
Reflexiones sobre el Apéndice II, artículo 5 del Reglamento de Arbitraje de la CCI y los riesgos de su aplicación en sede judicial peruana
Por Erick Milder Ayón Camarena, abogado por la Universidad de San Martín de Porres, egresado de la Maestría en Derecho Civil en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Cuenta con especialización en Arbitraje en Contrataciones con el Estado por la misma casa de estudios y en Arbitraje Internacional e Inversiones en la Universidad del Pacífico. Actualmente forma parte del equipo de arbitraje de la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) se ha consolidado como el referente más influyente en la práctica arbitral contemporánea, al punto de ser considerado el estándar de excelencia para la resolución de disputas complejas y transnacionales. Esta posición se ve respaldada por una






