Por Enfoque Derecho
- Introducción
Sin duda alguna nuestro país es considerado, a ojos de la comunidad internacional, así como por nuestros connacionales, como un terreno diverso, variado y rico en múltiples parámetros que nos hacen un país único. Sin perjuicio de lo dicho, también es válido mirar hacia adentro para reflexionar sobre la problemática existente en nuestra nación, más aún cuando se refiere a la problemática de género, situación que muchas veces es invisibilizada por características propias de nuestra sociedad o por un cúmulo de patrones anacrónicos que merecen ser eliminados.
Es en razón a ello que Enfoque Derecho, siendo un espacio plural y de debate pone a consideración el presente editorial, donde se aborda un análisis detallado de las denuncias dentro del espectro de género en el marco del ejercicio del Poder Legislativo y la dinámica congresal, misma que muchas veces tiene matices diversos y cuyas denuncias, en ocasiones, no tiene el tratamiento requerido, tanto por el fuero interno, como por la colectividad en su conjunto.
- Hechos y panorama actual
- Casos previos
En julio de 2021, Patricia Chirinos congresista de Avanza País relató que posterior a una solicitud de entrega de la oficina de su padre, Enrrique Chirino Soto, en la zona administrativa del Congreso de la República, el también congresista Guido Bellido le reclamó de manera airada: “¿Qué te preocupas de eso? Anda, cásate”. Este comentario esgrimido por el congresista electo por Cusco fue denunciado por la parlamentaría en los medios de prensa. En parte de su alocución Chirinos indicó que ella le respondió que era viuda, por lo que el expremier le dijo: “Solo falta que te violen”, situación que fue airadamente comentada a la prensa.
Otro caso fue el suscitado en diciembre de 2021, donde una fémina declaró en un programa dominical que Luis Cordero, congresista de Fuerza Popular, la había agredido físicamente cuando sostenían una relación de pareja,por lo que posteriormente habría sido acosada, para luego difundir un video íntimo de ella en 2018, situación que también se puso de relevancia para la colectividad nacional. Dicho caso tuvo como desenlace, cuando en enero de 2022, el congresista Cordero apeló la denuncia ante el Poder Judicial, donde solicitaba que no se le brindara medidas de protección a su expareja, pues ello “dañaría su honor”.
Ahora bien, el caso más resaltante dentro de este análisis es el acaecido el 27 de julio, donde Freddy Díaz, ex congresista de AP, fue denunciado por una trabajadora adscrita a su despacho congresal, misma que aseguró haber sido violada sexualmente en las oficinas del Parlamento ubicadas en el jirón Azángaro. Realizada la denuncia, Díaz estuvo desaparecido cuatro días previos al mensaje a la nación por 28 de julio, e incluso faltó previamente a una citación de la Fiscalía.
El parlamentario reapareció para negar los cargos y “someterse a la justicia”. Recientemente, el Poder Judicial le dictó impedimento de salida del país por nueve meses, sin embargo, dada su investidura sigue ejerciendo su trabajo como legisladora. Llegado a este punto no podríamos dejar pasar por desapercibido los lamentables comentarios y reacciones del Wilmar Elera, congresista de Somos Perú, quien refirió que, como la víctima era la única mujer en un ambiente de hombres, “se creó un ambiente mucho más propicio”. Este comentariole costó, días después su sitio en la Mesa Directiva, a la par de que se declaró, posteriormente, una resolución judicial de una condena a 6 años de prisión.
Así las cosas, estos casos previamente señalados, tienen algunos parámetros en común, pues el procedimiento parlamentario se convierte en un fuero de juzgamiento político, con una comisión de ética, que en muchos casos, toma estos procesos con un tinte político, donde muchas veces se juzga con la veracidad que le permite una posición política y sin tomar en cuenta los detalles y pormenores de un caso que debería ser alejado de este espectro, para ser abordado con un tinte humano y de plena razonabilidad y justicia.
- Marco teórico
- Delitos anexos
Libertad sexual e indemnidad sexual.- Debemos tener en cuenta que este delito sanciona todo acto de índole sexual que no haya sido deseado ni querido por la víctima, pues atenta contra su libertad en la esfera íntima. Es en ese sentido que la falta de consentimiento del sujeto pasivo se convierte en el eje central para la tipificación de este delito, en cuanto a la indemnidad sexual dicho delito tiene la característica de puntualizar cualquier tipo de acción de esta índole a favor de los menores de 14 años.
