Por Fernando Ocampo Vázquez, abogado por la PUCP, magíster por la London School of Economics and Political Science, abogado del área de Proyectos e Infraestructura del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas.
La mayoría recuerda la final de la Copa Mundial de futbol de Alemania en 2006 entre Italia y Francia principalmente por el cabezazo propinado por el francés Zidane al italiano Materazzi, lo cual motivó la expulsión del partido del popular Zizou. Lo que quizás pocos recordemos es que esta final se disputó en tanda de penales, siendo un jugador llamado Fabio Grosso quien definió el campeonato para los azzurri. Con el penal convertido por Grosso, Italia conquistó su cuarta copa del mundo. En la misma final, el francés David Trezeguet falló el tiro penal, perdiendo así la gran oportunidad de llevar a su equipo a ser, por segunda vez, campeón del mundo. El penal en el fútbol es eso: una gran oportunidad, en la cual el jugador asignado para su ejecución suele tener todo a su favor para convertir un gol y, con ello, eventualmente ganar un juego o quizás definir un campeonato. La probabilidad de fallar un penal es de aproximadamente el 25%, tomando como referencia estadísticas de la liga española[1]. Ello implica, en otras palabras, que es más fácil acertar, como Grosso, que errar, como Trezeguet.
Una situación parecida, aunque mucho más delicada y compleja, se aprecia en nuestro país con la posición que se espera que tome el Estado frente a los “otros” penales: los establecimientos penitenciarios (EP). El contexto actual se presenta como una enorme oportunidad para “convertir” estos penales y llevarnos, como sociedad, una importante victoria.
La realidad de los EP es lamentable. De acuerdo con información oficial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – MINJUS, el sistema penitenciario peruano presenta un cuadro de hacinamiento crítico, con 247 internos por cada 100,000 habitantes, siendo la tasa promedio mundial de 146. Esto se traduce en un 134% de sobrepoblación en promedio, llegando algunos EP al 600%. Si a lo descrito le sumamos otros problemas conocidos, como la corrupción del sistema penitenciario o la falta de una gestión adecuada de los (escasos) recursos que le son asignados, no podemos sino concluir que bajo las circunstancias actuales, la resocialización, como finalidad fundamental de la reclusión de una persona, no es viable.
Para aquellos que no ven este problema como uno de prioridad social sino como un asunto ajeno, circunscrito al ámbito personal y familiar de los presos, se debe resaltar que la situación comentada, además de atentar contra los derechos fundamentales de estos últimos, pone en riesgo a la sociedad en su conjunto. Como se explica en un interesante trabajo publicado por la Universidad ESAN el año pasado, “(…) actualmente en las cárceles públicas se observa la especialización y el incremento de la conducta delictiva, y estas son el centro de planificación, dirección y/o ejecución de delitos de extorsión, secuestro y asaltos, en perjuicio de la sociedad en su conjunto. Un interno que no se resocializa constituirá un elemento contaminante, no solo por la alta probabilidad de reincidencia en el delito sino porque se genera un efecto multiplicador en su entorno inmediato (cónyuge, padres, hijos, hermanos, vecinos, etc.)”[2]. Lo peor no es ello, sino las proyecciones estimadas de mantenerse la inacción que, hasta el momento, el Estado ha demostrado ante este problema, en tanto que la tasa de crecimiento anual esperada de población penitenciaria supera largamente el ritmo con el que se ha venido atendiendo las necesidades de infraestructura y servicios carcelarios.
Retomando los términos futbolísticos: éste es un partido que la sociedad viene perdiendo, y por goleada. No obstante, hace relativamente poco ha entrado un nuevo «jugador» al campo, sobre el cual existen muchas expectativas para que, cargándose el equipo al hombro, pueda cambiar las cosas. Este jugador ya está dando señales de aptitud y actitud adecuadas para encarar un partido como el presentado, con un estilo de juego muy técnico y práctico. El gobierno de PPK tiene, así, el reto y la enorme responsabilidad de revertir el resultado que hasta el momento traduce el manejo del sistema penitenciario. Esta tarea implicará, ineludiblemente, posicionar al régimen de las Asociaciones Público Privadas (APP) como piedra angular de las reformas, promoviendo la inversión privada en los EP no sólo a nivel de la infraestructura (recintos y equipamientos) sino en la propia gestión de los mismos. El partido ya se está jugando; el tiempo del entrenamiento, el del calentamiento, el del himno y el de la foto, ya pasaron. Toca ahora hacer la jugada, apuntar al arco y meter el gol que tanto ansía la sociedad.
