


EDITORIAL | “Con mis hijos no te metas”: El PL 904 y el intento por eliminar la ESI y el enfoque de género de la educación peruana
Por Enfoque Derecho Introducción En diciembre de 2021, el congresista y presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso, Esdras Medina, presentó el Proyecto de Ley 904/2021-CR titulado “Ley que impulsa la calidad de los materiales y recursos educativos en el Perú”[1]. A pesar de que su título trata de presentar al proyecto como una iniciativa que busca la mejora de la calidad educativa en nuestro país, lo cierto es que su contenido dista mucho de representar un avance en la educación. Al contrario, representa un retroceso en la evolución del sistema educativo peruano y una afectación a los derechos humanos. A modo de resumen, y sin perjuicio de ser abordado detalladamente en el segundo apartado del

Régimen Tributario y Gravámenes a la Minería
Por Luisa Peralta, Asociada de Santiváñez Abogados, con estudios de postgrado por la Universidad Santiago de Compostela (España) y Universidad Austral (Argentina). Un agradecimiento especial por la colaboración en la realización de este artículo al equipo tributario del Estudio Santiváñez integrado por Milagros Fernández, Patricia Casachagua y Miguel Rosas. El Perú es un país minero. A nivel mundial, el Perú se ubica entre los primeros productores de diversos metales. Es el sexto productor de oro, tercer productor de plata, segundo productor de cobre, cuarto productor de plomo y tercer productor de zinc[1]. Es así que la minería contribuye de manera importante a la economía peruana. La actividad minera en nuestro país se encuentra regulada por la Ley General de Minería

La prueba digital, material y su exhibición en juzgamiento
Por Paul Iriarte, miembro actual del Instituto de Defensa de los derechos fundamentales «Eugenio Raúl Zaffaroni» Sumario: 1. Introducción; 2. La prueba digital, material y su exhibición en juzgamiento; 3. Validación, autenticación y acreditación de la prueba digital y material; 4. No acto de reconocimiento en juzgamiento; 5. Conclusiones 1. Introducción El proceso judicial se caracteriza por tener rigor cognitivo. Es decir, se ajusta a un método procedimental, que pauta actos procesales de necesaria realización, en razón de postular información y esta sea resuelta por un juez competente judicialmente. Si bien se postula una aproximación a la verdad, este concepto se caracteriza por ser absoluto y objetivo, en cambio, la aproximación a la verdad es graduable. Por ello, debe adoptarse

¿Pueden las Municipalidades Distritales prohibir la instalación de postes de telecomunicaciones en determinadas áreas públicas? Breve análisis a partir de la regulación de barreras burocráticas
Por Braylyn Paredes, Asociada del Área de Derecho Administrativo y Regulatorio del Estudio Rubio, Leguía y Normand. Bachillera en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. 1. Aspecto preliminar: ¿qué es una barrera burocrática y cuáles son sus alcances? Las barreras burocráticas son aquellas exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones y/o cobros que impone una entidad pública para condicionar, restringir u obstaculizar el acceso y/o permanencia de los agentes económicos en el mercado y/o que puedan afectar a administrados en la tramitación de procedimientos administrativos[1]. Así, concordamos con el sector de la doctrina[2] que establece que este concepto está relacionado con una afectación arbitraria y desproporcionada al derecho de la libertad de empresa contenido en el artículo 58 de la Constitución

¿La flexibilidad soporta todo?: La mal entendida libertad de alegar y probar en cualquier momento del arbitraje
Por Bryan Cillóniz abogado por la Universidad Nacional Federico Villarreal y asociado junior en Santiváñez Abogados Probablemente, en más de una oportunidad hemos podido identificar como una o ambas partes en un arbitraje presentan – sin ningún tipo de impedimento – escritos con alegaciones o pruebas que, misteriosamente ven la luz luego de haberse remitido los escritos postulatorios, o lo que es más grave, después del cierre de la etapa probatoria. Esta situación es asidua en muchos arbitrajes y pueden presentarse principalmente dos situaciones: (i) que, las partes hayan pactado reglas específicas para la presentación de escritos y pruebas o (ii) que, no se regule nada sobre el particular. Supongamos que usted es árbitro en un caso en donde las

Reflexiones sobre el nuevo reglamento del servicio de transporte de taxi. ¿El inicio de la reforma?
Por Pavel Flores Flores, Abogado y Magíster en Educación por la Universidad de San Martín de Porres. Especialista y coordinador legal de la Autoridad de Transporte Urbano. Miembro de la Sociedad Peruana de Derecho y del Centro de Estudios en Políticas de Protección al Consumidor de la Universidad de San Martín de Porres. Premio Darío Herrera Paulsen 2016 y Premio Mario Alzamora Valdez 2020 I. Introducción El pasado 27 de enero de 2022, se publicó el nuevo “Reglamento que regula la prestación del Servicio Público de Transporte Especial en la modalidad de Taxi en Lima y Callao”, siendo que este reemplazaría a la aún vigente Ordenanza N° 1684-MML y la Ordenanza N° 047-2010-MPC, que regulaban el servicio de transporte de

Infografía | Sociedades y tipos societarios

Análisis de la participación en el incremento del valor del suelo desde el derecho tributario
Por David Rubio Alcántara, estudiante de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, asistente de Docencia en la misma casa de estudios (2021), y miembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil THEMIS. I. DERECHO A LA PROPIEDAD La propiedad, derecho real por excelencia, se caracteriza por ser absoluto, exclusivo y perpetuo. Es absoluto en la medida que le confiere la mayor cantidad de atributos posibles a su titular. (usar, disfrutar, disponer y reivindicar)[1]. Es exclusivo pues nace para tener un aprovechamiento autónomo (sin interferencias de terceros). Es perpetuo en la medida que no se requiere ejercer el derecho para conservarlo (salvo causales de extinción previstas en el artículo 968 del Código Civil). Sin embargo, el carácter absoluto de la

Enfoque Semanal del 7 al 13 de febrero
Juramentó nuevo Consejo de Ministros. El presidente Pedro Castillo tomó juramento este martes en Palacio de Gobierno a su cuarto gabinete ministerial desde que asumió el poder, en julio de 2021. El gabinete ahora está liderado por Anibal Torres, exministro de Justicia. A este principal cambio se suman seis nuevas figuras en las carteras de Salud, Ambiente, Justicia, Energía y Minas, Mujer y Poblaciones Vulnerables y Desarrollo Agraria y Riego. El cambio se realiza luego de la salida del expremier Héctor Valer, tras conocerse las denuncias por violencia familiar contra su esposa fallecida y su hija. El nuevo Gabinete deberá asistir al Congreso dentro de los próximos 30 días para solicitar el voto de confianza. Fuentes: https://gestion.pe/peru/politica/pedro-castillo-los-6-nuevos-ministros-de-su-cuarto-gabinete-y-los-que-continuan-rmmn-noticia/?ref=gesr https://www.gob.pe/institucion/presidencia/noticias/582335-presidente-castillo-tomo-juramento-al-nuevo-gabinete-ministerial https://www.france24.com/es/am%C3%A9rica-latina/20220209-peru-castillo-nuevo-gabinete-ministros Comisión

Infografía | Principios del Derecho de Trabajo

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