Delito de violación sexual.- En cuanto a este delito, se tipifica por el acceso carnal sexual, por ello se configura cuando el sujeto activo hace uso de la violencia o amenaza grave y logra realizar el acceso mediante vía vaginal, anal o bucal u otro analogo, tomando en cuenta que no existe el consentimiento de la víctima. Este tipo penal acarrea diversos agravantes, que no serán detallados en este editorial.
Ahora bien, es necesario indicar que dentro de nuestro ordenamiento jurídico se busca la tutela de la mujer, pues al ser una población vulnerable es necesario un ámbito de protección. Sin embargo, debemos preguntarnos ¿el fuero congresal tiene parámetros de similar aplicación a los vistos previamente en las líneas citadas supra? o ¿es el fuero parlamentario un procedimiento que está adecuado para este tipo de prácticas en el primer poder del estado? ¿Cuál es la respuesta a las denuncias de las féminas en caso de abusos u otros?
En ese sentido, Carolina Garcés, adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, sostuvo que la discriminación contra las mujeres es un problema estructural que se basa en patrones socioculturales perpetrados en la sociedad. Ante ello, pidió mayor diligencia a la Comisión de Ética, que tiene a su cargo el informe contra Díaz por presunta violación sexual y Elera por sus declaraciones machistas.
- Marco Procedimental
- “Favores políticos”
Como es ampliamente conocido, una de las funciones más características del Congreso de la República, como órgano representativo de la nación, es la permanente fiscalización de los actos políticos. Esto supone, en líneas generales, el ejercicio de control de las relaciones y actividades a nivel de las instituciones y órganos públicos, para asegurar que no contravengan los principios que sostienen al Estado Constitucional de Derecho. Bajo este panorama, es posible contextualizar como un evidente riesgo los llamados “favores políticos”; identificados como relaciones informales para obtener un beneficio inmerecido. Particularmente, en el caso de las denuncias ocurridas, quienes son denunciados intentan buscar protección en la medida que aprovechan los vínculos estratégicos que se tejen al interior de las instituciones gubernamentales. De forma que, agudizan el problema para atender adecuadamente las denuncias de género, ya que no solo generan el efecto de la impunidad para quienes son acusados, sino que dejan desprotegidas a aquellas mujeres que deciden denunciar.
- Blindajes
En el mismo sentido, los blindajes son conocidos, al menos en el entorno que maneja el Parlamento peruano, como un escenario común frente a funcionarios que atraviesan tensiones legales; sean denuncias o investigaciones que, muchas veces, pasan desapercibidas en sus hojas de vida. En este punto es importante señalar las decisiones y acciones a nivel de la Comisión de Ética del Congreso. Al respecto, Enfoque Derecho conversó con la profesora Noemí Ancí, quien recordó un Proyecto de Ley presentado anteriormente para modificar no solo el Reglamento del Congreso sino el Código de Etica parlamentario. Si bien este fue desaprobado, hoy en día, por el Reglamento del Congreso, la Comisión de Ética está conformada por miembros de partidos políticos de este mismo parlamento que, por principio de proporcionalidad, hace que cada congresista tenga cierta protección dentro de esta misma comisión. Así, esto ocasionó que la opinión pública se sienta defraudada porque las denuncias se quedaban sin ser investigadas o se bloqueaba la investigación tempranamente (antes de pasar a la discusión del pleno), de forma que, el congresista no llegaba a ser sancionado.
- Argumentos
- Social
Está claro que la situación de la mujer en los espacios públicos no ha sido una constante a lo largo del tiempo; por el contrario, se trata de una conquista fruto de diversas redefiniciones a nivel social. Pero, no muy lejos de ello, si bien las mujeres han logrado ingresar a espacios como el Congreso de la República, son las situaciones que se viven al interior lo que aún continúa suponiendo un obstáculo no solo para la realización del proyecto de vida de las mismas, sino para la calidad del Parlamento como tal, en tanto este debe ser un ambiente representativo del discurso democrático. En este sentido, el acoso y -más grave aún- los delitos como la violación sexual, perpetuan un trasfondo de discriminación contra la mujer, limitando su autonomía y reforzando estereotipos de género basados en motivos prohibidos. Estos, como señaló reiteradamente el portal de la Defensoría del Pueblo, suponen un trato diferenciado que niega derechos y que, finalmente, no solo descalifican a la mujer, sino que pretenden justificar determinadas situaciones de abuso. De ahí que, se escuchen declaraciones como las de Wilmar Elera al mencionar que “se creó un ambiente mucho más propicio”, indicando que el contexto habría favorecido el supuesto desenlace inevitable; vale decir, el delito de violación sexual.
