2014

La «U» y Alianza Lima: Después del campeonato 2013. ¿Qué? De la insolvencia al reflotamiento

Hemos tenido algunos hechos de nuestro fútbol que han hecho noticia internacional, por ejemplo, que los clubes más representativos del país, Universitario de Deportes, Alianza Lima, Sport Boys, Cienciano y Melgar fuesen declarados en insolvencia económica. Hoy, la noticia es buena: uno de los clubes quebrados, la U, se convirtió en el campeón del fútbol peruano, superponiéndose con resultados deportivos a la crisis patrimonial.

Entrevista al Dr. De Trazegnies, ex canciller de la República del Perú, sobre el Fallo de La Haya

ED: Este fallo constituye un significativo avance en materia de resolución de controversias por un tribunal internacional como una opción de paz. ¿Cómo podríamos asemejar este mecanismo de solución al acuerdo de paz que se derivó del conflicto con Ecuador en 1998?

FT: En 1998 se llegó a un acuerdo con Ecuador y también con Chile, con Chile solucionamos todo el aspecto terrestre. Mi estilo es siempre solucionar todo por la vía de la negociación y conversación antes de ir a una Corte internacional. En una Corte Internacional las cosas siempre se vuelven más complicadas. Cuando terminé con la parte del aspecto terrestre quise dedicarme al aspecto marítimo, pero justo eran las elecciones del año 2000 y el presidente me pidió que no moviera ese tema por razones políticas. Me dijo que me quedara un poco más como Ministro para ocuparme de esos temas, pero luego hubo todo un “BOLONDRÓN”. Mi idea era conversar, llegar a un acuerdo por la vía de la conversación. Después estuve alejado de los asuntos internacionales y, más bien durante el gobierno del Presidente Toledo se presentó una oportunidad de conversar, parece que no fue muy fácil, ya que la actitud de parte nuestra fue un poco aguerrida.

Editorial: La Haya: ayer, hoy y mañana

Han pasado poco más de seis años desde que el Perú presentó oficialmente la demanda por la delimitación marítima ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Tal es la relevancia de este evento que Enfoque Derecho decidió dedicarle artículos y entrevistas a importantes especialistas como parte de nuestra iniciativa de la Semana Temática, a fin de informar a todos los lectores sobre un hecho trascendental en la historia de nuestro país. Desde esta tribuna, y a pocas horas de conocer el fallo, consideramos que aún es oportuno echar un último análisis respecto a los ánimos que se viven tanto en Perú como en Chile, y recordar cuáles son las posibles implicancias de la sentencia y lo que nos espera una vez leída.

Principales hechos que antecedieron al diferendo de límites marítimos entre Perú y Chile

“El territorio de Tacna y Arica será dividido en dos partes. Tacna para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas partes y, en consecuencia, la frontera entre los territorios del Perú y de Chile, partirá de un punto de la costa que se denominará «Concordia», distante diez kilómetros al norte del puente del Río Lluta(…) Para el caso en que los Gobiernos del Perú y de Chile, no estuvieren de acuerdo en la interpretación que den a cada una de las diferentes disposiciones de este Tratado, y en que, a pesar de su buena voluntad, no pudiesen ponerse de acuerdo, decidirá el Presidente de los Estados Unidos de América la controversia (…)

Uso de la fuerza y Sistema Interamericano

La reciente promulgación en nuestro país de la Ley N° 30151, que modifica el artículo 20, inciso 11 del Código Penal, para establecer una exoneración de responsabilidad penal en favor del “personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que, en cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”, ha causado reacciones contrapuestas entre quienes la defienden como una medida necesaria y quienes la observan con sospecha como una medida potencialmente peligrosa que podría generar la impunidad de los agentes estatales que lesionan derechos humanos bajo el pretexto del cumplimiento de su deber.

Abugattas: “Las relaciones entre Chile y Perú van mucho más allá del conflicto en el mar.”

