septiembre 2014

Los Principios de Lima (2000). Una lucha por la Transparencia catorce años después

Hace catorce años no era extraño escuchar las palabras secreto, estrictamente secreto, reservado, estrictamente reservado y confidencial. Cinco «clasificaciones» de la información que no era de acceso público. Esta situación favorecía la corrupción y evidenciaba la ausencia de un régimen democrático. Un ejemplo: el avión presidencial se compró utilizando un decreto secreto. Estas clasificaciones estaban desarrolladas en los Manuales del Ejército, la Fuerza Aérea, la Marina y la Policía Nacional. Manuales, también, secretos. Manuales que no fijaban claramente la frontera entre una u otra clasificación. En esa época cualquier cosa podía ser secreta.

Antonio Zapata: “El reconocimiento del derecho al voto de la mujer peruana fue una conquista democrática”

Marco Gamarra Galindo, alumno de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, entrevista a Antonio Zapata, historiador y catedrático de la PUCP, sobre la historia del derecho al sufragio de la mujer en el Perú, a propósito de que el pasado 7 de septiembre se cumplió un año más desde que se promulgó, en 1955, la Ley 12391, norma que dio carta de ciudadanía a la mujer peruana y le otorgó, por primera vez, el derecho a voto en las elecciones presidenciales. Aunque la medida no reconoció el derecho a todas las mujeres (entiéndase que solo lo reconocía a las mujeres mayores de edad -21 años- y a las casadas mayores de 18 años que supieran leer y escribir), esta medida legislativa constituyó un avance importante para promover la participación de la mujer en la vida democrática del país.

La nota de participación, el MBTI y la sombra

Hace unos meses, escribí un artículo sobre los controles de lectura sorpresa que suscito un muy provechoso debate tanto escrito como verbal. Después del debate, mi convencimiento respecto a lo negativo que son los controles de lectura sorpresa para el aprendizaje significativo y la autonomía de los alumnos, ha aumentado y encontrado nuevas y diversas justificaciones. No viene al caso, ahora, profundizar en eso. Al menos para mí (parte evidentemente involucrada), la situación quedó bastante clara. Quien quisiera formarse una opinión, o poner en cuestión la ya tomada, puede ver el debate aquí.

Consulta legal: ¿Qué debo hacer si la Policía me detiene o me retiene?

Retención:
La retención hace referencia al control de identidad policial, que es la facultad que el nuevo Código Procesal Penal le da a la Policía para solicitar nuestra identificación por una razón específica. La norma establece que la Policía le puede pedir a un ciudadano cualquiera que se identifique cuando sea necesario para prevenir un delito o para obtener información útil para la averiguación de un hecho punible. Al mostrar su DNI, se da por identificado, recupera el mismo y queda autorizado para alejarse del lugar. Asimismo, el agente policial está en la obligación de identificarse y decir a qué dependencia policial pertenece, de manera que el ciudadano sepa si está legitimado para tal acción por ser, en efecto, un policía nacional.

¿Resolver un contrato por incumplimiento de deberes de protección?

La aplicación del remedio resolutorio presupone un juicio en donde se asume que el interés de una de las partes de una relación contractual ha decaído debido al incumplimiento imputable de su respectiva contraparte de ejecutar la prestación a su cargo. Por ende, se asume que el titular del interés lesionado tiene ahora un nuevo interés, esto es, el interés de quedar desvinculado de la relación jurídica instaurada con la denominada parte infiel. Para dar protección a dicho interés, el orden ha puesto a su servicio el derecho potestativo de resolver el contrato particular.

Editorial: Hacia la banalización del proceso de interpelación

La semana pasada se concretó en el Congreso los tres pedidos impulsados por distintas bancadas congresales para interpelar al Ministro de Energía y Minas, Eleodoro Mayorga, por el supuesto conflicto de intereses en favor de una empresa de capitales noruegos Interoil, empresa que habría asesorado antes de formar parte del Gabinete en un litigio contra el Estado Peruano. A su vez, se ha presentado igualmente un pedido para interpelar al Ministro del Interior, Daniel Urresti, a quien se le acusa de haber consignado cifras falsas sobre los operativos que está realizando para combatir la inseguridad ciudadana. La mayoritaria inasistencia de nuestros representantes de la Patria que desembocó en una falta de quórum y una consecuente, suspensión de la interpelación a Mayorga, es un indicio de que algo anda mal en la utilización de una figura como la “interpelación”, que legítima en su ejercicio, ha demostrado ser una práctica casi quijotesca a merced de algunos políticos que abusan de ella. En ese sentido, el presente editorial aboga por repensar una figura como ésta en lo que respecta su procedimiento para así, analizar si su uso responde a los fines para los cuales se creó legalmente o si es meramente un instrumento para satisfacer intereses políticos.