Contrataciones públicas

¿Puede una ley posterior desplazar la institución arbitral pactada? El REGAJU frente al artículo 62° de la Constitución en contratos celebrados bajo la Ley N.° 30225

El resultado del examen permite formular una conclusión precisa: el REGAJU es legítimo e idóneo en abstracto, pero la extensión automática de su efecto sustitutivo a convenios arbitrales preexistentes no supera satisfactoriamente el juicio de necesidad. La tesis central de este artículo continúa siendo preservar, como regla, la institución válidamente pactada bajo la Ley N.° 30225; las alternativas transitorias desarrolladas no desvirtúan esa tesis, sino que muestran que incluso aceptando la aplicación inmediata de nuevos estándares existían medios menos restrictivos que el desplazamiento automático.

¿Puede el Estado ignorar un laudo arbitral? Reflexiones sobre la fuerza vinculante del laudo arbitral, la seguridad jurídica y propuestas para fortalecer el sistema de concesiones

«Una de las principales medidas que debe regir en toda contratación pública es, sin duda, la transparencia. Este principio constituye un elemento esencial, ya que, será aquel elemento que garantice no solo la legitimidad de las decisiones estatales, sino también, la confianza de la ciudadanía en las instituciones».

¿El arbitraje en segundo plano? El nuevo rol de las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas en las contrataciones públicas.

“Con las recientes reformas, el arbitraje deja de ser el mecanismo central durante la ejecución contractual y pasa a ocupar una posición subsidiaria, siendo reemplazado en la etapa primaria por las JPRD. Ahora, el arbitraje opera como una instancia posterior, como si se tratara de una especie de segunda instancia de revisión, pero con nuevas limitaciones».

Entrevista | Milagros Maraví: I Congreso de Contrataciones Públicas

#ContratacionesPúblicas💼 ¿Cuál es el impacto de las Asociaciones Público-Privadas (#APP) en el desarrollo del país?¿Son suficientes las nuevas normativas para optimizar proyectos de infraestructura? La Asociación Civil THĒMIS se complace de anunciar el I Congreso de Contrataciones Públicas. En esta oportunidad, Milagros Maraví, consultora del área Administrativa y Regulatoria en el Estudio Rubio, Leguía y Normand, nos detalla la importancia de estas asociaciones en proyectos de envergadura que generan beneficios económicos y sociales. 🗓 El evento se llevará a cabo los días 6, 7 y 9 de octubre 📌Lugar: Auditorio Jorge Avendaño (Facultad de Derecho PUCP) PRECIOS💰: 📚Estudiante: 65 soles Pack Estudiantil (a partir de 3 entradas): 55 soles c/u 👥 General: 80 soles Pack general (a partir de 3

Consolidando la desmitificación: El Arbitraje de Contratación Pública no siempre favorece al contratista

Por Jean Luc Miranda Ugarte, estudiante de derecho en la Universidad de Lima. Ex-Coordinador General y actual miembro del Círculo de Estudios de Arbitraje de la Universidad de Lima. El arbitraje de contratación pública tiene como elemento distintivo la adversarialidad derivada de la contratación con el Estado y no precisamente con un particular. Y es que resulta novedoso y – ¿por qué no? – revolucionario[1] que no solo partes de la iniciativa privada puedan resolver sus controversias vía arbitraje, sino que también los particulares sometan al arbitraje sus diferencias contractuales con el Estado. Sin perjuicio de lo anterior, las críticas de importantes sectores de la sociedad al procedimiento arbitral siempre abundarán y, en particular, los cuestionamientos al arbitraje de contratación