resocialización

Editorial | Cárceles a punto de colapsar: la amenaza inminente del cierre de establecimientos penitenciarios por hacinamiento

Por Enfoque Derecho 1. INTRODUCCIÓN Desde hace décadas, los penales peruanos albergan a una población penitenciaria que supera ampliamente su capacidad de alojamiento. Esto ha generado condiciones inhumanas como internos durmiendo en el suelo, enfermedades no atendidas, infraestructura colapsada y servicios básicos deteriorados. A ello se suma la falta de personal especializado en salud mental y una débil intervención del Estado. En este sentido, las consecuencias no solo afectan los derechos de los presos, sino que también erosionan la legitimidad del sistema penal. De tal forma, en el presente editorial, Enfoque Derecho tratará el tema del hacinamiento penitenciario, el cual constituye una de las crisis estructurales más graves del sistema de justicia penal en el Perú. Aunque no es un

“Tenemos derecho a vivir”: una mirada a las penas alternativas en el Perú

Por Flavia Martínez Tarazona y Marjorie Salvador Chávez, estudiantes de la Facultad de Derecho de la PUCP y asociadas extraordinadoras de THEMIS 1. Introducción El martes 26 de mayo, el Tribunal Constitucional (en adelante, TC) declaró, acertadamente, la existencia de un “estado de cosas inconstitucional” respecto a la crítica condición de hacinamiento en nuestros establecimientos penitenciarios de muchos años y que hoy tiene mayor atención por la pandemia del COVID-19. Esta decisión fue el resultado de una demanda de hábeas corpus interpuesta por un interno del Establecimiento Penitenciario de Tacna, como consecuencia de las precarias condiciones del penal y a la indiferencia de sus autoridades para la adopción de las medidas necesarias de mejora. Adicionalmente, el TC exhortó al Ministerio de

Especial del Sistema Penitenciario | Cárceles productivas y reinserción social

Marco León Tomasto, abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Máster en Criminal Compliance por la Universidad Castilla-La Mancha (España). Maestrando en Derecho Penal por la Pontificia Universidad Católica del Perú. I. Estado de la cuestión Hasta finales del siglo XVI, la prisión importaba un lugar de retención a los sujetos que habían sido hallados culpables por la comisión de un delito o para aquellos que esperaban un juzgamiento. Esta cárcel de custodia tenía como principal finalidad el aislamiento o separación social. Para ello, las acciones estatales se dirigían, en puridad, a contener y a guardar a los reos en monasterios, casas de trabajo[1] o de corrección[2], construcciones cerradas en aras de asegurar su confinamiento. Esta práctica, evidentemente, ignoraba

Oso Blanco: ¿La justicia del futuro es la sed de venganza de hoy?

Por Kathia Martínez, estudiante de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho Black Mirror se caracteriza por su corte futurista, que conlleva a la reflexión sobre la tecnología y cómo esta afectará nuestro futuro. Sin embargo, la trama de algunos de los episodios nos puede conducir a un análisis más amplio y, por ejemplo, abordar temáticas como el del Derecho Penal. Así sucede con el episodio “Oso Blanco”, el cual narra la historia de Victoria, la protagonista, quien despierta confundida en un apartamento que supone es el suyo (“supone”, pues ella no es capaz de recordar absolutamente nada, ni siquiera quién es). Fuera del apartamento, las calles se encuentran vacías, pero poco a poco se

Otro artículo sobre violencia de género: una mirada a la reeducación

Rubiela Gaspar Clavo, alumna en la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro del programa de desarrollo social de THEMIS, Khuska 1. Introducción: Situación actual de la violencia de género La violencia de género es uno de los problemas más grandes que afronta nuestro país y un punto de agenda principal en todos los niveles del Estado. En cifras, tenemos que en el año 2017, a nivel nacional, el 65,4% de las mujeres sufrieron algún tipo de violencia por parte del esposo o compañero. Cabe destacar que, de ese porcentaje, el 61,5% fue víctima de violencia psicológica y/o verbal[1]. Además, solo en enero de 2019 se reportaron y atendieron en los Centros de Emergencia Mujer (CEM) 14 491 casos