En el Mensaje a la Nación del primer domingo con inmovilización social focalizada, el Presidente del Perú, Martín Vizcarra, anunció que presentará un proyecto de ley que buscará que la decisión del mantenimiento o no de la inmunidad parlamentaria se decida en las urnas. Dicho referéndum se llevaría a cabo junto con las elecciones generales de 2021.

Ello después de no alcanzarse los 87 votos necesarios en el Pleno del Congreso para la aprobación de la reforma de la figura de inmunidad parlamentaria. El pasado sábado 04 de julio el presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, presentó un texto sustitutorio con la eliminación de dicha figura, mediante la modificación del artículo 93 de la Constitución. No obstante, la votación solo alcanzó 82 votos a favor, 14 en contra y 25 abstenciones.

Minutos después del Mensaje a la Nación, se informó que se ha convocado a Junta de Portavoces para las 3 de la tarde del día de hoy y a sesión de Pleno Virtual para las 4 de la tarde.

La inmunidad parlamentaria, figura regulada en el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, es una protección que ampara a los parlamentarios a fin de que no sean procesados ni arrestados sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones. En caso se trate de un delito flagrante, el Congreso o la Comisión Permanente, dentro de las veinticuatro horas, deberán autorizar o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento del parlamentario en cuestión. Cabe precisar que el artículo 16 del Reglamento del Congreso aclara que la inmunidad parlamentaria no protege a los congresistas contra acciones de naturaleza diferente a la penal, ni contra los procesos penales iniciados antes de su elección (estos no se paralizan ni suspenden).


Fuente de Imagen: Andina

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