
César Landa | ¿Cabe una censura contra Francisco Sagasti?
¿Crees que el Congreso tome alguna medida contra Francisco Sagasti?

¿Crees que el Congreso tome alguna medida contra Francisco Sagasti?

Por Aaron Aleman. Abogado por la PUCP. Actualmente es abogado penalista del Estudio Jurídico Arbizu & Gamarra. Asimismo, es especialista en control, prevención y sanción de la corrupción por la PUCP. y Gino Delzo. Abogado por la UNMSM. Actualmente es juez del Juzgado Colegiado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao. Magister en Derecho Penal Económico Internacional en la Universidad de Granada. “La falta de integridad en las figuras e instituciones políticas, así como entorno a los procesos electores, debilita los cimientos de las democracias y redunda en la desconfianza en los líderes políticos”- Barómetro de la Corrupción Global: Latinoamérica y el Caribe.” Introducción: La democracia sienta sus principios sobre la base del respeto y la tolerancia de

Por Enfoque Derecho El fin de semana se llevó a cabo la segunda vuelta de las elecciones presidenciales que reunió la atención de todo el país. Sin embargo, mientras todos esperaban los comicios, el día 01 de junio, el Congreso aprobó el proyecto de resolución legislativa que establece una cuarta legislatura; con 75 votos a favor, 33 en contra y 5 abstenciones. Según el presidente de la Comisión de Constitución, Luis Valdez, esta decisión busca aprobar aquellas reformas constitucionales que recibieron el visto bueno en una primera legislatura. Asimismo, actualmente viene desarrollándose desde inicios febrero la tercera legislatura hasta el 12 de junio; la cuarta legislatura iniciará al día siguiente y durará hasta el 16 de julio de este año.

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¿Qué significa? El artículo 5 de la Constitución define a la unión de hecho como: “La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes sujeta al régimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable” ¿Cuáles son las requisitos que constituyen una convivencia como unión de hecho? La convivencia propia (unión de hecho) reconocida por nuestro ordenamiento jurídico, debe cumplir los siguientes requisitos: Unión estable entre un varón y mujer Unión realizada de forma voluntaria Libres de impedimento matrimonial Duración de por lo menos 2 años continuos Exclusiva (monogámica) y notoria ¿Cómo registrar la unión de hecho? Acudir a un notario público

Por Gerardo Guzmán Espino. Socio del Área Financiera y Reestructuración BBGS Saco-Vertiz & Landerer Abogados y LL.M en Derecho y Economía por la Universidad de Londres Escribo este artículo porque recientemente he recibido algunas consultas de clientes y comentarios de colegas respecto a si los créditos Reactiva están excluidos o no de los procedimientos concursales; es decir, si un deudor de un crédito Reactiva se acoge a un procedimiento concursal, ¿la ESF (Entidad del Sistema Financiero), podría reconocer su crédito ante INDECOPI? ¿la Junta de Acreedores podría tomar una decisión sobre si confirma o modifica los términos y condiciones de pago a que está sujeto el crédito Reactiva? ¿El hecho que un deudor se acoja a concurso determina que

Por Enfoque Derecho, con la opinión de Miguel Mena (CMS Grau) y Eduard Saavedra (Baxel Consultores) ¿Quién no ha escuchado, en algún momento, que el Perú debería tener una “aerolínea bandera” administrada por el Estado? Esta discusión viene de hace mucho tiempo atrás, -como veremos a continuación-; sin embargo, esta ha cobrado vigencia en los últimos meses, debido a una propuesta presentada por el Congreso, para considerar de necesidad pública la creación de una aerolínea de bandera 100% estatal administrada por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y con cargo a presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Uno de los asesores e impulsores de la propuesta planteada fue Julián Palacín, quien, cabe

Por Maria Fernanda Mondragon Ticlla, estudiante de séptimo ciclo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Introducción En el contexto actual, buscamos soluciones económicas y eficaces frente a los problemas que se derivan de acontecimientos imprevisibles de la naturaleza. La pandemia obligó a las personas a pensar cómo evitar terminar en el Poder Judicial sin antes negociar con sus acreedores/deudores frente a la prestación a la que se habían obligado. El deber de negociar como parte de la mitigación de daños y la buena fe contractual que estipula nuestra legislación nos ha llevado a plantearnos la posibilidad de alegar la fuerza mayor como una salida rápida para evitar problemas con los acreedores/deudores, pero, hasta cuándo podríamos tomar

Por Enfoque Derecho La segunda vuelta de las Elecciones 2021, se llevaron a cabo el día de hoy, 6 de junio. Las mesas de votación cerraron a las 7:00 pm, finalizando así la jornada electoral, desarrollada en el marco de la pandemia. Recordemos que los y las ciudadanas peruanas habilitadas para votar sobrepasan los 25 millones, y en la primera vuelta (11 de abril) asistieron a ejercer su derecho de voto solamente 17′713,716 peruanos y peruanas. De acuerdo a las declaraciones de Piero Corvetto, jefe de la ONPE, los primeros resultados oficiales serán anunciados a las 11:30 de la noche de hoy. Además, al igual que en la primera vuelta, estos resultados se irán actualizando cada 30 minutos hasta completarse el

Grupo La República presenta demanda por designación de director periodístico de América TV El Grupo La República presentó una demanda contra la Empresa Editora El Comercio, ahora Vigenta Inversiones, por el supuesto ejercicio abusivo de un derecho societario cuando designaron al nuevo director periodístico de América TV. Dicha demanda fue presentada ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. Según indica la demanda, el 13 de febrero de 2003 las partes suscribieron un convenio de accionistas, el cual establecía en la cláusula 7.3 el procedimiento de designación del director periodístico. Sin embargo, según señalan los demandantes, no se cumplió dicha cláusula cuando el accionista mayoritario de América TV decidió remover inesperadamente a la entonces directora periodística









