Sobre las medidas intervencionistas en favor de producción nacional en el cine, la televisión y la radio

Por: Javier André Murillo Chávez
Estudiante de Derecho en la PUCP, Asistente Legal del Área de Marcas del Estudio Clarke, Modet & Co. y ex director y ex miembro de la Comisión de Publicaciones de la Asociación Civil Foro Académico

¿Qué hace a una película, a un programa de televisión o a una canción exitosas? Los motivos circunstanciales pueden ser variados, pero al final y al cabo termina siendo la preferencia de los espectadores y radioescuchas lo que brinda a un producto de la industria del entretenimiento[1] su valor en nuestro país y alrededor del mundo.

El mercado del entretenimiento tiene una estructura y funcionamiento como cualquier otro. Por un lado, los cines, los canales de televisión y las emisoras de radio son los proveedores de entretenimiento; sus productos son las más recientes películas de estreno, los programas televisivos de moda y canciones hit del momento. Por otro lado, nosotros, los cinéfilos, los espectadores de televisión y los radioescuchas somos consumidores de estos productos ofrecidos. ¿Quién no ha descartado una película en el cine, cambiado de canal si no le gusta la programación o sintonizado otra emisora cuando no le satisface la música elegida?

En el funcionamiento de este mercado, la elección del consumidor es bastante determinante; y el feedback de información para el proveedor de entretenimiento es muy dinámico. El rating determina inmediatamente si una franquicia de cine, canal o emisora lo está haciendo bien o lo está haciendo mal. Por este motivo, la elección de los productos es, también, decisiva para la subsistencia de los proveedores en un mercado que per se es muy frágil por la piratería[2].

Nuestro país se encuentra en pleno crecimiento de sus industrias del entretenimiento como el cine, la música, la moda, la gastronomía y la televisión. Sin embargo, aún existen sectores descontentos con la situación en la que se encuentran; como el de la música rock Peruana, tal como lo ha señalado Pasquel[3]. Se ha discutido mucho en los últimos tiempos sobre la imposición de cuotas obligatorias sobre producción nacional a través de normas a los cines, canales de televisión y emisoras de radio; sin embargo, la preferencia no puede ser impuesta (ni impulsada) por instrumentos legales; esto, desde mi punto de vista, vulnera gravemente los valores constitucionales a la libertad de empresa[4] así como la libre y leal competencia[5], sustituyendo artificialmente la oferta y demanda de los consumidores del entretenimiento.

En este sentido, las figuras económicas como el “monopolio” y la “competencia” resultan muy útiles para analizar esta situación. Gary Becker, Premio Nobel de Economía en 1992, tiene una ponencia en donde analiza diversos “mercados”, desde las religiones hasta las ofertas educativas,  mediante estos conceptos. La conclusión es inevitable: la competencia es eficiente[6]. Coincidimos plenamente y apuntamos este como el principal motivo por el cual se debe repudiar la intervención estatal sobre contenidos en las industrias del entretenimiento.

Existen dos tipos de intervencionismo mediante instrumentos legales; de un lado, están las cuotas de exhibición; y por el otro las medidas de continuidad. Las primeras son aquellas por las cuales se obliga a las franquicias de cine a cubrir un número determinado de películas peruanas en cartelera, a los canales de televisión a transmitir un número determinado de programas televisivos peruanos, o a las emisoras de radio a reproducir un número determinado de canciones peruanas; las segundas son aquellas por las cuales se mantiene una o más películas nacionales en cartelera de cine, un programa televisivo nacional o más en programación, o una o varias canciones nacionales durante un periodo determinado de tiempo.

El apoyo a la producción nacional de canciones, películas y programas no se logra a través de medidas intervencionistas. Con estas prescripciones se genera un triple daño: primero, se generan pérdidas o detracciones de consumidores a las emisoras, canales o franquicias de cine; segundo, nosotros los consumidores radiales, televisivos o cinéfilos tendríamos menos opciones de elección en determinados momentos; y, tercero, los productores nacionales de cine y televisión, así como los cantautores y grupos musicales peruanos se encontrarían en un punto de desincentivos para mejorar la calidad de sus obras al estar situados cómodamente en este “mercado” por medio de un “regalito” del Estado.

Esta posición artificial, creada por medio de la intervención estatal normativa, genera competencia desleal. Mientras la industria del cine, televisiva y musical extranjera utilizan sus recursos para crear un producto (película, programa o canción) de calidad, mejorando sus equipos e innovando, creando espacios publicitarios, y otras metodologías de marketing personal análogas para colocarse a nivel mundial; el “cómodo” productor nacional o artista musical no utilizaría sus recursos para lograr esto ya que tiene asegurada su colocación en el mercado de la industria del entretenimiento gracias al Estado.

Un grave error estructural de las medidas de intervención es el enfrentamiento de géneros que podría suceder y, efectivamente, sucederá de ser aplicadas las mismas. ¿Qué pasarán las radios en las cuotas o continuaciones nacionales? ¿Rock, Huayno, Pop, Criollo, Cumbia, Tecno u otros? ¿Qué sucederá con aquellos géneros que no tengan un espacio temático como la trova, el metal, el blues, entre otros? Estas medidas intervencionistas son regulación strictu sensu; es decir, se le impone a los cines, canales y emisoras lo que deben exhibir. Aquí se cae en la paradoja relatada por Bullard como la fábula del Rey Regulador[7], los proveedores de la industria del entretenimiento simplemente cubrirán sus “cuotas” o “periodos” nacionales con las canciones exitosas de algunos géneros, con lo cual las incomodidades de los otros sectores seguirán existiendo cayendo en lo que se ha denominado “espiral regulatoria”[8], teniendo que regular y regular hasta llegar a la estatización.

