Derecho Laboral

El part time, su regulación y los minutos que hacen la diferencia en tus derechos

Por Fiorella Pachas Quispe, estudiante de derecho de la PUCP y directora de eventos de GEOSE. En el presente artículo presentaremos breves reflexiones sobre el trabajo part time partiendo de dos críticas fundamentales: su escasa regulación en el ordenamiento peruano y la privación de derechos individuales importantes para el trabajador como la estabilidad laboral y el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). En el Perú, la contratación part time nació como una institución propia de la flexibilización del mercado laboral, la cual tiene como característica fundamental la desregulación[1]. Muestra de ello, es que incluso nuestro ordenamiento no ofrece una definición de ella. Por su parte solo han habido intentos doctrinales por definirla. Un ejemplo de ello se tiene en

Principales aspectos del comité de seguridad y salud en el trabajo (SST)

A continuación, desarrollaremos los principales aspectos del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Definición De acuerdo con la Ley 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Comité de SST es un órgano bipartito y paritario en la medida en que está compuesto por igual número de representantes del empleador y de la parte trabajadora. La función de este órgano consiste principalmente en vigilar la implementación de las normas a efectos de reducir los riesgos laborales y prevenir la ocurrencia de los accidentes de trabajo. Comité de SST o Supervisor de SST De acuerdo con el número de trabajadores, las empresas tienen la siguiente obligación: Trabajadores Obligación 20 a más Comité de SST Menos de

Los Accidentes de Trayecto: reflexiones sobre su exclusión de las Normas Técnicas de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Por Lucía Guzmán, miembro de GEOSE. En el Perú, el aseguramiento de todo tipo de siniestros padecidos por los trabajadores en el marco de las relaciones laborales ha evolucionado tanto doctrinariamente como legislativamente. Al respecto, Cieza Mora indica que, se hace referencia a la evolución doctrinaria, porque se ha pasado de la limitación de la responsabilidad del empleador por siniestros de los trabajadores en base a que estos últimos puedan probar la culpa del empleador, a la necesidad de cubrir todo accidente de trabajo por un seguro social y aplicar la responsabilidad objetiva del empleador, no por ser culpable, sino por ser generador de los factores de riesgo. De otra parte, a evolución legislativa, por varios de los antecedentes legislativos

DIALOGO SOCIAL TRIPARTITO EN EL PERÚ

Por  Jose Esteban Miranda, alumno de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro de GEOSE. El Diálogo Social Tripartito es un tema poco desarrollado en nuestro país, por lo cual puede ser un concepto poco común para quienes lo escuchan por primera vez. No obstante, en el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski ha sido un tema muy recurrente en el discurso de los dos Ministros de Trabajo que hasta el momento han tomado esta cartera, ya que han mencionado innumerables veces al Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) en sus declaraciones con los medios de comunicación. Tal como desarrollaremos en las siguientes líneas, este es el principal órgano de Diálogo Social Tripartito en el Perú,

La responsabilidad civil por daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. A propósito del VI Pleno Laboral y Previsional 2017

Por Justo Correa, abogado por la Universidad del Pacífico, y asociado del área laboral, previsional y migratoria de Rubio Leguía Normand. En medio de una crisis política y ad portas de celebraciones, el 21 de diciembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el VI Pleno Jurisdiccional Laboral y Previsional 2017. Los magistrados supremos de la Primera y Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema se reunieron para uniformizar criterios sobre temas trascendentales. Así, por ejemplo, se arribaron a acuerdos sobre la responsabilidad civil por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, tema que ha saltado a la palestra en los pronunciamientos disímiles que la Corte Suprema ha adoptado en el último año. A