Por Enfoque Derecho

  1. Congreso aprueba dictamen que faculta a la PNP liderar investigaciones preliminares

El 22 de agosto, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del dictamen que fortalece la investigación del delito como función por parte de la Policía Nacional del Perú (PNP) y agilizar los procesos penales. La propuesta se aprobó con 72 votos a favor, 29 en contra y 4 abstenciones. Sin embargo, el dictamen aprobado aún debe ser sometido a una segunda votación, transcurridos siete días calendario, de acuerdo con el artículo 78 del Reglamento del Congreso.

De ser aprobado en una segunda votación, se tendría que modificar 33 artículos del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957.  La iniciativa reúne los proyectos de ley 819, 1552, 1775, 4660, 5396, 5944, 6498, 6574, 7175 y 7204. En este contexto, se establece que la Fiscalía es el titular del ejercicio público de la acción penal en los delitos y tiene el deber de la carga de la prueba.

Sin embargo, solo “asume la conducción jurídica de la investigación que implica la orientación legal de las acciones que realiza la Policía”, ello dentro de los parámetros de la ley para la obtención de los elementos de prueba, indicios o lo que se considere necesario para la investigación.

También, destaca que “el Ministerio Público está obligado a actuar con objetividad, indagando por intermedio de la Policía Nacional del Perú los hechos constitutivos del delito, que determinen y acrediten la responsabilidad o inocencia del imputado”, entre otros.

El Ministerio Público rechazó que el Parlamento diera luz verde a esta iniciativa. A través de un comunicado, este viernes 23 de agosto, calificó el contenido del dictamen como “inconstitucional” debido a que “viola flagrantemente el inciso 4 del artículo 159 de la Constitución”.

Fuentes:

https://gestion.pe/peru/politica/congreso-aprueba-dictamen-para-que-pnp-pueda-investigar-sin-la-presencia-de-un-fiscal-noticia/

https://www.infobae.com/peru/2024/08/23/congreso-aprueba-norma-que-permitira-a-los-policias-investigar-delitos-cuales-son-las-implicancias/

https://lpderecho.pe/congreso-ley-faculta-policia-nacional-liderar-investigaciones-preliminares-fiscalia/


  1. Procuraduría inició proceso de embargo a pensión vitalicia de Alberto Fujimori por deuda de reparación civil

En una entrevista con Exitosa, el abogado del expresidente Alberto Fujimori, Elio Riera, informó que la Procuraduría General del Estado ha iniciado tres procedimientos de embargo contra la pensión vitalicia del exmandatario por el pago de la reparación civil.

Enfatizó su molestia y disconformidad con la PGE: “Ni siquiera nos hemos sentado a discutir con Procuraduría y ya nos demandaron para estar incluidos en este registro nacional de deudores. Entiendo que lo que van a querer es confiscar o embargar toda la pensión, lo cual es un exceso como tal”.

A pesar de que la Procuraduría aún no ha emitido una declaración oficial, es bien sabido que el exjefe de Estado adeuda 57 millones de dólares, incluyendo los intereses resultantes de tres sentencias: el allanamiento irregular de la vivienda de Montesinos, la compra irregular de Cable Canal y el pago de la CTS a su exasesor.

A pesar de la oposición, según la información publicada en el portal de Transparencia del Congreso, el 31 de julio de 2024 se emitió la primera boleta de pago a favor del exdictador Alberto Fujimori por un monto de S/ 10.920. Sin embargo, el monto ascendería a S/16.300 en agosto, dado que el mes pasado se refleja un descuento de S/436 correspondiente a ESSALUD y otro recorte debido a que solo se le pagaron 20 días.

Fuentes:

https://www.infobae.com/peru/2024/08/23/abogado-de-alberto-fujimori-en-contra-del-embargo-total-de-la-pension-vitalicia-otorgada-por-el-congreso-seria-un-exceso/

https://larepublica.pe/politica/2024/08/22/alberto-fujimori-procuraduria-inicio-proceso-de-embargo-a-pension-vitalicia-de-expresidente-por-deuda-de-reparacion-civil-1633060


  1. La Corte Interamericana de Derechos Humanos pide mantener la presión hacia Venezuela

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mantiene su postura negativa hacia el progreso del proceso electoral en Venezuela y exhorta a la comunidad internacional a continuar ejerciendo su presión. La relatora del organismo para ese país, Gloria Monique de Mees, afirma a EFE que “solo será tarde cuando haya silencio”.

La semana pasada, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, dirigido por jueces cercanos al gobierno chavista, confirmó la disputada victoria de Nicolás Maduro en los comicios del 28 de julio sobre Edmundo González Urrutia. Con su decisión, afirmó que la revisión de las elecciones había llegado a su fin de manera «clara» ya que el Consejo Nacional Electoral (CNE) aún no ha divulgado los resultados agregados, a pesar de lo establecido en el cronograma del ente rector.

Después de la decisión del Supremo, once naciones de América: Argentina, Costa Rica, Chile, Ecuador, Estados Unidos, Guatemala, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay, negaron el peritaje judicial solicitado por Maduro.

Recordemos que la CIDH había solicitado el acceso a la información electoral pública a través de la distribución completa de las actas. En la opinión de la relatora, la falta de publicación de las actas indica que se está tratando de «consolidar el poder del régimen».

Finalmente, Monique agregó en su entrevista para EFE, que: “Debemos proyectar y expresar a la población venezolana que tenemos esperanza y que la comisión mantendrá su mandato de monitoreo”

Fuentes:

https://efe.com/mundo/2024-08-24/cidh-pide-mantener-presion-venezuela/

https://gestion.pe/mundo/internacional/cidh-pide-mantener-la-presion-hacia-venezuela-solo-sera-tarde-cuando-haya-silencio-noticia/


  1. Poder Judicial extiende 18 meses la prisión preventiva contra el expresidente Castillo

El Poder Judicial de Perú determinó este jueves extender por 18 meses la prisión preventiva impuesta al expresidente Pedro Castillo, acusado de los delitos de rebelión, abuso de autoridad y perturbación de la tranquilidad pública. Recordemos que el exmandatario se encuentra recluido en el penal de Barbadillo desde el 7 de diciembre de 2022, cuando anunció en un mensaje a la nación el cierre del Parlamento, la reorganización del sistema de justicia y la instalación de un Ejecutivo de emergencia que debía gobernar por decreto.

La decisión de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que se hizo pública este jueves, anuló la decisión de primera instancia que había extendido la medida coercitiva por un período de 14 meses. El argumento para esta decisión se basó en el riesgo de fuga y al hecho de que el juicio contra el exmandatario aún no ha finalizado.

Según el documento presentado por la Sala Penal Permanente, este riesgo es aún mayor, dado que el proceso judicial contra Castillo “tiene un largo tramo para su culminación dentro de un plazo razonable”. Cabe resaltar que, además, está sujeto a otra orden de prisión preventiva de 36 meses, debido a la sospecha de liderar una red corrupta en el Ejecutivo.

Por lo pronto, el juicio político se encuentra en la fase de lectura de cargos, donde el juez Juan Carlos Checkley analizará los argumentos de la acusación y la defensa para determinar si el caso debe seguir adelante. En este caso, la fiscalía solicitó que el expresidente sea condenado a 34 años de prisión.

Fuentes:

https://www.infobae.com/peru/2024/07/18/pedro-castillo-seguira-encarcelado-poder-judicial-extiende-por-18-meses-su-prision-preventiva-por-riesgo-de-fuga/

https://cnnespanol.cnn.com/2024/07/18/justicia-peru-prision-preventiva-pedro-castillo-orix/