Procesal

El mito de la ausencia de estación probatoria en los procesos de amparo

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP, coordinador del área de Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal y especialista en los derechos de los pueblos indígenas. Un argumento utilizado por los abogados en proceso de amparo, con violaciones a los derechos humanos que cierta complejidad, es sostener que estos procesos no tienen etapa probatoria, razón por la cual solicitan a los jueces que conocen estos amparos, desestimen las demandas con la finalidad que dichas pretensiones sean exigidas en procesos ordinarios. Con dicha finalidad, invocan el argumento de la “falta de idoneidad de los procesos de amparo”, fundamentando este en el artículo 9 del Código Procesal Constitucional, cuando precisa que “En los procesos constitucionales no existe etapa probatoria. Sólo son

La conciliación prejudicial y la manía de tirar aquello que está roto

Por Gino Rivas Caso, abogado y adjunto de docencia por la Pontificia Universidad Católica del Perú. El proyecto de reforma del Código Procesal Civil[1] propone eliminar a la conciliación como requisito previo para demandar. Este requisito, aplicable a controversias sobre materia disponible, representó en su momento una de las principales medidas para la aplicación y difusión de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos (MARCs). Se trata, pues, de un tema sensible, y merece la mayor discusión posible. Antes que nada, es necesario precisar conceptos. Un acuerdo conciliatorio es como el amor: no se puede forzar. Así como no puede obligarse a dos personas a casarse, así tampoco puede ordenarse a estas que solucionen sus controversias mediante un acuerdo conciliatorio.

Enfoque Semanal: del 09 al 15 de abril

Ordenan liberación de Eduardo Saettone El 11 de abril la Sexta Sala Penal de Lima ordenó la liberación de Eduardo Saettone quien fue declarado culpable de homicidio culposo en el 2016. En el 2012, el ex conductor atropelló a María Elena Fidela Coronado mientras manejaba a excesiva velocidad, lo cual hizo que perdiera el control del auto y se subiera a la acera, donde se encontraba la víctima esperando el transporte público. El Poder Judicial revocó el primer fallo en el que se declaraba prisión efectiva a Eduardo Saettone y aceptó la apelación que indica el cumplimiento de la pena mediante prisión suspendida. Esta figura se halla regulada en el Artículo 57° del código penal. Los requisitos para otorgar este

La figura del colaborador eficaz: análisis de costo-beneficio

El día de ayer, tras una lectura de fallo que se prolongó por casi 4 horas, el juez Richard Concepción Carhuancho ordenó prisión preventiva contra 4 de los 5 directivos de las empresas socias de Odebrecht en el Perú. Esta decisión se suma al conjunto de fallos que disponen la encarcelación de diversos involucrados en este gran caso de corrupción. Ahora, los avances que vienen presentándose en esta investigación no hubieran sido posibles – o al menos no se hubiesen dado tan rápido – de no ser por las declaraciones de los colaboradores eficaces. Barata, Maiman, e incluso el propio Marcelo Odebretch han sido la voz delatora de muchos de los autores de estos delitos económicos. En ese sentido, el

Enfoque Semanal: del 27 de Noviembre al 3 de Diciembre

1. Solicitan prisión preventiva para socios de Odebrecht El Ministerio Público ha solicitado prisión preventiva para los directivos de las empresas relacionadas a la brasileña Odebrecht por la construcción de la Interoceánica Sur. Así, la Fiscalía solicitó prisión preventiva para José Graña Miró Quesada, Gonzalo Ferraro Rey, Hernando Alejandro Graña Acuña (los tres por Graña y Montero), Fernando Martin Gonzalo Camet Piccone (por JJ Camet Contratistas Generales) y Fernando Castillo Dibós (por ICCGSA). De acuerdo al fiscal a cargo de la investigación, Hamilton Castro, existiría un peligro de fuga y riesgo en obstaculizar las investigaciones debido a la posición que ocupan los investigados en sus respectivas empresas. Por un lado, la defensa de los socios sostenía que la solicitud se