Para que ello se concrete, las circunstancias más importantes están puestas en la mesa o, mejor dicho, en la cancha. En primer lugar, se cuenta con data detallada actualizada sobre la problemática del sistema penitenciario y de sus posibles soluciones: Censo Nacional Penitenciario 2016; Perfil de la población penal, de junio 2016; Informe de Infraestructura Penitenciaria 2015 — 2035 / Infraestructura Penitenciaria – Proyección de la Capacidad de Albergue 2015 — 2035; Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2015 — 2021; e Informe Multianual de Inversiones en APP del MINJUS 2016[3]. Segundo, esta acción refleja una expresa promesa electoral[4] y, por ende, un compromiso político del Presidente de la República, el mismo que ha sido recogido como una prioridad en la actual agenda del Poder Ejecutivo[5], en el marco de una política de Estado (Política Nacional Penitenciaria) y del Plan Nacional 2016 – 2020 de dicha política. Tercero, existe un marco legal ad-hoc, conformado por el Decreto legislativo 1229 y por su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 007-2016-JUS, en el que expresamente se declara de interés público y prioridad nacional el fortalecimiento de la infraestructura y los servicios penitenciarios, a través de la promoción de la inversión privada y público privada. Con estas normas, el sistema de concesión al cual se adhiere el Perú califica como un modelo semipleno, en el que todos los servicios penitenciarios (infraestructura, administración, tratamiento y seguridad) pueden ser bridados por el sector privado con excepción de la seguridad interna y externa de los EP, la cual queda bajo responsabilidad exclusiva del INPE. Con la vigencia de estas normas se soluciona, además, el impasse que motivó el fracaso del proceso de promoción de la inversión privada en el EP de Huaral llevado a cabo en 2011, en el que se pretendía incluir como parte de los servicios a ser concesionados a la seguridad penitenciaria[6]. Un aspecto final pero no menos importante es que, como no existe ninguna experiencia de APP en EP en nuestro país, se presenta una oportunidad de inversión muy interesante para el sector privado. Actualmente, de acuerdo con lo contemplado en el Informe Multianual de Inversiones en APP del MINJUS, se han identificado 13 proyectos que cuentan con el potencial de ejecutarse bajo el esquema de APP (como concesión cofinanciada) para el periodo 2016-2020, entre los cuales resalta la reubicación de penales en Lima (Lurigancho, Miguel Castro Castro y Mujeres de Chorrillos y Anexo) y en Cusco (EP de Cusco y Cusco Mujeres), asignada a Proinversión en 2013 y actualmente suspendida. Existe no sólo la tarea urgente de destrabar el proceso referido, ajustando sus términos a la nueva legislación especial y retomando la licitación respectiva, sino principalmente la de diseñar e implementar, a mediano y largo plazo, las acciones concretas que permitan cumplir con el mandato legal de dar prioridad nacional a la atención de este problema.
A pesar de que el tratamiento de este tema, como toda infraestructura social, conlleva riesgos de tipo político y la probable oposición de ciertos sectores, el momento de tomar decisiones y de ejecutar acciones concretas, ha llegado: es la hora de los penales. El Gobierno tiene que aprovechar el contexto favorable descrito para, usando el símil del fútbol, acomodar la bola en el punto designado en el área, posicionarse con seguridad detrás de ella, tomar un pique rápido y disparar en forma calculada y certera para convertir esta gran oportunidad en el gol tan esperado. Se debe actuar de manera asertiva e inmediata para procurar una solución efectiva a este importante y urgente asunto. No debe haber más prórrogas ni esperar tiempos suplementarios.
[1]http://www.marca.com/futbol/2016/03/28/56f9011fe2704e943b8b45ed.html
[2]CÁRCAMO, J. Enrique; GUARNIZO, Amparo; MENDOZA, Marcia Y. ; PAJARES, Carlos ; VIGNOLO, Giancarlo. Asociaciones público-privadas en el sistema penitenciario. Una alternativa de solución para la inseguridad en el Perú. – Lima: Universidad ESAN, 2015. – 162 p. – (Serie Gerencia para el Desarrollo ; 52) [3]http://www.esan.edu.pe/publicaciones/2015/12/07/libro_app_sistema_penitenciario_solucion_inseguridad.pdf
[4]Un documento importante que, aparentemente, aún estaría en preparación es el Plan Maestro en Infraestructura Penitenciaria, que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) debió terminar al final de 2015.
[5]Lineamiento Estratégico 4: refundar el sistema penitenciario (…)” del Plan de Gobierno de PPK.
Forma parte del paquete normativo que se emitiría bajo las facultades delegadas por el Congreso. Esta intención política se confirma, además, en declaraciones de la ministra de Justicia de hace algunas semanas, quien, en línea con lo que proponía ya desde 2008 (cuando ejercía igual cargo), ha hecho evidente su preocupación por el sistema penitenciario; y con el nombramiento del nuevo jefe del INPE, Carlos Vásquez Ganoza.
[6]Esto conllevó a que la Defensoría del Pueblo considere que dicha función era indelegable y que, finalmente, Proinversión decidiera cancelar la licitación.