Consejo de Trabajo

Blog colectivo del área de Derecho Laboral del estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados.

Cambios a la normativa de teletrabajo ¿retrocesos?

Por Crisbeth Vigo Florián, abogada por la PUCP, Asociada de Rodrigo, Elías & Medrano Abogados, miembro del GRIDEH-PUCP (Grupo Interdisciplinario de investigación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario) y asociada extraordinaria de THĒMIS. La Nueva Ley de Teletrabajo, Ley N° 31572 (NLT) se publicó el 11 de setiembre del 2022 y su Reglamento (D.S. 002-2023-TR), el 26 de febrero de 2023. Estas normas establecen el marco normativo para el uso del teletrabajo en las entidades de la administración pública y en las empresas privadas, con la finalidad de garantizar o promover el trabajo decente y la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral[1]. Esta normativa incorpora diversas novedades en comparación con la legislación derogada (Ley N° 30036) e

Límites al deber de capacitación en materia de seguridad y salud en el trabajo

Por Greta Monge, Abogada de la PUCP con especialización en SST, abogada senior del estudio Rodrigo, Elías y Medrano Abogados El deber de prevención viene siendo malentendido por las diferentes instancias judiciales y administrativas Se piensa que el empleador es absolutamente responsable de la integridad del trabajador, incluso, frente a actos cometidos por negligencia o imprudencia, en pocas palabras, frente a actos subestándares, entendiéndose como tal a las acciones o prácticas incorrectas de los trabajadores que puedan causar un accidente. El derecho del trabajador de ser capacitado en la prevención de riesgos laborales tiene como contrapartida el deber de formación e información del empleador, que conlleva efectuar todas las acciones necesarias para que dicho conocimiento sea oportuno, adecuado y efectivo

Apuntes sobre el teletrabajo internacional

Por Daniel Francisco, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Harvard. Especialista en Movilidad Global (GMS-T®) certificado por Employee Relocation Council Worldwide. Asociado Senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados y profesor de Derecho Laboral en ESAN Graduate School of Business. Asociado Extraordinario de la Asociación Civil Themis. INTRODUCCION A raíz de la pandemia de COVID-19, el teletrabajo ha llegado para consolidarse como una forma de trabajo funcional y permanente en el ámbito laboral. Este fenómeno demostró ser una herramienta efectiva debido a la necesidad de mantener la continuidad de las operaciones durante las restricciones sanitarias, y es común y legalmente reconocido en diversas jurisdicciones. A pesar del levantamiento

Consideraciones para la captura y publicación de fotos de trabajadores en las redes sociales o páginas web de las empresas

Por Jimena Ayala Mezzich, abogada summa cum laude por la Universidad del Pacífico, asociada del Despacho Laboral de Rodrigo, Elías & Medrano Abogados y experta certificada en Protección de Datos por el Institute of Audit & IT-Governance. Con el crecimiento de las redes sociales, la publicidad por medios virtuales se ha posicionado como una herramienta sumamente útil, y hasta necesaria, para muchas empresas. Típicamente, se encontraban fotos de figuras públicas promocionando un producto o servicio; sin embargo, son cada vez más las compañías que deciden publicar imágenes de sus trabajadores como parte de su estrategia de comunicación digital. La relación de trabajo se caracteriza por la subordinación del trabajador hacia el empleador. En virtud del poder de dirección, el empleador

Hostigamiento Sexual, ¿cómo valoramos el testimonio de la víctima?

Por Claudia Cermeño, Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asociada del estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. En las investigaciones de hostigamiento sexual es muy frecuente que, a pesar del esfuerzo desplegado, no se obtenga evidencia de la conducta denunciada en sí misma. Lo usual es encontrarse con dos testimonios (de la presunta víctima y del/la presunto/a hostigador/a) que difieren entre sí respecto de lo esencial: la conducta sexual o sexista, no deseada, que podría afectar la situación laboral de la presunta víctima. Ello es así debido a que muchas de las conductas configuradoras de hostigamiento sexual colindan con situaciones íntimas y, debido a ello, suelen propagarse en situaciones aisladas, con poco o nulo público, o en lugares privados.