El cambio del Derecho Procesal

  Roberto Pérez-Prieto, abogado y magíster por la PUCP. Habiéndome tomado algún tiempo fuera de las publicaciones y lejos de Lima por motivos académicos, hay un tema que me ha venido rondando la cabeza pues lo he estado escuchando una y otra vez (sobre todo en aquellos con los que comparto la especialidad del Derecho que escogí): ¿Quién debe mejorar el proceso judicial en el Perú? No pretendo con estas líneas agotar el tema, por el contrario, creo que me voy a quedar corto, pero tampoco creo necesario que se escriba más sobre este asunto pues me estaría contradiciendo. Lo que tiene que suceder es que se tiene que empezar a hacer y hasta el momento no hemos hecho absolutamente

Denunciar por denunciar

Roberto Pérez-Prieto, abogado y magíster por la PUCP. Tiempo atrás un amigo me dijo que había aparecido un post en el grupo de Facebook: “Habla Sanisidrino” donde la gente denunciaba que había un camión de la Municipalidad de San Isidro, que había sido visto en el distrito de ATE. Las denuncias solicitaban que se investigue, que se abra un procedimiento disciplinario al responsable y se sancione a quien tenga que sancionarse. Algunas voces, es verdad, decían que esto era una exageración, que claramente el camión iba a botar desechos o a su mantenimiento. La pregunta que me surgió fue: ¿Tenemos que investigar cada vez que a alguien se le ocurre? Me puse a “discutir” a través de comentarios con un

El árbitro de emergencia: ¿Árbitro?

Por José Rodrigo López Castro, estudiante de la Facultad de derecho de la PUCP y ex-miembro de la Comisión de Publicaciones de la Asociación Civil THEMIS. INTRODUCCIÓN Una de las principales virtudes del arbitraje es la celeridad y eficiencia. Sin embargo, existía un supuesto que hacía que dichas ventajas resulten afectadas. Dicho supuesto se presentaba en el caso de que una de las partes requiriera una medida cautelar antes de que el Tribunal Arbitral estuviese constituido. Este año, el reglamento de la Cámara de Comercio de Lima incorporó por primera vez en el Perú, la figura del árbitro de emergencia. De ese modo, se pretende facilitar el accionar de las partes que deseen obtener una medida cautelar antes de constituido

Apelación de laudos arbitrales ¿Por qué no?

Por Gino Rivas, abogado por la PUCP y adjunto de docencia en la misma casa de estudios. Hace algunos años, el congresista Héctor Becerril planteó un proyecto de ley[1] para la modificación de diferentes artículos del Decreto Legislativo N° 1071, Ley de Arbitraje (LA). Una propuesta “interesante” de dicho proyecto radicaba en el establecimiento de un recurso —a favor de las partes y sin que estas pudieran renunciar al mismo— de apelación contra el laudo, el cual sería conocido y resuelto por otros árbitros. Esta propuesta —como todas las otras contenidas en el mencionado proyecto de ley— fue muy criticada.[2] Imponer (énfasis en esta palabra) un derecho de apelación contra el laudo fue considerado como un atentado contra la celeridad

La justicia, a todos por igual: a propósito de la prisión preventiva de Ollanta Humala y Nadine Heredia

El último jueves, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria aprobó el pedido de prisión preventiva por 18 meses contra el expresidente Ollanta Humala y Nadine Heredia. Este pedido fue presentado por la fiscalía de lavados de activos, en el marco de la investigación que se sigue a Humala, Heredia y otros, porque presuntamente habrían recibido dinero de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS para las campañas presidenciales del 2006 y 2011. ¿Qué elementos son necesarios para dictar una prisión preventiva? ¿Realmente fueron cumplidos en este caso? En el presente editorial, Enfoque Derecho analiza estas interrogantes. El Código Procesal Penal establece, en el artículo 268, que la prisión preventiva procederá cuando se verifiquen tres presupuestos: “a) Que existen fundados y graves