Por Enfoque Derecho
- Ministerio de Justicia solicitó al Tribunal Constitucional que le remita la copia de todo el expediente del hábeas corpus presentado en favor de Alberto Fujimori
Hasta el momento, se ha dado a conocer un pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en donde se insta al Estado peruano a informar antes del 4 de marzo de este año sobre las acciones que están llevando a cabo para cumplir con la reparación a las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta. Bajo esa línea, el Ministerio de Justicia envió una solicitud al Tribunal Constitucional (TC) ordenando que se le remita en su totalidad el expediente 2010-2020-PHC/TC, el cual trata un proceso de hábeas corpues presentado a favor del expresidente Fujimori, quien salió de prisión el 6 de diciembre de 2023. Dicha solicitud presentada por el Minjus el 29 de diciembre de 2023 está firmado por el secretario general del Minjus, Charles Napuri, bajo la instrucción del ministro del sector, Eduardo Arana.
Asimismo, se conoce que esta decisión del Ejecutivo surge a raíz de que la Corte IDH declaró en “desacato” al Estado peruano el 21 de diciembre por liberar a Alberto Fujimori. Igualmente, el tribunal internacional decidió implementar una «supervisión reforzada» sobre el asunto del perdón presidencial otorgado al expresidente y añadir este acto de desobediencia por parte del país en su informe anual.
Ante esto, se conoce que la actual presidenta, Dina Boluarte, ha respaldado en su totalidad la decisión del TC. Además, ha solicitado a la Corte IDH una mayor rapidez en sus decisiones, argumentando la falta de respuestas claras en el caso del exmandatario.
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2. Fiscalía presenta acusación contra congresista José Balcázar por presunto delito de apropiación ilícita
El jueves 04 del presente año se dio a conocer que el Ministerio Público presentó una acusación contra José María Balcázar, congresista perteneciente a la bancada Perú Bicentenario. Se sabe que actualmente el congresista enfrenta acusaciones por posibles irregularidades durante su período como decano en el Colegio de Abogados de Lambayeque (ICAL).
Además, dicha acusación solicita una condena de un año de pena suspendida y una compensación civil de S/348,344.90 a favor del ICAL, según informó Panamericana TV. La denuncia, inicialmente expuesta por el programa dominical Punto Final, alega que Balcázar no realizó depósitos bancarios de los ingresos financieros del ICAL durante su gestión en 2019, incumpliendo así la obligación de transferir estos fondos diariamente a la cuenta del colegio. Los informes periciales indican un saldo faltante de S/1′446,022.32 en la caja central del ICAL entre los años 2019 y 2020, bajo la administración de Balcázar.
Cabe señalar que, la acusación ya ha sido remitida al Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, bajo la supervisión de la jueza Sara Vera Zuloeta. Es la magistrada Vera quien deberá establecer una fecha para la revisión y discusión del caso contra el presidente de la Comisión de Educación del Parlamento. No obstante, Balcázar Zelada no solo busca invalidar el proceso legal en su contra mediante un recurso de amparo, como ha sido informado por el diario El Comercio. Sino también, a través de una recusación, también intenta apartar a la jueza Sara Vera Zuloeta, encargada de llevar a cabo el caso de la acusación.
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3. Fiscal Suprema, Delia Espinoza, dirigirá investigación relacionada a presunta red criminal que estaría encabezada por Patricia Benavides
Según la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 024-2024-MP-FN el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, ha determinado que la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, bajo la dirección de la fiscal suprema Delia Espinoza, estará a cargo de la investigación vinculada a la presunta organización criminal liderada por la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides. Esta decisión fue oficializada mediante una resolución publicada en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, el día viernes 05 de enero.
En la mencionada resolución se establece: «Precisar la competencia de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, para que conozca en adición a sus funciones los delitos de corrupción de funcionarios, criminalidad organizada y delitos conexos que correspondan a la investigación seguida en la carpeta fiscal 1228-2023». Asimismo, se ha dispuesto que dicha fiscalía se encargue «de la investigación preliminar y preparatoria, así como de las etapas intermedia y de juicio oral, dependiendo de la instancia en la que se encuentre actuando, sobre los delitos de función, de criminalidad organizada y otros delitos vinculados imputados a los funcionarios públicos aforados conforme al artículo 99 de la Constitución Política del Estado, incluyendo magistrados (jueces y fiscales) de todos los niveles, en relación con los hechos relacionados con la carpeta fiscal 1228-2023».
De esta manera, la investigación sobre la presunta participación de la suspendida fiscal Patricia Benavides en una supuesta organización delictiva operada dentro del Ministerio Público será dirigida por la fiscal suprema Delia Espinoza. Se conoce que esta supuesta red criminal se habría encargado de archivar investigaciones que involucraban a congresistas a cambio de apoyo en votaciones sobre asuntos políticos de interés para la ex fiscal de la Nación. Bajo la dirección de Delia Espinoza, el despacho fiscal supervisará tanto la etapa inicial de investigación como la preparatoria, además de representar a la Fiscalía en un eventual juicio oral relacionado con este caso.
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4. Indecopi anula resolución que multaba a Cencosud Retail, Tottus, Makro y Supermercados Peruanos por concertar los precios en supuesto “cártel del pavo” durante campañas navideñas pasadas
El 06 de enero se dio a conocer que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) anuló la resolución que en abril del 2022 sancionó en primera instancia con una multa de S/. 17, 2 millones a Cencosud Retail Perú S.A., Hipermercados Tottus S.A., Makro Supermayorista S.A. y Supermercados Peruanos S.A. Estas empresas fueron sancionadas por presuntamente coordinar precios en el mercado de venta de pavos enteros de la marca San Fernando a nivel nacional durante pasadas temporadas navideñas, lo que se denominó como el presunto «cártel del pavo». La sanción también alcanzó, en su momento, a la empresa San Fernando por haber facilitado este acuerdo.
Según comenta el diario Gestión, se había divulgado que la infracción estaba relacionada con la determinación de un precio mínimo para el pavo entero, el cual las empresas usaban para mantener sus precios elevados artificialmente entre los meses de diciembre durante el acuerdo que se extendió desde 2009 hasta 2016. Esto se basaba en declaraciones, correos electrónicos y datos económicos obtenidos por la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia.
No obstante, ahora se ha decidido declarar la nulidad parcial de la Resolución 048-2020/ST-CLC-INDECOPI del 9 de diciembre de 2020, específicamente en los puntos que iniciaron el procedimiento sancionador. Esta resolución consideraba la apertura de un procedimiento contra los supermercados por una presunta colusión en la fijación de precios del pavo San Fernando a nivel nacional entre los años 2009 a 2016, y otro procedimiento contra San Fernando por su presunta participación en esta práctica entre el 2015 y el 2016. Bajo esta línea, se declaró la nulidad de la resolución de inicio que dio pase a la sanción del año 2022.
La nulidad parcial se basa en el argumento de que los hechos que dieron origen al procedimiento no se relacionan con una colusión horizontal entre los supermercados para fijar el precio del pavo San Fernando, sino más bien con la imposición de un precio mínimo para la reventa del producto al consumidor final por parte de San Fernando, considerándose como una restricción vertical sujeta a una evaluación diferente. La decisión se fundamenta en la distinción entre prácticas colusorias horizontales y verticales, establecida en la Ley de Libre Competencia de Indecopi.
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