Posiciones sobre la extensión de convenios colectivos de eficacia limitada

Por Mariana González-Prada, Master of Laws (LL.M.) The London School of Economics. Abogada summa cum laude por la Universidad de Lima. Asociada Senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados y profesora de la Facultad de Derecho en la Universidad del Pacífico. ¿Puede un empleador extender los beneficios de un convenio colectivo de eficacia limitada? Como consecuencia de recientes pronunciamientos contradictorios de la Corte Suprema y del Tribunal de Fiscalización Laboral, los empleadores no tienen certeza sobre la posibilidad de extender los beneficios de un convenio colectivo suscrito con un sindicato minoritario a otros trabajadores no sindicalizados. En este artículo expondremos las distintas posiciones que han adoptado las instituciones del derecho laboral a lo largo del tiempo y buscaremos aclarar la

¿Cuál es el plazo para poner en práctica un despido? Consideraciones sobre el principio de inmediatez en materia laboral

Por André Mardini, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. INTRODUCCION En toda relación laboral, el empleador y el trabajador tienen una expectativa tutelable de conservar el vínculo contractual. De ahí que la oportunidad de la parte afectada para hacer responsable a la otra por el incumplimiento en sus obligaciones laborales no sea a plazo indefinido. En gran medida, alcanzar un adecuado clima de trabajo y optimizar el desempeño profesional y productividad empresarial depende de que las oficinas de recursos humanos, o la que haga sus veces, resuelvan rápidamente los conflictos que puedan suscitarse en el centro de trabajo; en especial, cuando es necesario utilizar las potestades disciplinarias del empleador

Consideraciones sobre la participación de la empresa contratista en un proceso sobre desnaturalización de vínculo laboral

Por Eulogio Peña, Master of Laws (LL.M.) The University of Melbourne. Abogado por la Universidad de Lima. Asociado Senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados y profesor de la facultad de Derecho en la Universidad Científica del Sur. ¿Debe participar la empresa contratista en un proceso judicial promovido por un trabajador suyo que desea ser reconocido como personal de un tercero – empresa usuaria? Esta inquietud surge como consecuencia de la doctrina jurisprudencial emitida por la Corte Suprema en la Casación Laboral No. 18491-2019, donde se establece que solo tendrá legitimidad para obrar como demandado en este tipo de reclamos aquella empresa que el trabajador sindica como verdadero empleador. Nuestro objetivo con este artículo es procurar aclarar tal interrogante

La defensa antes y después de una sanción laboral

Por André Mardini Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asociado del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. INTRODUCCION Uno de los desafíos más delicados para los departamentos de recursos humanos es diseñar e implementar normas de conducta que, a la par de conservar un adecuado clima de trabajo u optimizar el desempeño profesional y productividad de sus trabajadores, sean eficaces y resuelvan rápidamente los conflictos que puedan suscitarse en el centro de trabajo. Para alcanzar estos objetivos, la potestad disciplinaria es una herramienta indispensable pues permite reestablecer el orden, garantizando que los empleados cumplan con las políticas y procedimientos empresariales y se respeten los estándares de conducta laboral. Sin embargo, el ejercicio de esta facultad requiere que el empleador

Investigaciones internas y protección de datos personales: ¿puede el empleador implementar un software para identificar actividades ilícitas de sus trabajadores?

Por Iván Blume Moore, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado del estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. INTRODUCCIÓN En el marco de las acciones de corporate compliance, las empresas pueden iniciar investigaciones internas que involucren a sus trabajadores, con el propósito de identificar y evitar riesgos operativos y legales, así como para determinar la verosimilitud de las denuncias recibidas a través de los canales internos de la empresa, y ―en su caso― tomar las acciones correctivas y legales que resulten pertinentes. Antes de iniciar un procedimiento de investigación interna, sea por la sospecha de fraude, comisión de delitos, incumplimiento del código de conducta o reglamentos internos de la empresa, entre otros; uno de los aspectos fundamentales que