Juez

Los alegatos de apertura en el nuevo Código Procesal peruano

Por Edwin Smith Vega Plasencia y María Fernanda Ramos Valladares, estudiantes del noveno ciclo de Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad Privada Antenor Orrego, y miembros fundadores de la página Portal DP – dura lex sed lex. Mucho se habla sobre los famosos alegatos de apertura, y en lo que la mayoría coincide, es que la brevedad de los alegatos, es el manjar de los jueces; aunque no solo para estos alegatos iniciales, sino también a las interrogantes, alegatos de clausura, etc. Ahora, cuando nos referimos a los alegatos de apertura, surgen dos posturas: la del fiscal y de la defensa. Con respecto a los alegatos de apertura que hace el fiscal consistirá en síntesis de una imputación, en donde

La convencionalidad de la destitución de un juez: reflexiones sobre la sentencia del caso Cordero Bernal Vs. Perú

Por Helmut Andrés Olivera Torres, Abogado y magister en Derechos Humanos por la PUCP. Encargado del Área de Resolución de Conflictos del Estudio Jurídico Valive. Docente del Curso de Especialización Avanzada en Derecho Procesal Constitucional del Centro de Educación Continua de la PUCP y de Derecho Constitucional en la Universidad Tecnológica del Perú. Ha sido agente del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El 25 de marzo del presente año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, la Corte IDH) ha publicado su sentencia sobre el caso Cordero Bernal Vs. Perú[1], (en adelante, la sentencia) por la cual ha determinado que el Estado peruano no ha vulnerado derecho humano alguno al destituir a tal persona en el

El verdadero sentido de la tutela de derechos en el artículo 71° inciso 4) del Código Procesal Penal

Por Renzo Dante Mendoza Urrutia, egresado de Derecho de la USMPy Horacio Antonio Herrera Calderón, alumno de la Universidad de San Martín de Porres, especialistas en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal A. PROLEGÓMENO El presente artículo explica el porqué de la amplitud del margen de acción de la tutela de derechos en el artículo 71.4 del Código Procesal Penal del 2004 (en adelante C.P.P.), y su trascendencia del derecho constitucional en el derecho procesal penal. Así también, presentamos una solución doctrinaria que permite instar tutela de derechos de manera directa al juez sin la necesidad de recurrir previamente al Ministerio Público. Por último, recopilamos algunos casos que se presentan en la amplitud de protección del artículo 71.4 del C.P.P.

Notas del carácter especial del Derecho Procesal de Familia

Por Jesús Martín Nole Lupú, Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Sullana Sumario: I) Introducción; II) De la función tuitiva y la flexibilización de principios en el proceso de Familia; III) Conclusiones. I. Introducción El carácter eminentemente formalista del proceso civil se diluye cuando en este se discute un derecho de naturaleza familiar. En este tipo de procesos el juez hará prevalecer la búsqueda de la solución del conflicto sobre las formalidades o actos solemnes del proceso. No se afirma que se elimine cualquier atisbo de formalismo, o que rija una “ley de la selva” procesal, sino que las exigencias comunes en los otros procesos civiles se van a relajar en

Infografía | Principios claves de la Nueva Ley Procesal del Trabajo

– Infografía –   ¿Cuáles son los principios claves de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT)?   En la presente infografía, Enfoque Derecho explica los cuatro principios claves de la NLPT: inmediación, oralidad, celeridad y concentración.   ¿Te resultó útil la información? ¡Cuéntanos qué otro tema te gustaría que tratemos!   #infografía #NLPT #principios #procesal #inmediación #oralidad #celeridad #concentración #enfoquederecho

Historia de ejemplo: Giovanni Falcone el juez italiano cuya labor marcó un antes y un después en la lucha contra el crimen organizado

Por Rodrigo Alonso Jauregui Huaman, estudiante de Derecho en la Universidad de Lima. Sumario 1. La mafia siciliana: Antecedentes  2. La lucha contra la mafia siciliana “Cosa Nostra” 3. El maxijuicio de Palermo 4. Repercusiones La mafia siciliana: Antecedentes La mafia siciliana “Cosa Nostra” tuvo su origen tras la caída del régimen feudal siciliano a mediados del siglo XIX. Debido al advenimiento de los movimientos unificadores de la época, los antiguos latifundistas desplegaron sus dominios en territorios los cuales debían ser fuertemente custodiados Dicho custodio estaba a cargo de administradores, capataces o vigilantes quienes ejercían un poder absoluto sobre dichos dominios mediante el uso de la intimidación y la violencia. Tras la huida de los aristocráticos de la nobleza siciliana

Objetividad frente a los testigos en el proceso penal

Por Paul Iriarte, miemrbo actual del Instituto de Defensa de los derechos fundamentales «Eugenio Raúl Zaffaroni» Advertencia Si bien el cuerpo normativo no establece reglas fijas para el examen y contraexamen en juzgamiento (actos de prueba); antes interrogatorio y contrainterrogatorio (acto de investigación). Es factible, desde una perspectiva epistémica; establecer pautas necesarias, adscritas a la doctrina, para advertir preguntas que generen perjuicio o sesgos, en desmedro del carácter cognitivo del proceso penal. Dado que, lo que se exige son medios probatorios que corroboren las proposiciones fácticas realizadoras del elemento del tipo penal, y no información innecesaria.  Introducción Ciertamente, el tema del interrogatorio en las preliminares y preparatoria, y examen y contraexamen en juicio, exige, objetividad por parte del testigo y

Discrecionalidad y potestades implícitas de la Administración

Por José Antonio del Risco, alumno de la Facultad de Derecho de la PUCP y exmiembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho Es imposible negar que la actividad de la Administración Pública ha evolucionado. Uno de estos cambios tiene que ver con la idea de eficiencia y eficacia de la actuación administrativa, la cual se ha ido construyendo como una crítica a la rigidez burocrática y al excesivo legalismo.  Esta necesidad de modernización ha llevado a que las normas reconozcan en la Administración cierto margen de discrecionalidad, lo cual la faculta a tomar decisiones autónomas ante un determinado procedimiento o acto que no haya sido regulado por la ley. Sin embargo, ello no quiere decir que no exista un principio

El activismo judicial en el neoconstitucionalismo y el quiebre del sistema de separación de poderes

Por Rodrigo Alonso Jauregui Huamán, estudiante de Derecho de la Universidad de Lima Sumario: 1. El paradigma del neoconstitucionalismo 2. El activismo judicial en el ordenamiento jurídico contemporáneo 3. El quiebre del sistema de  separación de poderes 4. La sentencia Nº 06534-2006-AA /TC: el acceso al agua como derecho fundamental 5. Conclusiones. 1. El paradigma  del Neoconstitucionalismo El Neoconstitucionalismo es el paradigma predominante en la teoría jurídica internacional que ha ido tomando fuerza tras el término de la Segunda Guerra Mundial. Podría denominarse como un nuevo modelo de Estado de Derecho que aunque mantiene semejanzas con el constitucionalismo tradicional, posee diferencias sustantivas. [1] El profesor Luis Prieto Sanchís ha resumido, de manera lúcida, sus principales características en seis puntos: [2]