Entrevista a Gattas Abugattas, abogado especialista en Derecho Internacional Público.
Por: Josefina Miró Quesada, directora de Enfoque Derecho

ED: Creo que todos los peruanos deberíamos estar preparados para recibir el fallo de La Haya el próximo lunes 27 y la verdad es que he notado bastante desconocimiento con respecto a la controversia jurídica. Esto lamentablemente desemboca en un alarmismo, exaltación de pasiones (políticas, ideológicas), discusiones sobre una posible una guerra… se escucha de todo. Los abogados lamentablemente tampoco abonan a simplificar la materia, pues suelen recurrir a un lenguaje bastante técnico y enredado. Si tuvieras que explicarlo, lo más sencillo posible, ¿qué debería saber todo peruano sobre la controversia?

Entrevista a Ramiro Escobar sobre la coyuntura a propósito del Fallo de la Haya

ED: Luego de la lectura de la sentencia, ¿qué sigue para la respectiva ejecución?

RE: Es una etapa que viene inmediatamente. Para que sea ejecutado, la aceptación no solo debe ser explícita, sino con una disposición de ser consecuente con lo que se dice. ¿Eso qué implicaría? Pongamos un ejemplo: un nuevo convenio de pesca entre Perú y Chile; porque si se mueve en algo el límite, en caso sea a favor nuestro, algunas naves de pesca artesanal y de anchoveta chilena ya no podrían entrar a esta zona por ser territorio peruano. La otra cuestión es una estrategia para fortalecer vínculos diplomáticos, políticos, culturales, como lo que hicimos con Ecuador. Una disposición entre ambos países en la consciencia de que “se pasó la página” para acercar relaciones en distintos niveles.

Enfoque Derecho entrevista a César Bazán sobre la Ley 30151

ED: El día lunes, se publicó la Ley 30151 que modifica el Artículo 20, Inciso 11) del Código Penal. Se ha producido una polémica entorno a ello, se señala que la modificatoria es una licencia para matar, una carta blanca para los miembros de la Policía y de las Fuerzas Armadas. ¿Qué opinión le merece esto?

CB: Primero, es que es una ley innecesaria, porque la ley que esta modifica (el Art. 20, Inc. 11 del Código Penal) ya era una exoneración de responsabilidad para los policías y militares. Lo que se está haciendo con esta modificación es laxar los requisitos para esta exoneración. Antes, se decía que no tenían responsabilidad penal los policías y militares que en ejercicio de sus funciones utilizacen armas de fuego de manera reglamentaria. El uso reglamentario es el que se elimina con esta modificatoria. Entonces, se da mucha más flexibilidad y libertad para que los policías utilicen sus armas de fuego; esto, lamentablemente, es impunidad, porque si hay un exceso o abuso por parte de la Policía, entra también en esta exoneración de responsabilidad. En buena cuenta, es una licencia para matar la que se le otorga a los policías y militares.

Editorial: Licencia peligrosa

El pasado lunes se promulgó la Ley No. 30151, cuya modificación del artículo 20, inciso 11, del Código Penal ha generado gran polémica. Quienes defienden la ley consideran se trata de una medida necesaria debido al sinnúmero de juicios considerados “injustos” a policías y militares que al momento de defenderse han hecho uso de armas distintas a las reglamentarias. Por el contrario, quienes la consideran innecesaria sostienen que nuestro ordenamiento jurídico ya prevé este tipo de situaciones. Somos partidarios de esta última postura; pero además, consideramos que se trata de una medida contraria a disposiciones internacionales, insuficiente por sí sola, y un peligro para derechos fundamentales como la vida e integridad humana.

El amparo del expresidente García y la labor de la Megacomisión

“García no podrá ser acusado por la Megacomisión”. Así lo indicaba el 09 de enero la primera plana de un importante medio de comunicación, precisamente al día siguiente de dictarse la sentencia de amparo que acogía parcialmente el pedido del ex presidente García. A veces el lenguaje jurídico que identifica a una sentencia puede generar lecturas equivocadas. Otras veces factores distintos -políticos, ideológicos, simpatías personales, etc.- lo hacen. Luego de revisar la extensa sentencia dictada por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Lima, cuyas sesentiocho páginas superan largamente el promedio, queda claro que la Megacomisión sí podría recomendar una acusación contra el ex presidente. Veamos sus alcances.