- Jurídico y parlamentario
Asimismo, en el plano estrictamente jurídico, cabe mencionar que la Ley 30364 – Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; reconoce en su Art. 3 el enfoque de género, integridad y derechos humanos, entre otros. Destaca, en este sentido, el reconocimiento a nivel legal que ha discurso, bastante legítimo, contra el abuso en perjuicio de las mujeres.
Al respecto, Noemí Ancí, profesora de la facultad de Derecho de la PUCP, invitó a pensar esta problemática bajo la clave de dos momentos centrales; donde es posible afirmar que el segundo, en mayor medida, sirve para empezar a plantear soluciones de largo plazo:
- Admitir las investigaciones tal como establece el proceso actual, ateniéndose a la posible discrecionalidad que puede ocurrir en medio de la retórica y estrategia políticas.
- Aprovechar esta situación como una oportunidad para repensar el control de actos parlamentarios que pueden calificar como “delitos”, especialmente, cuando se trata de violencia contra la mujer.
En este sentido, resaltó la importancia de “no abocarnos a una crítica coyuntural de quienes conforman ahora el parlamento, [sino que] lo importante desde el punto de vista jurídico, es evaluar el diseño del sistema legislativo para mejorar los procesos de investigación, sanción y seguimiento; a cargo de la Comisión de ética”.
Asimismo, invitó a repensar el diseño del procedimiento que se sigue actualmente. Por un lado, es importante que el Poder Judicial y el Ministerio Público tengan protagonismo ya que, con una adecuación constitucional, se permitió abrir la posibilidad de que los congresistas sean investigados por la fiscalía incluso cuando están en ejercicio de sus funciones; lo que permitió garantizar un poco más de seguridad en la investigación y que la ciudadanía tenga más confianza para una investigación inmediata. Pero, por otro lado, no hay que olvidar enfatizar una reforma a nivel institucional, donde el Congreso “también debería ejercer cierta competencia para realizar o dar sanciones que no solo tengan que ver con el orden administrativo o penal, sino con la propia función parlamentaria”. Al respecto, trajo a colación la experiencia comparada con una pregunta reveladora: “¿Cómo es posible que los congresistas sean investigados por otros congresistas?”. Evidentemente, en este punto es importante resaltar que existe una alta posibilidad de atentar contra la objetividad, pero es a raíz de ello que la experiencia comparada ayuda con una interesante propuesta: que esta comisión esté conformada por sociedad civil, academia y ex parlamentarios (un diseño mixto). De esta manera, se logra más objetividad en esta comisión para evitar bloqueos, se genera más confianza y se garantiza un proceso más adecuado. Aún así, se trata de una propuesta que la profesora invita a evaluar y perfeccionar con más detenimiento.
- Conclusiones
En síntesis, la coyuntura actual que envuelve al órgano representativo de la nación, el Congreso de la República, lejos de actuar de acuerdo a los principios éticos y democráticos, se ve seriamente cuestionado por las numerosas y no recientes denuncias en materia de género. Esta problemática no se resuelve solamente atendiendo las denuncias presentes y futuras, asegurando un proceso adecuado; sino que también, es necesario soluciones de largo plazo. En este sentido y como señala la profesora, es la oportunidad ideal para repensar tanto la composición de la Comisión de Ética como los procesos que están actualmente estipulados para enfrentar situaciones de este tipo.
La violencia contra la mujer es condenable en cualquier escenario y, como tal, no debe quedar desatendida; menos aún cuando ocurren en el órgano que representa y fiscaliza los actos políticos. De ahí, la importancia de investigar y sancionar oportunamente a quienes son denunciados; resguardando la integridad de las víctimas: mujeres que deciden denunciar, confiando en el sistema de justicia.
Desde Enfoque Derecho, insistimos en abordar esta situación de alto interés para la ciudadanía, en general, y para el buen sostenimiento del Estado Constitucional de Derecho.
REFERENCIAS:
https://www.ambito.com/mundo/peru/buscan-un-congresista-acusado-violar-una-empleada-n5499406
https://lpderecho.pe/delito-de-violacion-sexual-y-sus-modalidades/