derecho constitucional

07.12.22 – Analizando el [fallido] golpe de Estado de Pedro Castillo

Introducción. ¡Golpe! El 7 de diciembre de este año, fuimos testigos de un acontecimiento que nos sumió en un gran desconcierto para el futuro de nuestro país. El, en ese entonces, presidente Pedro Castillo Terrones, en un mensaje a la Nación, anunció su decisión de cerrar el Congreso de la República y aplicar un “gobierno de excepción”, a pocas horas del debate de la moción de vacancia en su contra. Minuto tras minuto, se decretaron medidas que traspasaron nuestro orden constitucional. Pese a ello, iniciaron las dimisiones de varios ministros, decantando la pronta caída del [corto] régimen castillista; así como la decisión del Congreso de la República de mantenerse firmes y aprobar con mayoría absoluta la vacancia del presidente Castillo.

Los mandatarios presidenciales de México, Colombia, Argentina y Bolivia respaldan a Pedro Castillo

En un comunicado conjunto, los gobiernos latinoamericanos encabezados por Andrés Manuel López Obrador (México), Gustavo Petro (Colombia), Alberto Fernández (Argentina) y Luis Arce (Bolivia), manifestaron su preocupación en relación a los sucesos que provocaron la remoción y detención de Pedro Castillo, sin referirse a su intento de disolver el Congreso.  De ese modo, argumentaron que Castillo había sido víctima de un hostigamiento antidemocrático, el cual se encuentra contemplado en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como de un tratamiento judicial que vulnera el artículo 25 de la misma convención. Por ese motivo, los cuatro países instaron a los actores competentes a “priorizar la voluntad ciudadana que se pronunció en las urnas”, y así “de abstenerse

Enfoque Semanal del 21 al 27 de noviembre

1. Aníbal Torres renunció al cargo de premier luego de que el Congreso rechace de plano la cuestión de confianza. El último 24 de noviembre, Aníbal Torres presentó su carta de renuncia al cargo de presidente del Consejo de Ministros, en vista de que la Mesa Directiva del Congreso optó por rechazar de plano la cuestión de confianza que había presentado hace una semana.  Diversas personalidades de la política peruana se mostraron a favor de la salida de Torres, pues consideraron que era necesaria una renovación ministerial, pues las gestiones de muchos ministros no fueron positivas. Cabe recordar que Aníbal Torres ostentaba el cargo desde el pasado 08 de febrero y fue el cuarto presidente del Consejo de Ministros en

Tribunal Constitucional resuelve tres procesos de hábeas corpus interpuestos por el presidente Pedro Castillo

El martes 22 de noviembre, el Tribunal  Constitucional resolvió tres demandas de hábeas corpus que fueron interpuestas a favor del presidente Pedro Castillo. La primera fue declarada fundada en oposición a los congresistas que integran la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Además, se anuló la denuncia constitucional por traición a la patria. En la segunda sentencia, se trataron las amenazas de vacancia. Por último, la tercera se pronuncia sobre el allanamiento contra Palacio de Justicia. 1. Expediente N° 04044-2022-HC/TC: Hábeas corpus contra traición a la patria Tras la polémica entrevista realizada por el periodista Fernando Del Rincón al presidente Pedro Castillo para la cadena de noticias CNN, un grupo de ciudadanos formularon una denuncia constitucional, que fue acogida por dos congresistas.

INFOQUE | ¿Cuál es la diferencia entre libertad personal y libertad individual?

#Libertad ?? ¿Conoces la diferencia entre libertad #personal e #individual? En la siguiente #Infografía, te explicamos en qué consiste cada una de ellas y dónde es posible hallar sus particularidades. ¿Qué otro tema te gustaría que abordemos en el siguiente #Infoque? ¡Coméntanos, te estamos leyendo! ⬇️

La pertinencia textual de un “Estado de derechos”:  el neoconstitucionalismo en el caso ecuatoriano  

Por Mercedes Bueno Barra, estudiante de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y miembro del consejo editorial de Enfoque Derecho. Históricamente, a raíz de la transición liberal que marcó el abandono del absolutismo desde el siglo XVII; los ordenamientos jurídicos han experimentado cambios que mudaban continuamente la configuración del Estado. Actualmente, esta dinámica continúa en un  progresivo desarrollo y, contrario a lo que se podría suponer, su configuración más reciente, y -acaso- ambiciosa y sofisticada, no se limita a lo que se suele entender por “Estado constitucional de Derecho”. Antes bien, la complejidad de la concepción actual de la democracia parece exigir, en suma, formas más pulidas de  organizar las normas e instituciones jurídicas

Fortalecimiento de libertades y derechos sindicales: Sobre la modificación del Reglamento de las Relaciones Colectivas de Trabajo

Por Diego Motta. Abogado y profesor laboralista. Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. El 24 de julio de 2022, se ha publicado el Decreto Supremo N° 014-2022-TR, que modifica el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (LRCT). La norma regula las relaciones laborales colectivas entre trabajadores y empleadores; reconociendo, garantizando y fomentando los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. RELACIONES COLECTIVAS LABORALES Y DEMOCRACIA: Tanto el reglamento original, como la LRCT fueron parte de las reformas neoliberales introducidas hace 30 años por el régimen dictatorial fujimorista. Ambas normas fueron los productos normativos predilectos emergidos tras el golpe de estado del 5 de abril de 1992, fecha en la que

La reforma aprobada en el Congreso de la República sobre los costos procesales en el hábeas data: ¿Una solución adecuada?

Escrito por Arturo Crispín Sánchez, Coordinador ejecutivo de Gaceta Constitucional & Procesal Constitucional. Cursando estudios de maestría en Derecho Constitucional & Derechos Humanos por la UNMSM. Expasante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en San José, Costa Rica La nueva conformación del Tribunal Constitucional viene construyendo, durante los primeros dos meses de su gestión, una línea jurisprudencial estricta en torno a lo que se refiere a las solicitudes de acceso a la información pública y su desnaturalización por algunos abogados, quienes estarían interponiendo múltiples hábeas data a fin de obtener un aprovechamiento económico a través de los costos procesales. Recordemos que este problema no es nuevo. La mayoría de la anterior composición del Colegiado, a través de múltiples casos

Playlist de DDFF | Derechos de la Vida Privada

#DerechosFundamentales ? ¿Qué es lo que entiendes por #privacidad y #intimidad? ¿Sabes cuáles son las diferencias entre los derechos al #honor y la #buenareputación? Como parte de la #PlaylistDeDDFF, en la siguiente entrevista, Trilce Aguilar, abogada y profesora constitucionalista de la Universidad Católica San Pablo y Maestra en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, conferido con honores por la Universidad de Northwestern, nos responde estas cuestiones al describir su libro: «Derechos de la vida privada: Privacidad, intimidad, honor y buena reputación, autodeterminación informativa y secreto e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados», que forma parte de la colección «Los Derechos Fundamentales. Homenaje por el Bicentenario de la Independencia», de @palestraeditores. ¿Conocías el contenido de estos derechos? ▶️ ¡Coméntanos!