejan a los actores de las tres fases del tráfico ilícito, los cuales impiden que la práctica sea prevenida en su totalidad. En el caso de la cadena de valor de taricaya, se encontró que la actividad generó una renta operativa de S/. 3743 para un círculo de extractores, mientras que para un comerciante generaba una renta operativa de S/. 13 388.
Por otro lado, la cadena de valor de la carne de monte y otros productos de fauna, se encontró que la renta operativa anual de un círculo de cazadores ascendía a S/. 39 150, y para un comerciante oscilaba entre los S/. 25 000 soles, en un período anual. De esta manera, podemos observar que los beneficios económicos a corto o largo plazo, resultan en que la actividad continúe siendo perpetrada ante incentivos que colocan a los actores del tráfico ilícito en una vertiente ascendente de ingresos mensuales y anuales. Esto puede ser evidenciado en que si los actores asumieron los costos que evitan, tendrían que gastar un promedio de S/. 55 000, lo cual representaría un 82% de los ingresos obtenidos del tráfico ilegal de vida y fauna silvestre.
Por su parte, el reporte también identificó que las fallas en el control de la sanción de este delito son una segunda barrera en su impedimento estructural. En esa línea, cuando se buscan instaurar mecanismos de fiscalización y control en las zonas con un mayor índice de fauna silvestre afectada y, posteriormente, traficada, se hacen presentes coimas a las autoridades competentes, con la finalidad de que no se reporten los casos de tráfico ilícito, así como la ausencia de una coordinación regional y póstumamente, a nivel nacional con las entidades correspondientes. De esa manera, los costos operativos anuales que pueden ser ubicados en la etapa de extracción, en materia de coimas, se estimaron entre los S/. 600 y S/. 1100. En el caso de la etapa de comercialización, las coimas ante situaciones de infracciones sanitarias, se estimaron entre los S/. 750 y S/. 3000.
3.4 Proyecto de ley que busca incluir el tráfico ilícito de fauna silvestre al delito de crimen organizado.
El 11 de octubre de 2021, se derivó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, el Proyecto de Ley Nº 196/2021-CR “Ley que modifica el artículo 3 de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, con el objetivo de incorporar en su ámbito de aplicación delitos contra los recursos naturales” presentado por el congresista Edward Málaga Trillo. El proyecto busca modificar el numeral 15 del artículo 3 de la Ley 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, con el objeto de incorporar en su ámbito de aplicación los delitos de tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre, entre otros.
La propuesta beneficiaría a los operadores de justicia, quienes obtendrían mejores herramientas legales para la investigación, sanción y juzgamiento. Además, podrían recurrir a las reglas especiales que prevé la Ley 30077 tales como como la interceptación postal e intervención de las comunicaciones; levantamiento del secreto bancario, las reservas tributarias y bursátil, la cooperación internacional y asistencia judicial; y la incautación policial de los objetos o ganancias del delito [8].
Esto guarda estrecha relación con las tres etapas del tráfico ilegal de especies silvestres. Como vimos tanto en la construcción de las rutas y la cadena de valor del tráfico de vida silvestre, distintas personas se ven involucradas en este delito. Todos estos agentes cumplen un rol específico para que el tráfico tenga éxito, así, sin el transporte o la comercialización la actividad no sería rentable. Por lo que es estrictamente necesario que este delito sea comprendido desde la lógica de un crimen organizado. Esto contribuirá a facilitar las herramientas para los operadores que investigan el delito en todas sus etapas. Según USAID, estos beneficios procesales reforzarán la persecución penal, lo que “permitirá que no solo se llegue al último eslabón de la cadena, sino que también puedan desbaratar a las cabezas de dichas redes [9]”.
