Civil

Los efectos en sede registral de la nulidad e ineficacia

Por Alberto Meneses Gómez, Abogado por la U.I.G.V. Magíster en Derecho Registral y Notarial – U.S.M.P. Egresado del Doctorado en Derecho – U.S.M.P. Asociado senior del área inmobiliaria del Estudio Olaechea. A nivel registral, es común que lleguen oficios judiciales solicitando la inscripción de una sentencia que declara la nulidad de un acto jurídico o de una que declara la ineficacia de un acto jurídico, las cuales tienen efectos distintos, por lo que en el presente documento revisaremos brevemente cuál es el efecto que tiene cada una de estas sentencias y su implicancia a nivel registral. La nulidad de un acto jurídico se encuentra regulada en el artículo 219° y siguientes del Código Civil. Por su parte, la ineficacia del acto

Una relectura de la sentencia del caso del tercero de buena fe. Contribución a la conceptualización de la función social de la propiedad a propósito del “deber de diligencia con relación al registro”

Por David Rubio Alcántara, estudiante de Derecho de la Pontifica Universidad Católica del Perú. Asistente de Docencia de Derecho Tributario General (2022) y Derechos Reales. Practicante del Área Inmobiliaria del Estudio De la Flor, García Montufar, Arata & Asociados. Exmiembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil THEMIS. El presente artículo no tiene como objetivo abordar todas las instituciones jurídicas analizadas en la sentencia del caso del tercero de buena fe, máxime si la constitucionalidad de la Ley N° 30313 todavía es debatida en la doctrina nacional. En tal sentido, las siguientes líneas pretenden desarrollar la regulación de la función social de la propiedad en el ordenamiento jurídico peruano, así como la (in)debida fundamentación del “deber de diligencia con relación

El derecho de propiedad y su afectación por la delimitación de una faja marginal

Por Armel Fort López, Alumno de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Asociado y ex-miembro del Consejo Directivo de la Revista Jurídica Advocatus. Socio CEA-40 del Club Español e Iberoamericano del Arbitraje. Actualmente es practicante de Energía y Recursos Naturales en DLA Piper Perú. El objeto del presente artículo es desarrollar las consecuencias jurídicas que supone de la delimitación de una faja marginal por parte de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) respecto al derecho de propiedad de las personas que habitan en los predios rústicos aledaños a los ríos (los sujetos pasivos). En este marco, se demostrará que el Estado no puede atribuirse la propiedad de todos los terrenos ubicados dentro de las fajas marginales, sin

Limites a la propiedad predial: los retiros municipales y su nivel de cumplimiento en una ciudad informal

Por: Franco Soria Palacios, socio del Área Inmobiliaria y de Saneamiento de Tierras del estudio Rubio Leguía Normand. Introducción La propiedad predial para su adecuado ejercicio y en pro del cumplimiento de su función social, tiene una serie de limitaciones, tales como la zonificación, la obtención de licencia de edificación o habilitación urbana, el cumplimiento de aportes y retiros municipales, entre otros. En el presente artículo analizaremos el retiro municipal visto desde el aspecto técnico legal, pero con un fuerte acercamiento a la realidad existente en el país, en donde nos encontramos con un mercado inmobiliario altamente informal. Buscando tener una visión integral del tema, analizaremos la regulación que existe sobre lo mismos a través del Reglamento Nacional de Edificaciones,

¿Quién es un extranjero con situación migratoria regular? Las nuevas obligaciones de los arrendadores

Por Juan Carlos Ruiz Del Pozo, Abogado por la Universidad ESAN. Consultor Senior en Migración Corporativa en Fragomen, Del Rey, Bernsen & Loewy. I. Introducción El pasado 15 de febrero de 2023, se publicó la Ley que modifica los artículos 10, 45, 61 y 63 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, en el marco de la seguridad ciudadana, Ley Nº 31689, (en delante, “la Ley”). Esta normativa se da como resultado de la acumulación de siete proyectos de ley y fue observada por el Ejecutivo el 9 de agosto de 2022[1], siendo finalmente aprobada por insistencia. La nueva fórmula legal agrega como inciso 3 del artículo 61 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones (en adelante, “DLM”)

Algunos aspectos teóricos y prácticos de la aplicación de la cláusula penal en el derecho civil peruano

Por Roger Vidal Ramos, doctor y magíster en Derecho Civil por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Postgrado en arbitraje de inversiones en  American University  Whashington Collegue of Law (Estados Unidos). SUMARIO: 1. Introducción / 2. Cláusula penal / 2.1. Indemnización adelantada / 2.2. Sin probanza / 2.3. Anticipado / 2.4. Convencional / 2.5. Estratégica-Incentivas / 3. Reducción de la penalidad / 4. Conclusiones Introducción La cláusula penal -ya sea de un acuerdo, pacto o estipulación- en muchas oportunidades no se incorpora dentro de un contrato. Esta facultad de establecer el pacto de cláusula penal es otorgada por el ordenamiento jurídico, la cual se encuentra prescrita en el Código Civil peruano entre los artículos 1341 al 1350, y por estricta aplicación

INFOQUE | ¿Cuál es la diferencia entre acto jurídico y hecho jurídico?

#DerechoCivil ?? ¿Conoces la diferencia entre #actojurídico y #hechojurídico? ¿Sabes qué tipos existen? En la siguiente #Infografía, te explicamos en qué consiste cada uno de ellos y dónde es posible hallar sus particularidades. ¿qué otro tema te gustaría que abordemos en el siguiente #infoque? ➡️ ¡Coméntanos, te estamos leyendo!  

Bienes intangibles. ¿Es adecuado que los intercambios que involucren intangibles califiquen dentro del tipo contractual compraventa?

Por Gabriela Maldonado Cárdenas, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociada ordinaria de la Asociación de Resolución de conflictos y más (arc+).  Introducción En nuestro país el contrato de compraventa es definido por el Código Civil en su artículo 1529 como “por la compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero”. Es decir, la norma identifica al sujeto vendedor que se compromete a realizar la transferencia del bien mueble o inmueble y al comprador quien tiene la obligación de pagar el precio en dinero. Asimismo, el contrato de compraventa es definido como un contrato típico; es decir, que su

¿Es la extensión del Derecho al Régimen de Visitas una inclusión a la Familia Ensamblada?

Por Liliana Bacilio Zavaleta. Egresada de la carrera profesional de Derecho en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas-UPC, con estudios en Derecho Civil por la Universidad de la Sabana. Introducción El vacío normativo que ha advertido el Tribunal Constitucional en torno al reconocimiento de derechos para los padre e hijos afines, mediante los expedientes N° 09332-2006-PA/TC, 4493-2008-PA/TC y N.° 01849-2017-PA/TC, ha develado  que no existe un estatus determinado para el padre afín en el marco del Derecho de Familia peruano. El silencio en esta cuestión ha generado que, en la actualidad, los padres afines no tengan una condición definida en vista al rol que desempeñan. Esto ocurre, porque nuestra normativa nacional, no contempla el modelo familia ensamblada y, por el

Ley 31145 y sus implicancias -provisionales – para la independización de terrenos rústicos en el Registro de Predios

Por Cristian Ociel Caballero Arroyo. Abogado y maestro con mención en Derecho Civil y Comercial por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Abogado de la IV Sala del Tribunal Registral – Sede Trujillo. Docente del curso de Derecho Notarial y Registral de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Introducción El 27.3.2021 se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Ley 31145 (en adelante, la ley), que tiene por objeto establecer el marco legal para la ejecución de los procedimientos de saneamiento físico-legal, formalización de los predios rústicos y de tierras eriazas habilitadas en propiedad o posesión de particulares a nivel nacional a cargo de los gobiernos regionales (artículos 1 y 2). El artículo 5 de la ley distingue entre