Tomando lo expresado por Bullard, tanto el Mercado como la Regulación son fruto de la imperfección humana, pero “En el mercado uno decide sobre lo que es de uno, y solo puede obtener algo de otro si este acepta contratar. Al menos uno paga el costo de su propia imperfección o de sus propios errores. Pero en la regulación son los demás los que pagan el costo”[9]. Nosotros los consumidores y los mismos proveedores tenemos que pagar el costo de percibir una película peruana mala, un programa peruano desastroso, o una canción peruana insoportable. La posición del consumidor es sencilla: elijo otra película en el mismo cine, uso el control remoto y cambio a otro canal o, simplemente, sintonizo otra emisora del radial. Sin embargo, el proveedor no tiene más remedio que perder clientes, espectadores o radioescuchas.

Existen ejemplos que permiten contradecir que el mercado no brinda oportunidad de éxito a las películas, programas o canciones peruanas. En materia de cine, la película “Asu Mare” sobre la vida del popular Carlos Alcántara, estrenada el 2013, lleva en cartelera más de cuatro semanas en cartelera por mérito propio y las salas de cine siguen llenas en cada función[10]. En materia de televisión, la serie “Al Fondo Hay Sitio” (y otras similares de los últimos tiempos[11]) lleva más de cuatro temporadas al aire, a pesar existir cantidad de detractores a su contenido. En materia de música, cabe recordar que el mismo rock peruano tuvo un punto de cumbre en los años 2003 cuando Líbido y TK obtuvieron galardones en los Video Music Awards Latinoamérica permaneciendo en los rankings más importantes a nivel internacional; no olvidemos a Gianmarco y su triada de Premios Grammy Latinos.

¿Por qué “Asu Mare” ha roto largamente el record de taquilla de cine nacional? ¿Por qué “Al Fondo Hay Sitio” continúa siendo una de las series más vistas de la televisión peruana? ¿Por qué las canciones de Líbido y TK tocaron el cielo internacional en el 2003? ¿Por qué las canciones de Gianmarco suenan en casi todo el mundo? Y eso que no hemos hablado de la cumbia peruana de los Hermanos Yaipén o el Grupo 5, que está en plena boga y se escucha en todos los rincones del territorio; no hemos hablado de la excelente pieza de cine nacional que nos trajo la película “Quizás Mañana”, primera película peruana que no trajo desnudos o violencia sino más bien una pequeña historia de amor con bastante aprobación por parte del público; o el tan exitoso programa de concurso “Yo Soy”, que ha traído un gran formato televisivo extranjero “a la peruana” que promueve el talento de muchos compatriotas.

Las conclusiones son evidentes: la preferencia de los consumidores es el parámetro más importante en la industria del entretenimiento; los proveedores de películas, programas y canciones deben tener libertad de elección de sus contenidos y pugnar por la preferencia de los consumidores; los productores de televisión y cine así como los cantautores y grupos deben competir por la preferencia de los consumidores sin adquirir ventajas indebidas otorgadas por el Estado. En este sentido, la libre y leal competencia es el único camino al progreso en la industria del entretenimiento.


[1] Este término ha sido utilizado por Gustavo Rodríguez en un reciente estudio sobre la Propiedad Intelectual en diversas áreas como el Cine, la Televisión, la Moda, los Videojuegos y otros. Coincidimos con el mismo en lugar de “Industria Cultural” que nos lleva a una polémica entre ¿Qué es cultural y que no lo es? RODRIGUEZ, Gustavo – “Los Derechos de Propiedad Intelectual en las Industrias del Entretenimiento”. En: AA.VV. – “Los Retos Actuales de la Propiedad Intelectual: Visión Latinoamérica”. Lima: Themis – Hernández & Cía., pp. 237 – 253.

[2] Este tema es bastante amplio, Aquí, basta con mencionar que probablemente las industrias más “golpeadas” por la piratería sean la musical, por el pirateo de canciones y videos musicales, y la cinematográfica, por las copias de películas de cartelera estrenadas en otros países antes que en el nuestro; aunque también comienzan a proliferarse los casos de piratería de programas televisivos temáticos como novelas, series y programas especiales.

[3] Ver PASQUEL, Enrique – “Cuotas, Lobbies y Rock n’ Roll”. En: Diario El Comercio. Edición Jueves 09 de Mayo de 2013.

[4] Artículo 59 de la Constitución Política del Perú: “El Estado (…) garantiza (…) la libertad de empresa, comercio e industria”.

[5] Artículo 61 de la Constitución Política del Perú: “El Estado facilita y vigila la libre competencia. (…)”.

[6] BECKER, Gary – “La Naturaleza de la Competencia”. Ponencia presentada en el Acto de Colación de Grados 2009 de la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas (ESEADE). Buenos Aires. Consulta: 12 de Mayo de 2013.

< http://www.eumed.net/cursecon/textos/Becker_naturaleza-competencia.pdf >

[7] BULLARD, Alfredo – “La Fábula del Rey Regulador”. En: Diario El Comercio. Edición Sábado 21 de Julio de 2012.

[8] Ibídem.

[9] Ibídem.

[10] Otro dato interesante, aunque penoso, es que la película ya está siendo ofrecida por ambulantes y ha sido colgada en los populares sitios de visualización pirata de películas online.

[11] Cabe recordar las series como “La Gran Sangre”, “Néctar en el Cielo”, “Pataclaun”, “Misterio”, “El Huachimán”, entre muchas otras.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí