César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y docente de Derecho en la PUCP
El diario ‘El Comercio’ ha publicado una respuesta de E. Álvarez Miranda (20/7/2017) [1] a la columna que publiqué en el mismo diario titulado «El género en la educación y la Constitución» (10/7/2017) [2]. Como todas las opiniones en un debate son válidas siempre que tengan sustento y/o coherencia, me permito levantar alguna acusación y responder otra afirmación, que están al margen del tema del tratamiento constitucional de la educación integral -incluida la sexual-.
Se alude a la dictadura de Velasco como un antecedente de la llamada «ofensiva estatista en materia de educación como la que hoy apreciamos y de la que César Landa da cuenta en un artículo publicado en este diario…». Al respecto, la ‘Currícula Nacional Básica para el Año 2017’ no impone un modelo educativo exclusivo y excluyente en la formulación de sus contenidos, sino que en aras del pluralismo y la tolerancia, que son valores fundacionales de las democracias contemporáneas, la educación integral es una responsabilidad del Estado en la cual la sociedad -la familia- contribuye participando en el proceso educativo.
Al ser la educación un servicio público esencial y un derecho fundamental ciudadano; por un lado, el Estado procura currículos básicos comunes para todo el país, en tanto es responsabilidad de la administración pública educativa promover la universalización, la calidad y la equidad de la educación, y; por otro lado, le corresponde a la sociedad participar y colaborar con el proceso educativo, así como, crear un entorno familiar favorable al aprendizaje del educando (Ley General de Educación).
En consecuencia, la «Currícula Nacional Básica para el Año 2017» ha pasado por consultas previas de los padres de familia; del Consejo Nacional de Educación (CNE), que reúne pluralmente a ex Ministros de Educación y a especialistas en la materia educativa; así como del gremio de los docentes, quienes se han pronunciado a favor del enfoque de género en la Currícula escolar, que no es otra cosa que buscar garantizar la igualdad de derechos y oportunidades a todas las personas sin discriminación por razón de sexo, tal como manda la Constitución (art. 2, inc. 2).
Ahora bien, el cuestionamiento público que formula el articulo por abuso sexual de un ex miembro del CNE, no invalida la labor de la institución; de lo contrario, la Iglesia estaría proscrita por las frecuentes denuncias sobre dichos abusos, pero que se producen mayormente en espacios privados, como el entorno familiar y laboral. Por suerte, el sistema penal desde el retorno a la democracia viene enjuiciando y condenando a prisión a toda persona que cometa delitos de violación y/o abuso sexual.
En ese sentido, al encontrarse el educando en un proceso de formación plena, la administración educativa, sin perjuicio del rol de la familia y para prevenir terminar en un proceso penal, tiene una responsabilidad sobre su educación integral, incluida la educación sexual; bajo un enfoque que permita la afirmación de la igualdad de género y la no discriminación por identidad de género. Lo contrario sería mantener irresponsablemente al sistema educativo escolar en un asunto cautivo y silente frente a la violencia de género y a los crímenes de odio. Esto sería propio de un constitucionalismo autoritario, pero no de un constitucionalismo democrático.
[1] http://elcomercio.pe/opinion/columnistas/hogar-educacion-sexual-ernesto-alvarez-miranda-443585
[2] http://elcomercio.pe/opinion/colaboradores/genero-educacion-constitucion-cesar-landa-440985