Responsabilidad penal

La legítima defensa y su función en el sistema jurídico penal

«La legítima defensa no solo opera como una excepción a la regla general que prohíbe causar daño, sino que también expresa un principio fundamental del sistema jurídico: nadie está obligado a soportar lo injusto. No obstante, su aplicación no es automática, sino que exige el cumplimiento estricto de determinados requisitos. En particular, debe acreditarse la existencia de una agresión actual, real e ilegítima; la necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; y la ausencia de provocación suficiente por parte de quien hace la defensa».

La importancia de la confianza en el sistema de justicia: desmitificando la facultad de los jueces legos en la administración de justicia

Por José Miguel Molina Cayo, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres, integrante del Taller «Florencio Mixan Mass» de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y asistente del Área Penal del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. La corrupción es un problema -desgraciadamente- innato en nuestra sociedad y engloba diversos contextos. Pero, evidentemente esto no es reciente. No viene de hace dos, tres ni mucho menos cinco años. Es un problema “endémico” que se refleja directamente en diversas encuestas y estudios de opinión. Para mencionar uno del año 2022, (XII Encuesta Nacional sobre percepciones de la corrupción en el Perú 2022 – PROÉTICA) esta indica que la percepción de corrupción en el

Brevísimo esbozo histórico de la responsabilidad penal de la persona jurídica en la legislación penal peruana.

Por Enrique Armando Neyra Bustamante, abogado litigante y máster en Derecho Penal por la Pontificia Universidad Católica del Perú. LA IDEA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LA PERSONA JURIDICA EN LA HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN PENAL PERUANA EN SIGLO XX. INTRODUCCIÓN: La sociedad se encuentra en permanente crisis, el espectáculo fatídico de los grandes acontecimientos que conforman la escena contemporánea, precipita la metamorfosis de la criminalidad común a nuevos albores como el crimen organizado, la corrupción pública, privada y entre otros espectros delictivos de difícil y compleja persecución. El decurso histórico revela el fenómeno pavoroso del delito, sin embargo, este escenario no solo es cometido por agentes físicos, entendiéndose a la persona humana, sino que se condiciona a la despersonalización

Autonomía de la acción de extinción de dominio. Decreto Legislativo 1373

Por Kely Evelin Arango Huaman. Bachiller en derecho por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga. Asistente Judicial del Juzgado Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. SUMARIO: 1. Introducción, 2. La independencia frente a otros procesos, 2.1. No se pronuncia sobre la responsabilidad penal, 2.2. No impone sanciones penales, 2.3. Objetivos propios distintos a la acción penal, 3. Juicio al derecho de propiedad, 4. Carga dinámica de la prueba, 5. Conclusión. Introducción  Ante el gran aumento de la corrupción generalizada y la inseguridad ciudadana, más aún conforme a las estadísticas que se realizan a fin de medir la frecuencia de la criminalidad, en específico la inseguridad social ocasionadas a partir del narcotráfico

Entrevista a Rafael Chanjan | Responsabilidad penal por la violencia ejercida durante las protestas.

Entrevista realizada a Rafael Chanjan, docente de la Facultad de Derecho de la PUCP, máster en Derecho Penal y Política Criminal por la Universidad de Málaga (España) y miembro del Grupo de Investigación en Derecho Penal y Corrupción (DEPEC) de la PUCP A raíz de las protestas realizadas por la población en contra del Gobierno Ilegítimo de Manuel Merino, Valeria Aguado Araujo, estudiante de Derecho de la PUCP, conversó con Rafael Chanjan Documet, docente de la Facultad de Derecho de la PUCP, máster en Derecho Penal y Política Criminal por la Universidad de Málaga (España) y miembro del Grupo de Investigación en Derecho Penal y Corrupción (DEPEC) de la PUCP, sobre la responsabilidad penal por la violencia ejercida durante estas

Yván Montoya y Carolina Rodríguez | Mesa Redonda sobre el caso de la discoteca «Thomas»

Por Enfoque Derecho Tras los lamentables sucesos en la discoteca «Thomas Restobar», Enfoque Derecho conversó con Yvan Montoya, doctor en Derecho Penal por la Universidad de Salamanca, asesor del Idehpucp y exjefe de la Procuraduría Anticorrupción,y Carolina Rodríguez, miembro del Grupo de investigación y estudio de Derecho Penal y Criminología de la PUCP, abogada,y profesora penalista, para determinar qué responsabilidad tendrán los administradores de la discoteca, los asistentes, la Municipalidad de los Olivos, la dueña del local y, de ser el caso, los policías. ED: ¿Qué responsabilidades penales afrontarían los administradores de la discoteca Thomas, teniendo en cuenta que existen 2 hechos delictivos: la muerte de 13 personas y el funcionamiento de la discoteca en toque de queda? YM: Hay

¿Ciudadanos intocables?: análisis de la constitucionalidad de la Ley de Protección Policial

Por Adriana Chávez, estudiante de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho Ante la inminente llegada del Coronavirus al Perú, al amparo del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, el Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia Nacional, con la finalidad de evitar la propagación de esta pandemia. Como parte de esta medida, se dispuso el aislamiento social obligatorio de la población (cuarentena), ya que nos encontramos ante una infección de carácter interpersonal, esto es, que su contagio se da a través de la intercomunicación física entre las personas. Asimismo, el Gobierno peruano, al igual que muchos otros países, no solamente dispuso la inmovilización social obligatoria (toque

Derecho penal y estado de emergencia: ¿cómo frenar a quienes incumplen la cuarentena?

Por Renzo Antonio Vinelli Vereau, magíster en Derecho penal por la Universidad de Sevilla y abogado senior del área penal de Payet, Rey, Cauvi & Pérez Abogados. En los últimos días, hemos sido testigos de las numerosas intervenciones a ciudadanos que se vienen suscitando a lo largo del país. Incluso, recientemente, se intervino a un conocido exfutbolista, debido a que se encontraba en una reunión en pleno toque de queda y aislamiento social obligatorio. Es decir, incumplió las normas sanitarias del estado de emergencia implementadas a raíz de la pandemia del coronavirus, específicamente el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que -como todos conocemos- limitan la libertad de tránsito y reunión. Frente a la reiterada conducta de desacato de diversos ciudadanos, el