Es en ese sentir, que Enfoque Derecho conversó con la profesora Gabriela Ramírez [10], quien opinó que esta práctica debería ser tipificada como un delito dentro los incisos del crimen organizado. Esto se debe a que los casos, en nuestra realidad nacional y el de Run Run, son considerados aislados, cuando en realidad pertenecen a redes criminales regionales e internacionales. Por ese motivo, el problema subyace en la voluntad política que existe al respecto de esta materia, debido a que la aplicación de proyectos de ley que regulan esta actividad ilícita no cuenta con la presión suficiente por parte de la sociedad civil e instituciones educativas en un espectro de desarrollo sostenible, así como del cuidado de las áreas naturalmente protegidas. Por ello, es sumamente importante que el tráfico ilícito de vida silvestre esté integrado en el delito de crimen organizado, ya que las penas y las acciones estatales alternan en su estructura, con una mayor coordinación con el Ministerio de Justicia y a la luz del cumplimiento de los diversos acuerdos regionales e internacionales en los que el Perú ha formado parte.
4. Conclusión
A lo largo del presente análisis, hemos desarrollado ampliamente la problemática del tráfico ilícito de especies silvestres. Esta es compleja, por lo que debe abordarse desde distintas aristas. Ya que nos enfrentamos a la cuarta actividad ilícita más lucrativa del mundo, el Perú está en el proceso de implementar medidas para la prevención, fiscalización y sanción del delito. Sin embargo, como argumentamos anteriormente, es imprescindible que se sancione este delito como uno parte del crimen organizado. Lo que brindará mayores herramientas para los operadores de justicia que investigan estas actividades. Además, deberá implementarse mayor fiscalización ante los actos de corrupción que evitan la adecuada fiscalización y posterior sanción de las actuaciones de los comerciantes, a través de la debida coordinación de entes estatales con una mayor incidencia en los gobiernos regionales y locales. Todo ello debe realizarse, tomando en cuenta las barreras económicas que surgen a modo de incentivos entre los actores que se desempeñan en esta práctica, como también la falta de voluntad política en la sociedad civil, para que -de ahora en adelante- se pueden multiplicar los esfuerzos colectivos y se plasmen en normativas que resulten eficaces ante esta problemática.
Referencias:
[1] https://larepublica.pe/sociedad/2021/11/08/zorro-run-run-como-llego-a-comas-y-por-que-aun-no-puede-ser-capturado-serfor/
[2] USAID. (2021). ABC del Tráfico ilícito de vida silvestre. Proyecto Prevenir de USAID. https://preveniramazonia.pe/wp-content/uploads/ABC-Trafico-Ilicito_compressed.pdf
[3] SERFOR. (2017). Estrategia Nacional para reducir el tráfico ilegal de fauna silvestre en el Perú 2017-2027. Disponible en: https://www.serfor.gob.pe/portal/wp-content/uploads/2017/09/PRESENTACION-DE-LA-ESTRATEGIA-NACIONAL-PARA-REDUCIR-EL-TRAFICO-ILEGAL-DE-FAUNA-SILVESTRE.pdf
[4] https://peru21.pe/lima/cronica21-run-run-un-zorrito-que-tuvo-en-vilo-la-ciudad-noticia/?ref=p21r
[5] USAID. (2021). ABC del Tráfico ilícito de vida silvestre. Proyecto Prevenir de USAID. https://preveniramazonia.pe/wp-content/uploads/ABC-Trafico-Ilicito_compressed.pdf
[6] https://preveniramazonia.pe/wp-content/uploads/ABC-Trafico-Ilicito_compressed.pdf
[7] https://larepublica.pe/sociedad/2021/11/07/zorrito-run-run-comas-regidor-carlo-angeles-propone-el-cierre-definitivo-de-locales-del-centro-de-lima-dedicado-a-venta-ilegal-de-animales/
[8] https://dar.org.pe/nuevo-proyecto-de-ley-propone-la-modificacion-de-la-ley-contra-el-crimen-organizado-al-incorporar-los-delitos-de-trafico-ilegal-de-la-flora-y-fauna-silvestre-terrestres-y-acuaticas/
[9] USAID. (2021). ABC del Tráfico ilícito de vida silvestre. Proyecto Prevenir de USAID. https://preveniramazonia.pe/wp-content/uploads/ABC-Trafico-Ilicito_compressed.pdf
[10] Gabriela Ramirez Parco es abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, magíster en Derecho Constitucional por la misma casa de estudios, y máster en Derecho Ambiental y de la Sostenibilidad por la Universidad de Alicante.